Abusos de la banca

La Audiencia acusa al juez del ‘caso Blesa’ de castigar al banquero por considerarle “responsable” de la crisis

El expresidente de Caja Madrid Miguel Blesa, a su llegada, el 5 de junio, a los juzgados de Plaza de Castilla.

La Sección 30 de la Audiencia Provincial de Madrid ha estimado la petición de nulidad planteada por la Fiscalía contra la pieza principal del caso Blesa, en la que el juez de Instrucción número 9 de Madrid, Elpidio José Silva, mantiene imputado al expresidente de Caja Madrid. Y ha permanecido implicado por la concesión de un crédito de 26,6 millones de euros al expresidente de la CEOE Gerardo Díaz Ferrán, también imputado, cuando era consejero de la entidad financiera. Esta decisión podría convertirse en el preludio de la salida de la cárcel del banquero, que fue enviado a prisión sin fianza por el propio Silva.

El tribunal, en un auto redactado por la magistrada Rosa María Quintana San Martín, critica la "desproporción y desconexión" entre lo que se estaba investigando, el crédito a Díaz Ferrán, y lo argumentado por el instructor: "Siendo en gran medida copia de la página web Wikipedia". Este "desacertado proceder", según el auto, "ha dado lugar a una causa en la que lo menos relevante es el concreto hecho denunciado".

En este sentido, el tribunal pone de manifiesto que tras las dos reaperturas acordadas, sin otro fundamento que una causa seguida supuestamente por el Juzgado de Instrucción número 21 de Madrid, "parece ser que el objeto del proceso se ha convertido en una causa general en busca de los responsables –al parecer Miguel Blesa de la Parra y Gerardo Díaz Ferrán– de la crisis económicaMiguel Blesa de la Parra que atravesamos y su castigo, eso sí, por una serie de delitos aún en fase de investigación".

Además, el tribunal vuelve a cargar contra el juez Elpidio José Silva, que no aportó al sumario la denuncia o querella que dio origen a la causa que, "al parecer, se sigue o seguía ante el Juzgado de Instrucción número 21 de Madrid. Así pues, no se alcanza a comprender, salvo facultades adivinatorias inusuales, como se puede concluir la existencia de una conexidad entre los hechos que nos ocupan y los que se dice se seguían [...] pues se desconocen hechos, sujetos intervinientes, ilícitos denunciados. Y es que no cabe derivar y presuponer esta conexidad en base a noticias de prensa, de pasillo, conococimientos extrajudiciales o sospechas", indica el auto de la Sección 30 de la Audiencia Provincial de Madrid.

Por todo ello, la Audiencia Provincial de Madrid ha acordado la nulidad del procedimiento y ha advertido de las "desproporcionadas" medidas que se adoptaron durante su tramitación. De esta forma, ha retrotraído la causa al momento en el que fue sobreseída inicialmente y ha revocado las diligencias adoptadas, como es la retirada del pasaporte de Blesa.

Asimismo, en otro auto, la Audiencia Provincial de Madrid ha acusado al juez de interferir de forma "indiscriminada" en el derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones de Miguel Blesa y Díaz Ferrán al solicitar sus correos electrónicos y el contenido de sus emails.

El tribunal se reunió el pasado viernes para deliberar sobre la solicitud del Ministerio Público y sobre varios recursos presentados por la defensa de Miguel Blesarecursos contra otras decisiones del juez Silva en el marco de este procedimiento.

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Auto que anula el 'caso Blesa' (PDF)

Reapertura del caso

El juez Silva acordó en noviembre pasado reabrir las diligencias que se incoaron después de que Manos Limpias, que ejerce la acusación popular, presentara una querella contra Blesa y Díaz Ferrán que el juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu rechazó acumular a la causa abierta por la fusión y salida a Bolsa de Bankia. Imputa a ambos delitos societarios y falsedad documental. La Audiencia también ha expulsado a Manos Limpias como acusación particular.

Por su parte, el juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu rechazó la admisión a trámite de este asunto argumentado que el sindicato presentaba los hechos que serían objeto de investigación "de una forma muy genérica y sin ninguna concreción", pretendiendo la ampliación del procedimiento "a cuestiones que no le son conexas, ni objetiva ni subjetivamente".

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