Justicia

El Tribunal de Estrasburgo revisa la sentencia de la ‘doctrina Parot’

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) revisa este miércoles la sentencia que condenó a España a indemnizar a la miembro de ETA Inés del Río por vulnerar sus derechos al aplicarle la 'doctrina Parot'.

El TEDH condenó a España a pagar una indemnización de 30.000 euros por daños morales a Inés del Río –que ha sido condenada a 3.200 años por participar en 23 atentados consumados y en el intento de 37 asesinatos–, por considerar que la doctrina adoptada por el Tribunal Supremo en 2006 vulnera el principio de irretroactividad de las penas y el derecho a la libertad personal, recogidos en los artículos 7 y 5 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Meses después de esta sentencia, decenas de presos etarras demandaron a España ante este tribunal por la misma práctica.

La 'doctrina Parot' fue establecida en 2006 por el Supremo y fijó que las redenciones de penas previstas en el Código Penal de 1973 se aplicaran a cada una de las condenas impuestas y no al máximo de cumplimiento fijado en 30 años. Así, una vez cumplida la pena más grave, se deben cumplir las siguientes hasta el límite legal. 

Fue el pasado 4 de octubre, cuando el Gobierno, a través de la Abogacía del Estado, alegó ante la Gran Sala del Tribunal Europeo que la aplicación a Del Río de la 'doctrina Parot' no había supuesto vulneración alguna de los derechos fundamentales de la mencionada terrorista.Competencia de los estados

El recurso del Ejecutivo incide en que el principio de irretroactividad que la sentencia inicial del TEDH considera vulnerado es aplicable a la determinación de las penas, nunca a las formas de ejecutarlas, "que se consideran dentro del margen de la política penitenciaria de cada Estado", informa Europa Press.

Según argumenta el Gobierno en su recurso, el Tribunal Europeo ha mantenido hasta este caso de forma "reiterada" y "unánime" que las medidas que pueden suponer un adelantamiento de la puesta en libertad forman parte de la ejecución de las penas y en consecuencia no pueden considerarse penas en sí mismas a los efectos del Convenio de Derechos Humanos.

En el caso de Del Río, integrante de uno de los comandos más sanguinarios de ETA, la Abogacía del Estado destaca que no hubo ninguna reforma legal sino la "rectificación" de una sentencia dictada por el Supremo en 1994 y de la práctica administrativa a través de otra resolución emitida por este tribunal en 2006.

De revisar el caso se encargarán un total de 17 jueces, que escucharán a las partes.

Un exsecretario de Estado de Justicia, representante de España

Según informa Europa Press, el ex secretario de Estado de Justicia Luis López Guerra repetirá como representante de España en las deliberaciones que llevará a cabo la Gran Sala. López Guerra ejerció como número dos de Justicia entre 2004 y 2007, durante el primer Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero. Fue uno de los magistrados que el pasado julio votó a favor de la derogación de la doctrina Parot tras el recurso presentado por la etarra Inés del Río.

Tras la celebración de la vista comenzarán las deliberaciones a puerta cerrada para dictar una sentencia, que deberá ser aprobada por una mayoría de los jueces de la Gran Sala de forma que bastaría con nueve votos en la misma direccion para adoptar una decisión. Un comité de redacción será el encargado de redactar un primer proyecto de sentencia, que será examinado de nuevo por el pleno de la Gran Sala. Estas deliberaciones pueden durar semanas o meses. De hecho, las fuentes consultadas han reconocido que no se espera una sentencia antes del verano.

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Reacciones

Aralar, Alternatiba, Sortu, EA y Abertzaleen Batasuna han advertido que si el TEDH rechaza la 'doctrina Parot' "Madrid y París estarán obligados a cambiar la política penitenciaria".

Por su parte, el PP, a través de su portavoz en el Congreso, Alfonso Alonso, mostró su rechazó a que exista una "tarifa plana" los asesinos. Y UPyD reclamó a Estrasburgo que se vele por los derecho de todos, y no sólo de los asesinos.

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