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Andalucía lleva más de medio año para elaborar un informe sobre si puede o no reclamar la mezquita

Imagen de la mezquita de Córdoba.

Hace ya casi siete meses que la Junta de Andalucía anunció que había encargado a sus servicios jurídicos un informe sobre si le compete o no al Gobierno autonómico reclamar la titularidad de la mezquita de Córdoba. Pero, por el momento, nada se conoce sobre ese documento. Así lo confirmó este miércoles a infoLibre un portavoz autorizado de la Consejería de Cultura andaluza, que señaló que no hay al respecto novedad alguna y que el informe no está ultimado. En febrero de 2014 la Junta en Andalucía salió al paso del movimiento ciudadano que reclamaba que este patrimonio dejara de estar en manos de la Iglesia católica –que lo registró como su propiedad en 2006 en base a una ley franquista– planteando su intención de "estudiar todas las vías" para recuperar su titularidad pública universal. En la Junta justifican la tardanza bajo el argumento de que se está realizando "con mucho rigor”.

La pasada semana IU volvió a sacar este tema a colación anunciando que instará al Parlamento de Andalucía a que interponga un recurso de inconstitucionalidad contra el artículo de la Ley Hipotecaria que permitió la inscripción registral del monumento a nombre del Obispado de Córdoba. Para hacerlo, esta formación necesitará el apoyo de los socialistas –que aseguran que todavía no tienen una decisión tomada al respecto–, pues IU no podría llevar el recursos sola al Constitucional ya que en los parlamentos autonómicos se requiere contar con la mayoría simple del pleno para acudir al Alto Tribunal. No obstante, en el caso de que el recurso llegara al TC y éste lo aceptara la Iglesia católica no perdería la titularidad del monumento, que sólo podría revertirse a través de una demanda de carácter civil. 

Es una incógnita saber qué hará el PSOE –en IU afirman que ven "buena disposición"– pero la realidad es que los socialistas no se atrevieron cuando estaban en el Gobierno a poner coto a la legislación que garantizaba la apropiación de bienes por parte de la Iglesia católica a coste prácticamente cero. Diversos cargos del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero defendieron entonces la necesidad de anular la reforma legal aprobada por el PP en 1998. Pero, según indicaron a este diario dirigentes que participaron en aquellos debates, la entonces vicepresidenta María Teresa Fernández de la Vega se opuso de forma tajante. Su argumento era que no quería abrir nuevas batallas con una Iglesia enfrentada frontalmente con el Ejecutivo de Zapatero por temas como el matrimonio homosexual, la nueva ley del aborto o la asignatura de Educación para la Ciudadanía. Junto a la vicepresidenta, recuerdan las mismas fuentes, se alineó también el entonces ministro Alfredo Pérez Rubalcaba.

Ahora es el Gobierno del PP el que ha expresado su voluntad de limitar estas apropiaciones con una reforma de la Ley Hipotecaria que, entre otros asuntos, acaba con este privilegio de la Iglesia aunque con cierta trampa, pues la reforma actual llega porque el clero ya ha inscrito a su nombre prácticamente todos los bienes de dominio público que podía inscribir. Registradores y notarios consultados por este periódico aseguran que, desde 1998, las inmatriculaciones por parte de la Iglesia católica han sido "masivas". En algunas provincias los colegios de registradores llegaron a enviar delegados a los Obispados para ayudarles a poner en orden su patrimonio. Además, desde que entre en vigor, en borrador de la reforma prevé un año de prórroga en el que la jerarquía católica todavía mantendría este derecho. 

El Gobierno no intervendrá en la recuperación para el patrimonio público de la mezquita de Córdoba

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Una norma franquista que sigue vigente

Hasta que llegue la reforma la Ley Hipotecaria de 1946 permite a la Iglesia católica inscribir bienes de dominio público sin dueño registrado previo mediante una "oportuna certificación librada" por un funcionario. Y el Reglamento Hipotecario, que data de 1947, concede al clero la categoría de funcionario público para poder acreditar inmatriculaciones. Es decir, prevé la inscripción a su nombre con la única certificación de dominio expedida por los obispos diocesanos y equipara, por tanto, un cargo eclesiástico con un notario. Años más tarde, en 1998, el Gobierno de José María Aznar contribuyó a ampliar este privilegio de la jerarquía católica. Entonces se integró a los templos entre los bienes que la Iglesia podía registrar. Hasta esta reforma no se atribuía condición registrable a los lugares de culto puesto que el fin de tal registro era la transacción y las iglesias no eran consideradas comercializables.

La realidad es que la legislación que sigue en vigor hasta que se apruebe la reforma sí ha motivado que el clero se hiciera desde 1998 con miles de ermitas, templos o parroquias de incógnito y a precio de saldo, pues no tenía que pagar por ellas el impuesto de transmisión patrimonial. Lo que sí podía hacer era venderlas a terceros a posteriori. Con estas transacciones generó unas plusvalías de volumen desconocido porque la opacidad que existe en torno a esta práctica es total. Las diferentes organizaciones que están dentro de la Iglesia no tienen la obligación de rendir cuentas a la Conferencia Episcopal.

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