Izquierda abertzale

El Constitucional rechaza excarcelar a Arnaldo Otegi

El Constitucional rechaza excarcelar a Arnaldo Otegi

infolibre

El Tribunal Constitucional ha vuelto a rechazar la suspensión de la prisión del exportavoz de Batasuna Arnaldo Otegi mientras estudia si confirma la pena que se le impuso por el caso Bateragune, han informado fuentes jurídicas, que estiman que el mero transcurso del tiempo, único argumento utilizado por su defensa en su solicitud, no es suficiente para acordarla

Otegi fue condenado por el Supremo a seis años y medio de prisión por pertenencia a organización terrorista en relación con esta causa, por la reconstrucción de la ilegal Batasuna, y permanece en prisión desde octubre de 2009, por lo que ya habría cumplido la mayor parte de su pena.

La resolución de este lunes supone asimismo el mantenimiento en prisión de otros tres condenados por el caso Bateragune, Miren Zabaleta, Arkaitz Rodríguez y Sonia Jacinto, según ha confirmado el representante de la izquierda abertzale a través de Twitter.

El TC mantiene la prisión para Otegi mientras se resuelve su recurso

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Se trata de la segunda ocasión en la que el TC rechaza excarcelar al líder abertzale mientras resuelve sobre el fondo de este asunto. En junio de 2013 recordó que se le había condenado por un delito que afectaba a bienes jurídicos, considerados "esenciales", por lo que la suspensión podría implicar "una perturbación grave de un interés constitucionalmente protegido como lo es el legítimo interés público en el cumplimiento de las penas".

En mayo de 2012 el Tribunal Supremo rebajo de 10 a 6 años y medio la pena impuesta a Otegi por el delito de pertenencia a organización terrorista que les había puesto previamente la Audiencia Nacional, al considerar que no debería haber sido condenado en grado de dirigente.

El exportavoz de Batasuna, que cumple condena en la prisión de Logroño, solicitó al TC que volviera a estudiar si, dado que ha cumplido ya las tres cuartas partes de la condena que se le impuso y contra la que ha recurrido, corresponde suspender provisionalmente su situación de prisión en tanto no se resuelve su recurso de amparo.

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