Plaza Pública

La sastrería del Marqués de la Ensenada

Baronet de Bonmatí

El nombramiento por parte de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) como magistrada de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana a quien hace más de dos años dejó la presidencia de la Audiencia Provincial de Valencia y ahora es vocal del CGPJ, Carmen Llombart, ha dado pie a este artículo.

Por la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que se produjo en virtud de la Ley 41/2015, los procedimientos penales que se hubieren iniciado a partir del 6 diciembre de ese año, cuya competencia para enjuiciarlos sea de las Audiencias Provinciales, van a disponer de una segunda instancia penal largamente reclamada por las instituciones europeas al gobierno español, correspondiendo la apelación a las Salas de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia.

El Real Decreto 229/2017, de 10 marzo, del Ministerio de Justicia, justificaba la creación de hasta 16 plazas "para hacer efectiva la segunda instancia penal". En el concurso para la provisión de plazas que el CGPJ anunció y fue publicado el pasado 11 abril, aparece una plaza de nueva creación en la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. Sala de apelación penal con tres magistrados y uno solo previsto, requiriendo antigüedad jurisdiccional civil o penal y mérito por conocimiento del derecho civil propio. Con ese modo de provisión "reglado" se evita la preceptiva comparecencia que imposibilitaría a la candidata designada su participación por ser vocal del órgano que la nombra.

De las 16 plazas creadas, el concurso antedicho sólo incluye dos para la Audiencia Nacional y la única para el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, sin explicar criterio alguno de urgencia o preferencia que no afectara por igual motivo a las seis plazas previstas para el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, tres para el de Cataluña, tres para el de Madrid y otra más para la Audiencia Nacional.

Desconcertados por la singularidad de ese concurso con tan reducidas creaciones, se ha acabado por descubrir lo ocurrido. Lo que afecta a la Audiencia Nacional bastante publicidad que se le ha dado y más que tendrá a la vista de la anunciada impugnación que al menos 5 Magistrados están preparando. La de Valencia tiene su propia significación.

La asignación de la misma a quien fue presidenta de la Audiencia Provincial y actual vocal del CGPJ se funda en el artículo 340 de la LOPJ. Se otorga preferencia absoluta durante los dos años siguientes "a su cese" a quienes hubieran ostentado la presidencia de las Audiencias Provinciales y para acceder a cualquier plaza de su categoría que se provea por concurso voluntario y no esté reservada a especialista.

El nombramiento de la señora presidenta de la Audiencia Provincial se produjo por Real Decreto 125/2010, de 12 febrero. Su cese, cinco años después al haber sido nombrada por un período cierto y determinado y no haber sido renovada en el cargo, aunque siguiera en funciones hasta la posesión de su sucesor.

Pero hete aquí que, habiendo transcurrido los cinco años en la fecha de publicación (BOE de 11 marzo) del Real Decreto 229/2017, por el que se creaban las 16 plazas "para hacer efectiva la segunda instancia penal", obtiene la privilegiada inclusión del concurso exclusivo para ella antes de que se cumpliera otro plazo, computado desde la toma de posesión del sucesor. De haberse convocado más tarde, hubiera perdido la privilegiada preferencia que por su propia naturaleza debe interpretarse de manera restrictiva, como viene sosteniendo largamente el Tribunal Supremo.

Se puede inferir razonablemente que la "beneficiaria", dada su conocida condición de vocal del Consejo –como ya intentó acceder a una plaza de la Sala de lo Contencioso Administrativo del propio Tribunal Superior de Justicia–, accede ahora a la plaza de la Sala de lo Civil y Penal gracias a que se ha publicado el concurso que le afecta antes que el resto y dentro de un plazo que ha resultado casualmente interpretado a su favor por el propio gabinete técnico del Consejo. Es curioso que frente a otros casos conocidos,  las asociaciones judiciales parece que miran hacia otra parte.

Ante aquellos malpensantes que puedan sospechar que todos los asuntos de corrupción política, que han pasado a la Audiencia Provincial por la pérdida de los aforamientos de sus implicados, vayan a acabar en la Sala de Apelación que se crea, resulta poco aconsejable que puedan suscitarse dudas ante la forma de incorporación de una magistrada, de rancia raigambre en la Asociación Profesional de la Magistratura y designada por el Partido Popular como vocal del Consejo General del Poder Judicial en virtud "de sus méritos y capacidad", según marca la norma.

De lo que no cabe duda es que está "disfrutando" de las mismas posibilidades y rápida inclusión de "su plaza" para anticipar el concurso, como cualquiera otro de los jueces y magistrados de este país que pudieran estar interesados por la razón que fuera y así lo solicitaran del Consejo del Poder Judicial, tan proclive para la transparencia y tratamiento igualitario entre jueces y magistrados afines o desafectos.

Pasa por no tener el teléfono de Rafa…

Como tan gráficamente un insigne magistrado ha distribuido en el correo corporativo del Poder Judicial, parece que en Marqués de la Ensenada se ha instalado una sastrería a medida. Quizá esté registrada como La Transparente, de tanto presumir.

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