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Libertad prensa

La Fiscalía pide prisión para dos periodistas de ‘Abc’ por informar de una conversación entre dos mafiosos que hablaban de Bárcenas

Portada de 'Abc' con la noticia sobre Bárcenas.

infoLibre

La Asociación de la Prensa de Madrid (APM) ha decidido amparar a los periodistas Pablo Muñoz y Cruz Morcillo, del diario Abc, para los que el Ministerio Fiscal ha formulado una acusación en la que pide dos años y seis meses de prisión por un supuesto delito de descubrimiento y revelación de secretos.

Ambos periodistas, informa este viernes Abc, publicaron el 11 de julio de 2014 el contenido de una escucha telefónica interceptada un año antes en la que dos investigados de la mafia napolitana (la “camorra”) en España hablaban sobre el extesorero del Partido Popular Luis Bárcenas.

El diario añade que la titular del Juzgado de Instrucción número 53 de Madrid, Mónica Aguirre, acaba de acordar la apertura de juicio oral contra los periodistas. La acusación ejercida por Bárcenas solicita también tres años de prisión. La Fiscalía pide además veinte meses de multa con cuota de 50 euros diarios. La información, precisa el Abc, se produjo cuando la investigación judicial sobre la llamada operación Tarantela contra la camorra ya no era secreta.

La APM respalda la labor profesional de Muñoz y Morcillo, argumentando que los periodistas procedieron en la información que publicaron de acuerdo a la doctrina que viene marcando el Tribunal Constitucional Tribunal Constitucional en los casos de conflicto entre el derecho de información y de libertad de expresión y las investigaciones judiciales. Dicha doctrina hace prevalecer tales derechos cuando la información ha sido obtenida rectamente, es veraz, ha sido contrastada y es de interés general.

La asociación rechazó que los dos periodistas hayan incurrido en un delito de revelación de secretos. Tanto si el secreto tiene por objeto hacer posible la investigación y el acopio de pruebas, como si se justifica por la protección de la presunción de inocencia de los encausados, lo reprobable no es, sostiene la APM, que los periodistas difundan las noticias que reciben al respecto, sino que, en su caso, alguien se las dé incumpliendo el deber de sigilo.

La APM señala que el secreto de las investigaciones judiciales es difícilmente vulnerable sin la colaboración explícita de quienes deben protegerlo. Además subraya que el periodista puede y debe dar a conocer cualquier información que sea veraz y de interés general, al mismo tiempo que tiene el deber de garantizar la confidencialidad de las fuentes de información. La responsabilidad penal recae en todo caso en el que rompe el secreto sumarial y facilita a los periodistas la información.

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La APM recuerda al fiscal que el Constitucional no prohíbe la publicación de noticias relacionadas con las investigaciones judiciales siempre que, como es el caso, el periodista las haya obtenido en fuentes ajenas al proceso. Dicho Tribunal ha admitido con frecuencia que los procesos judiciales son materia de repercusión informativa. Además, los periodistas tienen la obligación profesional y también moral de dar a conocer al público cualquier información veraz y de interés general.

Escuchas a los dos periodistas

El diario Abcsubraya además que durante el proceso se ordenó obtener el listado de llamadas y titulares registrados en las líneas de teléfono de los periodistas en el periodo de tiempo en el que se produjo la filtración. A pesar de esto, sigue el diario, la Fiscalía justificó la actuación en que el objetivo era "intentar averiguar la identidad de la persona que filtró el contenido de las conversaciones y se las suministró a los imputados", y no "atentar contra el derecho a informar" ni "vulnerar la intimidad" de los informadores. La consecuencia fue que los número telefónicos y los nombres de sus titulares pasaron a formar parte del sumario, y por tanto accesibles a los abogados de las partes.

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