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Ley Enjuiciamiento Criminal

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Rights International Spain (RIS) y la Coordinadora contra la Tortura denuncian la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal antre la ONU y el Consejo de Europa.

Ambas organizaciones solicitan a los organismos internacionales que intervengan en la tramitación del Anteproyecto presentado por el ministro de justicia, Rafael Catalá, y aprobado por el Consejo de Ministros, porque consideran que “está en clara contravención con diversas obligaciones asumidas por España en materia de derechos humanos”.

Según las organizaciones, el Anteproyecto no incluye las medidas que la comunidad internacional ha recomendado a España en varias ocasiones para prevenir la tortura y los tratos humanos degradantes.

La reforma, aprobada el 5 de diciembre, no otorga a toda persona detenida el derecho a ser reconocido por un médico de confianza y no incluye la grabación en vídeo de todos los interrogatorios realizados por los agentes de seguridad.

Régimen de incomunicación

A pesar del Comité de Derechos Humanos recomendase a España en 2009 suprimir definitivamente el régimen de incomunicación para los detenidos, el nuevo texto permite mantenerlo durante 13 días (5 en custodia policial y el resto en prisión preventiva) para determinados delitos. El organismo internacional decía en su informe que “entiende que este régimen puede propiciar los actos de tortura”.

El artículo 527 dice que “el detenido o preso, mientras se halle incomunicado, no podrá disfrutar de los derechos expresados en el siguiente capítulo, con excepción de los establecidos en el artículo 520, con las siguientes modificaciones: a) En todo caso, su abogado será de oficio, b) no tendrá derecho a la comunicación prevista en el apartado d. del número 2, c) tampoco tendrá derecho a la entrevista con su abogado prevista en el apartado c. del número 6”.

Esto significa que a los incomunicados, además de no tener derecho a nombrar a su abogado y a entrevistarse con él, tampoco se les concede ser examinados por un médico de confianza, acceder al atestado policial ni a comunicar su detención a un familiar.

Grabación en vídeo y audio

Según el Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes, las grabaciones no deberían cubrir solamente los lugares en los que se practique los interrogatorios, sino también en las celdas. Las grabaciones deberían ser, dice el Comité, tanto en vídeo como en audio.

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En 2011, dicho Comité recomendó a España instalar un sistema de grabación “en las celdas y sala de interrogación” y que este “no se limite a las áreas comunes” como los pasillos. Es otra de las directrices que ignora el Ejecutivo con la aprobación del nuevo Anteproyecto.

Desde Rights International Spain y la Coordinadora contra la Tortura insisten en que “se debería reconocer expresamente, para toda persona detenida” todos los derechos que se obvian en la reforma (médico de confianza, grabación de vídeo y audio, elección de abogado, comunicación con el exterior y acceso al atestado policial).

“Sin embargo, el Gobierno sigue haciendo oídos sordos a estas recomendaciones, perpetuando con esta reforma la falta de garantías frente a la tortura y otros malos tratos durante la detención policial”, concluye Lydia Vicente, Directora Ejecutiva de RIS.

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