DESMANTELAMIENTO DEL SECTOR PÚBLICO

Los sindicatos esgrimen 8,8 millones de beneficios para pedir la nulidad del ERE en la filial de Tragsa

La Audiencia Nacional declara nulo el ERE de Tragsa, el mayor de una empresa pública

CCOO, UGT y CGT han ampliado la demanda de impugnación contra el despido colectivo de Tragsatec, la filial del grupo público Tragsa, cuya vista oral se celebrará el próximo martes en la Audiencia Nacional. En ella, los sindicatos añaden a su catálogo inicial de argumentos contra el Expediente de Regulación de Empleo (ERE), el mayor en una empresa pública española, dos nuevos que el mismo tribunal ya dio por válidos para anular el pasado 28 de marzo el despido colectivo en la matriz y un tercero adicional. Pese a que la sentencia declaraba la “responsabilidad solidaria de Tragsatec” respecto del procedimiento que afectaba a la matriz, la dirección del grupo ha preferido seguir adelante con el juicio del próximo martes. Y ha reincorporado sólo a los despedidos de Tragsa, pero no a los de la filial.

“En vista de la ausencia de buena fe por parte de la dirección”, aseguran los sindicatos, han reforzado la demanda con dos nuevos motivos de nulidad. El primero, que la empresa no entregó a los representantes de los trabajadores las cuentas provisionales a 30 de septiembre de 2013, ni el informe sobre el cumplimiento de sus obligaciones económico-financieras. La ausencia de esta información fue una de las causas que la Audiencia Nacional esgrimió para anular el ERE en Tragsa.

El segundo motivo se refiere a otro fallo de la empresa: en la comunicación final al comité sobre el número de despedidos no actualizó la información que contenía. Porque a lo largo del periodo de consultas entre ambas partes, más de un mes, no cambiaron las causas económicas y productivos alegadas por la empresa, pero sí las organizativas: el número de despidos se redujo de 803 a 610. La empresa no lo hizo constar. El mismo fallo cometió en la comunicación de los despidos de la matriz, y la Audiencia Nacional lo incluyó como motivo de nulidad en su sentencia del 28 de marzo.

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Ni ruinosa ni sobredimensionada

Pero la demanda incorpora un tercer motivo adicional para anular el despido colectivo en Tragsa. Si ésta forma un grupo de empresas laboral –y así lo reconoce la sentencia del 28 de marzo–, la causa económica para despedir debería “abarcar” a la matriz y la filial. Pero los sindicatos creen que no ambas empresas no la comparten. Es más, aseguran que Tragsatec “es viable y, lejos de tener pérdidas, daba un resultado positivo de casi 3,5 millones de euros, con unas reservas de 147 millones” en 2012. Según destacan, “la gestión directa de las encomiendas [los contratos que firma con las administraciones y constituyen el núcleo de su negocio] ejecutadas por Tragsatec no es ruinosa, ni está sobredimensionada”, que es el argumento de la empresa para despedir.

Los números rojos de la filial, insiste la nueva demanda, proceden de imputar a sus resultados los “gastos intragrupo” de 17,66 millones de euros, correspondientes al capítulo de recursos humanos y administración que la matriz realiza para Tragsatec. De ahí que los sindicatos destaquen que la filial tiene “un activo corriente más de tres veces superior al pasivo corriente”, además de carecer de problemas de liquidez, de financiación y de deudas. De hecho, sin contar esos “gastos intragrupo”, la demanda cifra los beneficios de Tragsatec a 30 de septiembre de 2013 en 8,78 millones de euros.

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