Viviendas alquiler

Entra en vigor la norma que reduce a 10 días el plazo de desahucios ante impagos del alquiler

El Gobierno creará un registro de inquilinos morosos

INFOLIBRE

La ley de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquier de viviendas ha entrado en vigor este jueves y entre sus novedades, destaca la cancelación de las ayudas públicas como la Renta Básica de Emancipación (RBE).

Alrededor de 250.000 familias que actualmente se beneficiaban de las ayudas a la adquisión de vivienda protegida, mantendrán estas ayudas durante cinco años y solo afectará a las nuevas altas

Además, la norma detalla que se mantienen todas las ayudas de subsidiación al préstamos reconocidas dentro del marco de los Planes Estatales de Vivienda.

Asimismo, se mantienen los préstamos de subsidio convenidos reconocidas con anterioridad al 15 de julio de 2012 que cuenten con la conformidad del Ministerio de Fomento, siempre que éste se formalice por el beneficiario en el plazo máximo de dos meses desde la entrada en vigor de esta Ley.

No obstante, la nueva ley remarca que no admitirá nuevos reconocimientos de ayudas subsidiarias de préstamos que procedan de concesiones, renovaciones, prórrogas, subrogaciones o de alquiler de otra actuación protegida de los planes estatales de vivienda.

Reorientación de las ayudas al alquiler

La misma disposición adicional señala que las Ayudas Estatales Directas a la Entrada que subsisten sólo podrán obtenerse cuando cuenten con la conformidad expresa del Ministerio de Fomento y siempre que el beneficiario formalice el préstamo en un plazo de dos meses a partir de este jueves.

Asimismo, se mantienen las ayudas del programa de inquilinos, ayudas a las áreas de rehabilitación integral y renovación urbana, rehabilitación aislada y programa Renove acogidas a los planes estatales de vivienda.

Las ayudas a la Renta Básica de Emancipación subsistirán hasta que se hagan efectivas las nuevas líneas de ayuda, orientadas a las familias que viven en alquiler con menos ingresos. 

El Ministerio de Fomento explica que aquellos inquilinos a los que se le retire la RBE podrán optar a otras nuevas ayudas al alquiler, siempre que cumplan los nuevos requisitos. La institución aclara que de esta forma se reorientarán las ayudas para garantizar la justicia y equidad a aquellos que se les conceden.

El desahucio ante impagos del alquiler se podrá efectuar en 10 días

La norma fue aprobada por el Consejo de Ministros el pasado mes de agosto y reduce a 10 días el plazo de desahucio ante impagos del alquiler si el inquilino no presenta alegaciones ante el juez.

Por su parte, el arrendatario podrá rescindir el contrato sin pagar indemnización con tan solo comunicarlo con un mes de antelación. Eso sí, la norma también reduce de cinco a tres años el plazo de renovación de contrato obligatorio.

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Durante su paso por el Congreso, a la ley se incorporaron algunas modificaciones sustanciales, como la creación de un registro donde figuren los inquilinos condenados en firme (judicialmente en un desahucio o por la vía del laudo arbitral) por impago de la renta del alquiler para que puedan ser conocidos por otros arrendadores.

Además, se incluyó la obligación del dueño de la vivienda de informar a los inquilinos en caso de querer vender el piso, y también se le autorizó a disponer de la vivienda en caso de necesitarla para sí mismo o para algún familiar, avisando al inquilino con al menos dos meses de antelación.

Por otra parte, se autorizó a los arrendatarios a realizar obras de adecuación de la vivienda a un discapacitado, siempre y cuando se notifiquen esos cambios y se reponga la vivienda al término del contrato al estado anterior. Y también se decidió vincular los alojamientos y viviendas turísticas de particulares a la normativa sobre turismo de las comunidades autónomas.

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