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Caso Nóos

Técnicos de Hacienda piden a la Agencia Tributaria que acuse a la infanta

La infanta Cristina en Barcelona, el pasado 5 de abril de 2013.

infolibre

El Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) pidió este viernes a la Agencia Tributaria que rectifique y pida a la Abogacía del Estado que presente un escrito de acusación contra la infanta Cristina pidiendo su responsabilidad penal por la comisión de delitos fiscales. De este modo, recordaron, se evitaría la aplicación de la doctrina Botín y el archivo del proceso contra ella.

Gestha discrepa de la decisión que la Audiencia Provincial de Palma de exculpar a la infanta Cristina del delito de blanqueo de capitales "dados los abundantes indicios detallados por el juez Castro en su auto del pasado 25 de junio".

En este sentido, los técnicos de Hacienda recordaron que Aizoon es considerada por los peritos de la Agencia Tributaria como una sociedad pantalla de Iñaki Urdangarín, cuyo cometido real era ingresar parte del dinero obtenido por la Asociación Instituto Noós de Investigación Aplicada en contrataciones "que revisten claros indicios de ser delitos de malversación de caudales públicos", así como ingresar ganancias derivadas de supuestas contrataciones privadas y actividades profesionales de Iñaki Urdangarín para no declararlos en el IRPF.

Pese a ello, Gestha coincide con la decisión de la Audiencia Provincial de Palma de mantener la imputación de la infanta como coautora de dos delitos contra la Hacienda Pública, "pues su intervención en Aizoon era imprescindible para la consumación de la defraudación", sostiene.

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Los técnicos de Hacienda también consideran que existen "indicios suficientes" de la comisión de un delito contra la Hacienda Pública en el Impuesto de Sociedades de 2007 de Aizoon, al deducir como gastos tres facturas que había emitido la entidad Intuit Strategy Innovation Lab por importe de 69.990 euros por servicios "totalmente inexistentes".

En su opinión, es "difícil" entender el papel desempeñado por la infanta en Aizon en la que, estando en régimen de separación de bienes, participa de un capital de tan sólo 3.000 euros como copropietaria al 50% junto a su marido, en vez de que se hubiera constituido una sociedad limitada unipersonal, así como la imputación de gastos personales a la misma, que no justificó en su declaración ante el Juez.

"Estas circunstancias son suficientes para mantener la imputación tanto en los delitos fiscales como en el de blanqueo de capitales y, tras la práctica de las pruebas en el juicio, se podría confirmar o desestimar la concurrencia en uno o en ambos delitos", afirma Gestha.

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