Ley de Transparencia

El grueso de la ley de transparencia no entrará en vigor hasta 2016

La vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría, durante el pleno del Congreso del pasado 18 de septiembre.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) de este martes publicó la ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.ley de transparencia El grueso de esta ley que ha tardado más de un año en aprobarse –sin consenso– no será de aplicación hasta finales de 2015 o principios de 2016. A partir de hoy entran en vigor los asuntos relacionados con el buen gobierno, lo que a efectos prácticos suponen un tercio de la normativa.

Las cuestiones relacionadas con la transparencia de la actividad pública que pretende consagrar esta legislación que recibió el visto bueno definitivo del Congreso hace una semana tendrán que esperar a ser una realidad. Así lo establece la disposición final novena de la ley de transparencia, en la que se refleja la forma de entrar en vigor este texto que constituye una de las principales promesas electorales de Mariano Rajoy.

Según esta disposición, los títulos preliminar, I y III "entrarán en vigor al año de su publicación en el Boletín Oficial del Estado". Concretamente, estos títulos son los relativos al refuerzo de la transparencia de la actividad pública y a la garantía del derecho de acceso a la información sobre las actividades públicas y al establecimiento del denominado Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Lo que sí es de aplicación a partir de hoy son las observaciones contempladas en el título II, denominado "Buen Gobierno", una especie de código ético que recoge, por ejemplo, algunas de las observaciones que el PP se autoimpuso meses después del estallido del caso Gürtel en febrero de 2009.

En este sentido, entre otros asuntos, los cargos públicos deben evitar "toda acción que pueda poner en riesgo el interés público o el patrimonio de las Administraciones". También prohíbe que estos acepten "para sí regalos que superen los usos habituales, sociales o de cortesía, ni favores o servicios en condiciones ventajosas que puedan condicionar el desarrollo de sus funciones". Y recalca que "en el caso de obsequios de una mayor relevancia institucional se procederá a su incorporación al patrimonio de la Administración Pública correspondiente".

También exige que los cargos públicos no se sirvan de su "posición en la Administración para obtener ventajas personales o materiales".

El ámbito de aplicación de este capítulo destinado al buen gobierno, el único de aplicación desde hoy, abarca desde los miembros del Gobierno a los altos cargos de la Administración ya sea central, autonómica o local. No obstante, según reza en el articulado, las observaciones de este título II no afectarán "en ningún caso, a la condición de cargo electo que pudieran ostentar".

También incluye este capítulo un régimen sancionador que contempla, en última instancia, para las infracciones "muy graves", la destitución del cargo que ocupen "salvo que ya hubiesen cesado". "No podrán ser nombrados para ocupar ningún puesto de alto cargo o asimilado durante un periodo de entre cinco y diez años".

Aplicación en comunidades y ayuntamientos

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El texto publicado este martes en el BOE establece, además, que "los órganos de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales dispondrán de un plazo máximo de dos años para adaptarse a las obligaciones contenidas en esta Ley". Es decir, hasta finales de 2015.

Mantiene el silencio administrativo

De la lectura del texto definitivo se desprende que se mantiene el silencio administrativo, una de las principales críticas de la oposición.

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