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Política

Así se convirtió el 'coño insumiso' en un "escarnio de la virginidad de María"

La procesión del 'coño insumiso' fue denunciada por la Asociación Española de Abogados Cristianos.

"El no creer en los dogmas de una religión y manifestarlo públicamente entra dentro de la libertad de expresión", escribió la jueza de instrucción 10 de Sevilla, Pilar Ordóñez, en el auto de junio del año pasado que archivó el caso del coño insumiso, la procesión reivindicativa celebrada en Sevilla el Primero de Mayo de 2014, en la que se paseó una vagina gigante que evocaba la forma de una virgen. Aquel auto, que fue celebrado como un posicionamiento nítido y argumentado a favor de la prevalencia del derecho a la libertad de expresión en un contexto de conflictos judiciales sobre sus límites en relación con los sentimientos religiosos, es hoy papel mojado. La Audiencia de Sevilla ordenó el 28 de marzo la reapertura del caso, en un auto muy duro con la decisión de la jueza instructora, con el argumento de que las tres mujeres investigadas realizaron "un escarnio al dogma de la santidad y virginidad de la Virgen María". Rocío Ballesta, una de ellas, cree que la reapertura supone una muestra de involución judicial en materia de libertad de expresión. "Dábamos por zanjado el tema. El auto de la jueza era muy claro. Con casos como éste, o el de Cassandra Vera por unos tuits, o el de El Gran Wyoming y Dani Mateo por decir que el Valle de los Caídos es arquitectónicamente una mierda, estamos llegando a niveles desquiciantes e irracionales", explica Ballesta a infoLibre.

"Sabíamos que la Asociación Española de Abogados Cristianos, que se está convirtiendo en el brazo inquisidor de todo este movimiento ultra en el que también está Hazte Oír, había recurrido. Pero no nos esperábamos el pronunciamiento tan categórico de la Audiencia. Más que una reapertura, hay un posicionamiento claro por su parte que nos ha sorprendido mucho", señala Ballesta, de 48 años, que recuerda que además del supuesto delito de ofensa a los sentimientos religiosos, se enfrentan al de incitación al odio. "Al poder le funciona la política del miedo, que se está imponiendo. Éste es el siguiente caso y habrá más. A nivel personal no supone un escarmiento, yo llevo en las movilizaciones desde finales de los 80, con los movimientos estudiantiles en la Universidad, y voy a seguir diciendo lo que pienso y defendiendo libremente aquello en lo que creo. Pero en la sociedad todo esto está calando. Hay una desmovilización clara. Influye la presión de ver compañeros continuamente imputados en casos. La gente se replantea las cosas. Todo el mundo tiene su familia, su trabajo. Esto consume muchas energías de la movilización, que acaba dedicando todo su esfuerzo al apoyo a las personas imputadas. Y además la sociedad está recibiendo continuamente ese bombardeo de que todos pueden ser terroristas. Ése es uno de los problemas del delito del incitación al odio, que ahí cabe todo. A nosotras nos han llamado 'terroristas'", explica Ballesta. Y advierte: "Vamos camino de tener miedo todos de todos, de estar atento a lo que hace el vecino, '¿adónde va?, ¿de dónde viene?', '¿en qué estará metido?', como pasaba en los vecindarios de Estados Unidos con las acusaciones de filocomunismo".

Una "mofa" de la Semana Santa

A Ballesta le parece elocuente de este clima de "miedo" la reacción de auténtica crisis social que han provocado los altercados durante la noche del jueves al viernes en Semana Santa. "Gamberros [en la madrugá] ha habido siempre, pero nunca había visto ese miedo y ese terror. Todo el mundo parece convencido de que los atentados terroristas pueden producirse en cualquier momento. Y a la vez hay una defensa a ultranza del sentimiento religioso que está calando a niveles preocupantes. Es como un discurso de víctimas, de que la sociedad quiere acabar con el catolicismo", explica. Precisamente el auto de la Audiencia, dictado días antes del inicio de la festividad más popular de la ciudad junto con la feria, señala que el coño insumiso supuso una "mofa del rito religioso de las procesiones de Semana Santa, así como una vejación a quienes profesan la religión católica utilizando el Credo [...] con expresiones de contenido sexual, vejatorias y humillantes". Ballesta critica el enfoque de la Semana Santa –no exclusivo de este auto– como un fenómeno esencialmente religioso, que "ignora su carácter social y de expresión popular". "Yo he participado en la Semana Santa. Estéticamente es una pasada", añade Ballesta, licenciada en Geografía e Historia, con especialidad en Historia del Arte.

