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El Corte Inglés

Un juzgado declara “abusivo” y “usurario” el interés de las tarjetas de Financiera El Corte Inglés

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La titular del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Fuenlabrada, Marta Iturrioz, declaró el pasado mes de junio "abusivos" y "usureros" los intereses de mora que cobra Financiera El Corte Inglés a los clientes de sus trajetas. Según la información publicada por El Confidencial, fue la propia Financiera la que denunció a uno de sus clientes que había utilizado su tarjeta para hacer unas compras y que posteriormente no pudo hacer frente a la deuda (unos 2.000 euros), por lo que la distribuidora refinanció automáticamente esa deuda con un interés de mora del 18%.

En lugar de rechazar la demanda, Iturrioz requirió a ambas partes para contemplar la posible nulidad de la claúsula de los intereses ordinarios al 18%. La defensa del cliente argumentó que dicha claúsusla "de aplicación unilateral" era "abusiva", por lo que, basándose en la normativa europea al respecto, solicitó la declaración de nulidad de la misma y su exclusión del contrato. 

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"Nos encontramos ante un contrato de adhesión a condiciones generales, no negociado individualmente, y que causa un grave desequilibrio en perjuicio de los prestatarios, que no pudieron negociar ninguna de las cláusulas impuestas por la entidad financiera, lo que supone vulneración de la normativa de consumidores", alegó la defensa del cliente al que la Financiera El Corte Inglés requería el pago de la deuda.

La resolución judicial declaró la nulidad de los intereses nominales al 18%, basándose en la jurisprudencia creada por varias sentencias del Tribunal Supremo y de audiencias provinciales.  "No puede negarse que se trata de unos intereses claramente usurarios, pues no pueden calificarse de otra manera cuando se ha venido aplicando desde el 18 de diciembre de 2011 un interés remuneratorio del 18%, cuando el interés legal vigente en 2011 fue del 4%", por lo que "se ha aplicado un interés 14 puntos superior al legal en el momento de la firma del contrato, o lo que es lo mismo, 4,5 veces superior al legal, lo que es evidentemente usurario", dictaminó la sentencia. 

Con la resolución, se suprime la cantidad reclamada por la distribuidora y que se corresponde con dichos intereses.

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