Sector eléctrico

El Gobierno 'descubre' que carece de herramientas legales para intervenir en sectores estratégicos

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El  Ministerio de Industria y la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) han descubierto que el Gobierno carece de herramientas legales para frenar operaciones empresariales incluso aunque afecten a empresas en sectores estratégicos y/o regulados como el de la energía. El desarme legal lo inició el Tribunal de Luxemburgo en 2007 y 2008 con sentencias contrarias a las competencias y decisiones de la antigua Comisión Nacional de la Energía (CNE), pero ha continuado con la batalla de Industria para asumir competencias del superregulador (CNMC). competencias

La Ley 3/2013 de creación de la CNMC señala —disposición adicional nueve— que Industria sólo podrá intervenir en un sector como el energético para imponer condiciones si "existe una amenaza real y suficientemente grave para la garantía de suministro de electricidad, gas e hidrocarburos". Para las operaciones empresariales en empresas reguladas, la norma sólo recoge la obligación de informar al ministerio.

Eso fue lo que hizo en el mes de julio, sin ir más lejos, el presidente de Endesa, Borja Prado, al adelantar al ministro José Manuel Soria los planes de Enel para su filial española, con reparto de 14.606 millones de dividendo extraordinario dividendo extraordinarioy traspaso de activos de América latina a la matriz.

La secretaria de Cambio Climático y Sostenibilidad del PSOE, Pilar Lucio, asegura al respecto que el Gobierno está siendo en esta operación "poco transparente", en una estrategia de "dejar pasar sin decir nada un tema de vital importancia".

Silencio oficial

Ni Industria ni Competencia han cuestionado la operación. El secretario de Estado de Energía. Alberto Nadal, mostró su "máximo respeto" a los planes italianos mientras los expertos de la CNMC, que sí analizaron los planes de Enel, no encontraron herramientas para intervenir. Nada que decir porque nada se puede hacer.

El desarme legal ante maniobras empresariales, por muy discutibles que estas sean, comenzó en 2007. En julio de ese año, España fue condenada por el Tribunal de Luxemburgo por vulnerar los principios de libre circulación de capitales y libertad de establecimiento en la UE. La sentencia apuntaba directamente a la llamada Función 14 de la antigua Comisión Nacional de la Energía (CNE) que permitía al organismo emitir dictámenes vinculantes sobre operaciones empresariales en actividades reguladas.

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La CNE, antes de desaparecer, engullida por una CNMC disminuida en sus competencias, recomendó mantener la Función 14 en el superregulador.Función 14 Argumentó que constituía un mecanismo de supervisión de operaciones empresariales "orientado a garantizar el suministro energético y salvaguardar el equilibrio patrimonial de las sociedades con actividades reguladas". El Gobierno hizo oídos sordos a la solicitud. La consecuencia es que operaciones que pueden afectar al "equilibrio patrimonial"  de una compañía como Endesa pueden progresar sin trabas.Bruselas a la carga

También la Comisión Europea contribuyó a desactivar la capacidad de intervención al denunciar ante el Tribunal de la UE la imposición de condiciones a las empresas enzarzadas en el cruce de ofertas por Endesa. El Tribunal dio la razón a Bruselas y concluyó que España había vulnerado la legislación comunitaria.

La falta de herramientas legales para intervenir en sectores y empresas clave supone el extremo opuesto de la situación que existió entre los 1995 y 2005 cuando la llamada acción de oro concedía al Gobierno de turno la posibilidad de intervenir en las empresas privatizadas. La Comisión Europea advirtió que la golden share —que nunca llegó a ser aplicada— era ilegal. La "acción de oro" afectaba, entre otras empresas, a Repsol, Iberia, Telefónica y Endesa.

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