REFORMA ELÉCTRICA

Las eléctricas podrán cortar la luz por impago a hospitales, transporte público y otros servicios esenciales

José Manuel Soria

La reforma del sector eléctrico diseñada por el Ministerio de Industria, reforma que ocupa centenares de páginas, esconde sorpresas. Una de ellas es la posibilidad de que las empresas suministradoras puedan cortar la luz a servicios considerados esenciales tras seis meses de impago. El mecanismo para hacerlo será sencillo: el servicio considerado esencial (hospitales, transporte, alumbrado, red de agua...), público o privado, dejará de ser considerado "esencial" si no paga en medio año.

Hasta ahora, las eléctricas podían cortar la luz por impago a los morosos, incluida la Administración Pública tras cuatro meses de impago. Pero no podía hacerlo a los servicios calificados de "esenciales". Ahora sí podrán.

El proyecto de Real Decreto enviado por Industria a la CNE lo recoge asÍ en el artículo 52, apartado 8: "Tanto en el caso de suministros con carácter esencial de Administraciones Públicas, como de consumidores privados, transcurridos seis meses desde el primer requerimiento sin que el suministro hubiese satisfecho el pago o regularizado su situación, perderá la condición de esencialidad".

Los servicios "esenciales" que hasta ahora eran intocables y dejan de serlo son, según el citado artículo 52: el alumbrado público a cargo de las Administraciones Públicas; el suministro de aguas para el consumo humano; cuarteles militares y policiales; centros penitenciarios; transportes de servicio público; centros sanitarios con quirófanos o salas de curas; hospitales; servicios funerarios y domicilios con enfermos que precisen equipos médicos conectados a la red.

Recargo y denuncia

En el caso de los impagos por parte de las Administraciones Públicas con servicios esenciales, el proceso hasta llegar al corte de suministro es el siguiente: a partir de dos meses de impago, recargo y denuncia ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) para que pague en otros dos meses.

Transcurridos dos meses del requerimiento, la deuda podrá ser compensada con tasas "o cualquier otro tributo". Si un consumidor, público o privado, no paga aunque preste "servicio esencial" la Comisión informará a Industria y el departamento dará de baja al servicio del "Listado de Puntos de Suministro Esenciales". Simple.

Para los críticos con la reforma, la medida favorece a las grandes compañías que, a menudo, se han quejado de las deudas acumuladas por departamentos de las Administraciones Públicas.

Hasta ahora, la Ley 54/1997, en el párrafo 2.º del art. 50.3 contemplaba que «en el caso de las Administraciones públicas acogidas a tarifa de último recurso, transcurridos dos meses desde que les hubiera sido requerido fehacientemente el pago sin que el mismo se hubiera efectuado, comenzarán a devengarse intereses que serán equivalentes al interés legal del dinero incrementado en 1,5 puntos. Si transcurridos cuatro meses desde el primer requerimiento, el pago no se hubiera hecho efectivo, podrá interrumpirse el suministro».

El párrafo 3.º añade que «en ningún caso podrá suspenderse el suministro de energía eléctrica a aquellas instalaciones cuyos servicios hayan sido declarados como esenciales".Impagos de ayuntamientos

Los pleitos en torno a los impagos de facturas por parte de ayuntamientos han sido relativamente frecuentes en España en los últimos años. Ayuntamientos como los de Albox (Almería) o incluso los de Madrid o Sevilla han tenido problemas con las compañías suministradoras por el impago o los retrasos en las facturas.

Mientras la Comisión Nacional de la Energía (CNE) examina la propuesta de reforma eléctrica, el ministro de Industria, José Manuel Soria sigue empeñándose a fondo para defenderla del aluvión de críticas. En su opinión, la reforma energética aprobada por el Gobierno evita la "quiebra" del sistema eléctrico y resuelve la "maraña legislativa a la carta" en torno a la cual se formó en los últimos años un "puzzle normativo imposible de cumplir".

El inevitable viaje a los tribunales de la reforma eléctrica

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Durante su participación en unas jornadas sobre el sector eléctrico organizadas por Unidad Editorial, Soria indicó que, "de no hacerse nada", los costes regulados habrían alcanzado 30.000 millones de euros en 2020, mientras que los ingresos se situarían en 20.000 millones, lo que generaría un déficit de tarifa de 10.000 millones.

Pero las grandes empresas siguen con sus quejas. El presidente de la Asociación Española de la Industria Eléctrica (Unesa), Eduardo Montes, calcula que el recorte para las cinco grandes eléctricas durante 2013 equivaldrá a "entre 3.000 y 4.000 millones" si la nueva reforma energética, que les detrae algo más de 1.000 millones al año, se suma a las medidas ya adoptadas, entre ellas los impuestos en vigor desde enero,

Durante su participación en unas jornadas sobre el sector eléctrico organizadas por Unidad Editorial, Montes, según Europa Press, criticó el "desequilibrio y falta de equidad" con los que, a su juicio, se ha realizado el reparto de la carga de la reforma energética.

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