El auto de la Audiencia supone una enmienda a la práctica totalidad de las argumentaciones de la jueza de de instrucción. El archivo de la causa señalaba: "Es posible que ello [la procesión] afectara los sentimientos de personas que presenciaran la misma, pero es necesario, para que los hechos sean típicos, que concurra un claro propósito doloso y la finalidad de afectar a los derechos de matiz religiosos o herir estos sentimientos, requiriéndose por tanto un dolo específico o ánimo deliberado de ofender los sentimientos religiosos legalmente tutelados". La Audiencia, por su parte, señala que el derecho a la libertad de expresión "no es absoluto", sino que "tiene sus límites" en otros derechos fundamentales como el de libertad ideológica, religiosa y de culto. "Bajo la libertad de expresión no se puede dar cobijo a conductas de ofensa, burla, menosprecio, amenazas e insultos contra personas o grupos o miembros de una confesión religiosa", añade la resolución de la Audiencia, firmada por los magistrados Luis Gonzaga, María Dolores Sánchez y Francisco Molina.

La manifestación investigada fue convocada por la CGT el 1 de mayo de 2014. A la misma se acabó sumando la procesión del coño insumiso. "En esta marcha, imitando las procesiones de Semana Santa, se llevaba lo que simulaba ser un palio con una imagen, de gran tamaño, del órgano genital femenino, con una especie de mantilla y corona, como si se tratara de la Virgen María, a la que acompañaban un grupo de mujeres que se cubrían el rostro con capuchones de colores, como si se tratara de penitentes, y otro grupo de mujeres vestidas de negro y con mantilla, imitando a las mujeres que visten de luto en las citadas procesiones", describe la Audiencia. Durante el desarrollo de la 'procesión' [el auto le pone comillas], lanzaron gritos como 'La Virgen María también abortaría', 'Hay que quemar la Conferencia Episcopal por machista y patriarcal', y usaron oraciones como el Credo y el Ave María, con expresiones de contenido sexual, claramente soeces, vejatorias y ofensivas", añade. Ballesta recuerda que los cánticos referidos en la resolución son "utilizados por el movimiento feminista desde hace décadas".

Dos visiones judiciales opuestas

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Cuando se produjo el archivo de la causa, la jueza afirmó que la intención de ofender no estaba en el ánimo de las tres manifestantes investigadas, que siempre han argumentado que la procesión pretendía ser una reivindicación festiva de los derechos de la mujer. "Las investigadas intentaron exteriorizar en la manifestación opiniones contrarias o discrepantes con la Iglesia católica y con el fin de apoyar los derechos laborales de la mujer", señalaba la jueza instructora, que admitía que pudo existir una "burla". "Esa burla que pudieron realizar no consta se hiciera con el fin de menoscabar, humillar o herir los sentimientos religiosos de terceros", concluía la jueza, que adoptaba esta decisión tras escuchar declaraciones y examinar informes sobre el caso. Ahora la Audiencia se opone a cada uno de estos puntos de vista. A la vista de los hechos descritos, "no parece que pueda descartarse que los hechos integren el delito previsto en el artículo 525.1 del Código Penal", que castiga las ofensas públicas a "los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa" con penas de multa de ocho a doce meses. Dicho artículo también se hace referencia a aquellas manifestaciones que "hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna".

La Audiencia observa tanto voluntad como publicidad en la ofensa, valiéndose para argumentarlo del "escarnio" al "dogma" de la "santidad" y "virginidad" de María que supone la procesión, que fue realizada públicamente. "No se puede descartar esa intención de ofender los sentimientos religiosos de los católicos a la vista de la naturaleza y contenido de los actos realizados y a su contenido humillante e hiriente que hace difícil sostener, al menos en esta fase del procedimiento en la que nos encontramos, que no concurra ese ánimo de ofensa", señala la resolución. Y añade: "El fuerte contenido humillante y ofensivo de los actos realizados, su reiteración, el que se trate de ataques absolutamente innecesarios para la defensa de sus postulados y que dichos actos hubieran necesitado de una previa organización y, por tanto, de una reflexión previa, impide descartar ese ánimo subjetivo".

Resultado: se reabre el caso. Rocío Ballesta y otras dos mujeres vuelven a estar bajo investigación judicial. "Parece que la libertad de expresión se va a quedar sólo para los próximos al Gobierno. Para los demás no hay. Y además está la condena social", afirma Ballesta. Asegura que en su anterior trabajo, como "archivera de la administración pública", percibió cómo pesaba en su contra su condición de reconocida activista en un "entorno de conflictividad laboral". Ahora trabaja en un proyecto asociativo vinculado a la cocina. "Actualmente maltrabajo", dice, "igual que Antonia y Olga [las otras dos imputadas]". A Ballesta le preocupa cómo va "calando" el miedo en la sociedad; incluso algunos supuestos apoyos llegan a vacesen forma del famoso "sí, pero...". "Yo recuerdo cuando nos cayó encima la ley Corcuera. Pero ahora la persecución es mucho mayor. Entonces una democracia tan joven no se podía permitir dar pasos atrás porque recordaría a una dictadura de la que no había pasado tanto tiempo. Ahora es diferente, parece que todo vale. Están saliendo cosas que siempre han estado ahí, en los cuerpos de seguridad del Estado y en la justicia, pero que no podían sacar a la luz", concluye.

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