Justicia universal

El juez Velasco considera “ilógico” uno de los artículos de la nueva ley del PP de justicia universal

El magistrado Eloy Velasco saliendo de la Audiencia Nacional

El magistrado de la Audiencia Nacional Eloy Velasco considera que la Disposición Transitoria Única de la Ley Orgánica del Poder Judicial que regula la conocida como justicia universal "no puede ser interpretada literalmente, por ilógica, pues es contradictorio archivar y verificar si concurren requisitos a la vez", según consta en un auto al que ha tenido acceso infoLibre.

La Disposición Transitoria Única aseguraba, de forma literal: "Las causas que en el momento de entrada en vigor de esta ley se encuentren en tramitación por los delitos a los que se hace referencia en la misma quedarán sobreseídas hasta que no se acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos".

Función constitucional

El magistrado Velasco rechaza el orden que impone la Disposición Transitorio aprobada por el PP, "pues la acreditación del cumplimiento de los requisitos que impone el legislador no puede hacerse en el seno de una causa sobreseída. Es decir, que conforme a la lógica de las secuencias de los actos procesales, para no vaciar al juez de su función constitucional exclusiva de juzgar, primero se debe comprobar la concurrencia o no de los requisitos legales -que es el juzgar-, y sólo después, adoptar la decisión oportuna conforme a los designios de la norma".

Asimismo, Velasco se pone de parte de su compañero en la Audiencia Nacional y decano, Santiago Pedraz, al discrepar de la opinión de la Fiscalía sobre qué órgano judicial es competente para continuar con un proceso. Según Velasco, al igual que Pedraz, éste órgano competente es el juez, y no la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que sí se encargaría del archivo de los casos.

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Auto causa jesuitas justicia universal (PDF)

Ignacio Ellacuría

Este es el motivo por el que el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional acuerda proseguir las pesquisas en relación a los delitos de terrorismo del caso sobre el asesinato del cura español Ignacio Ellacuría en El Salvador.

No obstante, el magistrado anuncia su intención de elevar una exposición razonada ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo para que determine si el juicio seguido en El Salvador fue fraudulento o incompleto, tal y como determina como requisito la nueva ley del PP para continuar con el caso.

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