'Caso Nóos'

El fiscal acusa al juez de basar la imputación de la infanta en una “teoría conspiratoria”

El juez Castro y el fiscal Horrach en la Jefatura de Policía de Palma.

El juez Castro se apoya en una "teoría conspiratoria para "justificar la existencia de indicios delictivos que avalen la imputación de Doña Cristina de Borbón". Así de contudente se muestra el fiscal con el magistrado que instruye la causa y que acaba de imputar a la hija del rey. Según su criterio, los funcionarios de Hacienda en cuyo trabajo se nbasa el juez para construir la acusación contra la infanta "han sido objeto de imputaciones e insinuaciones relativas al encubrimiento de intereses espurios ajenos al cumplimiento de su labor profesional". 

Es por eso que Pedro Horrach acaba de iniciar su contraataque en cuanto a la imputación de la infanta. Y ha pedido al juez José Castro que cite como testigos a los inspectores de Hacienda encargados de los informes tributarios para que puedan defenderse de las "insinuaciones" de que exculparon a la infanta por “motivos bastardos”.

Horrach da por buena la afirmación del magistrado de que Aizoon SL, cuya titularidad se reparten Iñaki Urdangarin y Cristina de Borbón, efectuó un reparto de beneficios entre sus dos socios opaco para el fisco y que lo hizo mediante el sistema de asumir como gastos empresariales aquellos que, en realidad, tenían un carácter estrictamente personal, entre ellos la reforma del palacete de Pedralbes. Pero aduce que “imputar gastos personales ajenos a la actividad mercantil como costes de explotación no se contempla en el Código Penal como figura delictiva”.

Aunque la Fiscalía ha decidido no recurrir la imputación de la infanta, el escrito de Horrach avanza cuáles serán sus líneas argumentales en contra de tal imputación. Y presagia que pedirá la desimputación de la infanta en cuanto declare. El argumento más importante, por la envergadura de la polémica desatada, se relaciona con la decisión de Hacienda de considerar entre los gastos deducibles de Aizoon SL, la empresa de Iñaki Urdangarin y Cristina de Borbón, tres facturas falsas por importe global de 69.990 euros y emitidas en 2007 por Intuit SL una de las compañías de Diego Torres, el antiguo socio del yerno del rey.

El juez entiende que, de haberse rechazado esos 69.990 euros como gastos deducibles, lo defraudado por Aizoon SL en 2007 habría superado los 120.000 euros, umbral a partir del cual hay delito fiscal. Y, al atribuirse el delito fiscal a la empresa y no a Iñaki Urdangarin, la acusación también afectaría a su mujer como propietaria del 50% de la sociedad.

En efecto, coincide Horrach, las facturas son falsas. Pero, según su razonamiento, no es posible calificar esos 69.990 euros como ingresos personales que, en este caso, no declaró Diego Torres y simultáneamente conceptuarlos como gastos no deducibles para Aizoon SL. Según el fiscal, fueron Iñaki Urdangarin y Diego Torres, y no sus respectivas sociedades, las que cometieron delito fiscal dado que era falsa toda la facturación cruzada entre esas empresas, facturación que quedó interrumpida tras la ruptura de los dos socios en 2008. El cruce de facturas, enfatiza Horrach, solo buscaba que Urdangarin y Torres se repartieran “equitativamente” el dinero público previamente captado por la falsa ONG Instituto Nóos.

Horrach articula así su argumentación: “Al realizar la liquidación de Aizoon SL en los ejercicios solicitados por el Instructor, la AEAT incluyó, como no podía ser de otra forma, las tres facturas emitidas por Intuit SL contra Aizoon SL como gastos deducibles de esta última entidad, por cuanto Aizoon SL no era un ente ajeno al entramado Nóos, y las citadas facturas, aun siendo ficticias, lo que ocultaban es el reparto de beneficios entre los responsables del grupo, de tal forma que, si materialmente debían considerarse beneficios para Intuit SL, o sea, de Diego Torres, paralelamente debían considerarse gasto deducible, de Aizoon SL, o sea, de Iñaki Urdangarin".

Asociaciones de jueces critican las formas del fiscal Horrach

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El fiscal reclama también la citación como testigo de la inspectora tributaria que en 2011 detectó e investigó “un movimiento de billetes de 500 euros por parte del INSTITUTO NOOS y de Doña Ana María Tejeiro”, la mujer de Diego Torres. Y lo hace para atacar de nuevo la tesis de que la infanta no fue investigada porque se benefició de un doble rasero: “No se solicitó ni se cargó en plan a Doña Cristina de Borbón porque no se detectó participación alguna de la misma ni en el movimiento de billetes de 500 euros ni en el entramado societario. Esto es, no había dato alguno derivado de la base de datos ni de los requerimientos de información que permitiese su carga en plan de inspección”.

Aunque utiliza la forma impersonal, Horrach lanza una andanada directa al juez Castro al subrayar que todo eso se hizo con su conocimiento y aprobación: “Consecuencia de las actuaciones de inspección anteriores, se remitió informe de fecha 29 de noviembre de 2011 al Juzgado de Instrucción nº 3 y se solicitó del mismo la suspensión del procedimiento de inspección al entender que los hechos objeto de inspección tenían conexión con los hechos objeto de investigación en la presente Pieza Separada”.

Esa petición de suspensión, agrega el escrito, “fue denegada por el Instructor, con informe favorable de este Fiscal, al entender que de lo actuado en el procedimiento inspector no se derivaban indicios de delito contra la hacienda pública, y que el objeto del procedimiento penal eran los delitos de malversación, prevaricación, fraude a la administración y falsedades documentales. El procedimiento de inspección siguió su curso sin que durante su tramitación se detectase participación alguna de Doña Cristina de Borbón”.

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