Caso Bankia

El Banco de España niega que ocultara correos que advertían sobre la insolvencia de Bankia

La Unión de Consumidores de Asturias denuncia a Bankia por demorar los procesos judiciales

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El Banco de España (BdE) se ha defendido ante las informaciones que cuestionan el hecho de que el juez del caso Bankia le tuviera que reclamar, al no incluirse en un primer envío de documentación remitida a la Audiencia Nacional, los correos en los que el inspector José Antonio Casaus habría alertado de la falta de la viabilidad futura de la entidad BFA-Bankia, según ha informado Europa Press.

En una nota remitida por el BdE se señala que el primer conjunto de correos electrónicos, remitidos al juez Andreu el día 2 de septiembre, se incorporó aquellos en los que se reflejaban, "de acuerdo con lo solicitado por la autoridad judicial, las agendas y conclusiones de las reuniones ordinarias y extraordinarias mantenidas entre el equipo de seguimiento del Grupo BFA-Bankia y sus interlocutores en dicho grupo bancario a lo largo del año 2011".

Los del segundo envío, reclamados por el juez tras prestar testimonio Casaus tres días después, "son, como los remitidos anteriormente, comunicaciones informales entre miembros del equipo encargado de la supervisión del grupo BFA-Bankia; pero no se refieren a las agendas o conclusiones de las reuniones mantenidas por el equipo de seguimiento con los directivos del grupo Bankia, lo que explica su no inclusión en aquel primer bloque de documentación".

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La remisión de información reservada por parte del Banco de España a las autoridades judiciales en un procedimiento penal incluye siempre una referencia a la ley que establece el deber de confidencialidad, indicando aquellos de sus preceptos que autorizan y regulan esa remisión, que se efectúa, en todos los casos, atendiendo a los criterios especificados en cada requerimiento judicial, explica el organismo regulador en su nota.

Al configurarse estas remisiones de documentación como excepción al deber legal de reserva que afecta al Banco de España, la ley solo autoriza a remitir los datos y documentos solicitados por la autoridad judicial, sin que los servicios del Banco de España, al realizar la búsqueda de la documentación, puedan aplicar otros criterios que no sean los especificados en el correspondiente requerimiento, insisten.

El Banco precisa además que todas las remisiones de documentación a juzgados y tribunales realizadas por el Banco de España se acompañan, sin excepción, de un oficio en el que se describe la información solicitada y la que se adjunta en respuesta a la solicitud recibida, detallando su contenido.

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