RECAUDACIÓN FISCAL

Cinco razones por las que Hacienda tiene una deuda pendiente de cobro de 50.200 millones de euros

La publicación de la lista del ministro Montoro dejó boquiabiertos a muchos no sólo por los nombres de los morosos más célebres, sino también por la magnitud de algunas deudas. Esos casi 1.500 particulares y empresas son únicamente los que deben más de un millón al fisco. En realidad, sólo 15.600 millones de euros. Porque el fisco acumula una deuda pendiente de cobro mucho mayor: 50.225,86 millones de euros, según la última cifra publicada por la Agencia Tributaria en su memoria de 2014. Más del doble de la que tenía hace una década.

El principal motivo de ese espectacular aumento no es otro que la crisis económica, que de 2007 a 2010 disparó la deuda con Hacienda en porcentajes superiores al 10% anual –en 2009 llegó al 24%–. Pero no es la única razón. De hecho, el Tribunal de Cuentas, en un informe sobre el cobro de deudas tributarias en 2012 y 2013, asegura que la Agencia Tributaria padece un “grave problema de gestión” de esa deuda. Constata un aumento “constante y continuado de la deuda tributaria pendiente”, del que no culpa al alza de la deuda nueva que se incorpora cada año, sino a los “resultados insuficientes” de las actuaciones de la Agencia para contener el impago de los impuestos.

En concreto, destaca que el aumento de la deuda pendiente se debe “únicamente al incremento de la deuda en periodo ejecutivo –superado el periodo voluntario de pago, es objeto de recargo de apremio–. Creció un 26% en los ejercicios de 2012 y 2013, hasta alcanzar los 27.002 millones ese último año. En 2014 se elevó hasta los 29.389 millones de euros, un 8,8% más. Sobre todo se disparó la deuda pendiente en gestión de cobro –el 90% de ella en fase de embargo– y en procesos concursales. Y esas cantidades, destaca el informe, son de muy difícil cobro.

Así, en 2012 y 2013, de cada tres euros de deuda pendiente, Hacienda sólo consiguió ingresar uno: canceló sin haberla cobrado deuda por importe de 56.629 millones de euros. Si se pone la lupa sobre la deuda en periodo ejecutivo, la eficacia recaudatoria fue aún menor: “Apenas se cobró el 17%”, resume el Tribunal de Cuentas. Sobre la deuda ingresada en periodo voluntario de pago, aun siendo mayor que la primera, el órgano fiscalizador califica su importe como “excesivamente modesto”.

¿Por qué la Agencia Tributaria cancela una deuda a un contribuyente sin cobrársela? A resultas de una sentencia judicial, por ejemplo. O porque se haya declarado insolvente. O porque la deuda haya prescrito –a los cuatro años–.

Problemas en la recaudación

Tanto los inspectores como los técnicos de Hacienda coinciden en la existencia de esos problemas de gestión de los que habla el Tribunal de Cuentas. Francisco de la Torre, inspector de Hacienda y ahora diputado de Ciudadanos por Madrid, concede que “la gestión recaudatoria debería ser más expeditiva” y que, en muchos casos, la Agencia Tributaria “debería actuar antes” de lo que lo hace ahora. “Habría que mejorar los procedimientos de recaudación”, asegura un portavoz de la junta de gobierno de la asociación de Inspectores de Hacienda. José María Mollinedo, presidente del sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha), apunta directamente a la norma que concentra la dirección y planificación de los expedientes en 150 jefes de equipo como la clave del problema.

Por el contrario, los inspectores de Hacienda niegan que exista un “cuello de botella” en los jefes de equipo que ralentice la tramitación de los expedientes y termine engordando la deuda pendiente. Desvían la culpa a los aplazamientos de pago concedidos a los contribuyentes, que “dilatan la gestión recaudatoria”. Francisco de la Torre también cree que los aplazamientos concedidos, por ejemplo, a los clubes de fútbol, deberían haber sido “más duros”. Gestha no duda en hablar de “trato de favor” hacia estas sociedades deportivas.

Por su parte, los inspectores de Hacienda consideran que el sistema jurídico español es “muy garantista con el contribuyente” y preferirían una “aplicación más ágil” de las medidas cautelares: embargo preventivo de bienes y derechos, retención del pago de devoluciones tributarias y prohibición de enajenar, gravar o disponer de bienes. De la Torre, sin embargo, considera que las medidas cautelares pueden ser contraproducentes –“dañas la capacidad del contribuyente de obtener ingresos”–, además de consumir muchos recursos en una Agencia Tributaria ya de por sí mermada de medios. Una queja en la que también coinciden inspectores y técnicos. “Por cada seis euros que Alemania destina a su agencia tributaria, España sólo dedica uno”, lamenta De la Torre. La española cuenta con una plantilla de 24.689 trabajadores; la alemana, con 110.382. También el Tribunal de Cuentas recomienda al Gobierno que aumente el número de sus empleados, sobre todo los destinados en las unidades concursales. Y reclama nuevas y mejores aplicaciones informáticas.

Aumento del fraude en la fase recaudatoria

La deuda con Hacienda se ha disparado en la última década, además, porque los bancos han dejado de financiar a los contribuyentes con problemas fiscales, advierte el diputado por Ciudadanos. José María Mollinedo denuncia que, con los aplazamientos en el pago de las deudas tributarias, es Hacienda la que financia a empresas y particulares a un interés del 5% –el que cobra el fisco por demorar el ingreso–, una vez que los bancos se niegan a hacerlo. 

Otra causa del aumento de la deuda fiscal pendiente de cobro lo sitúa De la Torre en el “desplazamiento del fraude a la fase recaudatoria”. “Cuantas más inspecciones haces, más deuda afloras y, cuando intentas cobrarla… la gente es hábil y se protege”, explica el portavoz de la asociación de Inspectores de Hacienda. Así, cree que sería conveniente llegar hasta las personas físicas que “siempre se esconden detrás de las jurídicas”. A su juicio, la publicación de la lista, tal y como se ha hecho, “se ha quedado corta”: debería incluir los nombres de los administradores y socios mayoritarios de las sociedades morosas.

“¿Por qué se contenta la Agencia Tributaria con un embargo, por qué no levanta el velo societario o comprueba si se ha producido un alzamiento de bienes?”, se pregunta José María Mollinedo. El presidente de Gestha también critica que un reciente cambio normativo haya elevado de 18.000 a 30.000 euros la deuda por la que un contribuyente está exento de presentar garantías ante el fisco. “Confían en que así van a cumplir y no se hace nada más”, asegura, “además de que esa cantidad no entra en el cómputo de deuda”.

Cambios en la Ley Concursal

Los inspectores ven necesario, por tanto, cambios en la ley. De la Torre quiere que se impida a los morosos con Hacienda presentarse a concursos públicos, por ejemplo. Y que en algunos supuestos las insolvencias punibles también se persigan penalmente. Además, reclama cambios en la Ley Concursal, porque "no soluciona los problemas ni de las empresas ni de los acreedores, incluida la Hacienda Pública”. Muchos concursos, protesta, no se resuelven “en un plazo razonable”. De hecho, pueden durar una década, admite. El Tribunal de Cuentas calcula que la deuda afectada por procesos concursales creció un 46% en 2012 y 2013. De la existente ese último año, 7.682 millones de euros, sólo se cobraron 572 millones, el 7,7%. La deuda que se canceló sin cobrar fue más del triple: 1.984 millones de euros.

El órgano fiscalizador reseña que, por un cambio de instrucciones en la Agencia Tributaria, en 2013 un total de 4.139 procedimientos de concurso pasaron de tener un seguimiento completo a un seguimiento “mínimo”. Los inspectores de Hacienda se quejan igualmente de las últimas modificaciones en el orden de prelación –prioridad en el cobro–en los concursos de acreedores, que “perjudican a la Agencia Tributaria”, y piden cambios en los plazos de prescripción de determinados tipos de deuda, como en el caso de las sociedades patrimoniales y las interpuestas.

Deudas voluminosas, antiguas e incobrables

No sólo el volumen de la deuda total pendiente de cobro es preocupante. También lo abultado de los impagos de alguna empresa y de ciertos particulares levanta las alarmas del contribuyente medio. Reyal Urbis suma una deuda con el fisco de 378,2 millones de euros. Mario Conde debe casi 10 millones. Los hermanos Areces, herederos de El Corte Inglés, más de tres millones de euros. Cuando se trata de enormes concursos de acreedores, de inmobiliarias como la citada que deben pagar muchos impuestos por operaciones millonarias, además del IRPF de las nóminas de sus trabajadores, aparecen esos importes escandalosos, explica Francisco de la Torre. Desde 2013, las empresas no pueden aplazar el pago del IRPF de las plantillas, recuerda Mollinedo.

Además, la lista de Montoro destapó morosos muy antiguos. Como la Editorial Católica, que publicaba el diario Ya y se encuentra en quiebra desde 1994. Debe 4,6 millones de euros. Las deudas tributarias prescriben a los cuatro años, pero cualquier “actuación tendente al cobro” pone el marcador a cero. Así, el Tribunal de Cuentas descubrió en su fiscalización a la Agencia Tributaria deudas con hasta 20 años de antigüedad.

Las dificultades de cobro y, por tanto, el riesgo de engorde de la deuda pendiente también se manifiestan en el detalle. Desde 2013, los funcionarios de la Agencia Tributaria pueden personarse en un banco para embargar las cajas de seguridad de los morosos. Ese año hubo 542 actuaciones de este tipo, que dieron lugar al embargo de 344 cajas de seguridad, pertenecientes a contribuyentes que debían 319 millones de euros. Pues bien, el fisco sólo consiguió recaudar dos millones, el 0,6% de la deuda, destaca el informe del Tribunal de Cuentas.

Otro tanto ocurre con la deuda que termina en los tribunales. Entre 2012 y 2013 se dictaron 21 sentencias por insolvencia punible: sólo nueve fueron favorables a la Hacienda Pública. Y de ellas, en cuatro la deuda ya se había declarado incobrable. El fisco sólo pudo cobrar lo adeudado en dos casos. No pudo ingresar por ellas ni un millón de euros.

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