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Transparencia

El Congreso retrasa la adaptación a la ley de transparencia, que incumple desde hace un mes

El presidente del Congreso de los diputados, Jesús Posada.

El presidente del Congreso de los Diputados, Jesús Posada, dio este martes una semana más a los grupos para pactar la adaptación de la institución a la ley de transparencia. Tal y como informó este diario, la cámara lleva un retraso de un mes en el cumplimiento de esta legislación. El texto, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del 10 de diciembre de 2013, reflejaba que las obligaciones de transparencia para la actividad pública en esta y otras instituciones entraban en vigor un año después.

Sólo las comunidades autónomas y ayuntamientos disponen todavía de un año más para acoplarse a los requisitos de la Ley de Transparencia, acceso a la información y buen gobierno.

La decisión tomada por el presidente del Congreso llega después de que los grupos de la oposición consideraran en la reunión de la Junta de Portavoces de este miércoles que el texto preparado por los letrados de la cámara para que ésta se adapte a la ley es insuficiente y pasa por alto algunos aspectos

En un principio, la intención era que este martes quedaran cerrados todos los flecos pendientes para poner en marcha "cuando antes" el portal de transparencia. Según fuentes parlamentarias esta herramienta ya está avanzada puesto que buena parte de la información que la ley ordena que sea pública ya está volcada en diferentes apartados de la página. Se trataría, pues, de aportar nuevos datos.

José Luis Centella (IU), considera que el borrador de los letrados es "insuficiente". A su juicio, la adaptación de esta ley requiere "algo más profundo". "No puede ser un mero trámite", dijo en declaraciones a Europa Press.

Similar opinión vertió el portavoz adjunto de UPyD, Carlos Martínez Gorriarán. "Llega tarde y se ha hecho un poco a rastras", añadió. 

El diputado de la formación liderada por Rosa Díez insiste en la necesidad de que se publiquen las nóminas, los gastos de viaje y los de los grupos parlamentarios.

Los requisitos de la ley

Según el capítulo II de la ley, el Congreso debe publicar "de forma periódica y actualizada la información cuyo conocimiento sea relevante para garantizar la transparencia de su actividad relacionada con el funcionamiento y control de la actuación pública".

¿A qué tipo de información se refiere la ley? Se engloba en tres grupos: institucional, organizativa y de planificación; de relevancia jurídica y económica, presupuestaria y estadística. Dado que el grupo de "relevancia jurídica" sólo afecta a las Administraciones Públicas, la institución en cuestión debe ceñirse a los otros dos.

Del primero de los bloques, la Cámara deberá publicar en un apartado específico "información relativa a las funciones que desarrollan, la normativa que les sea de aplicación así como su estructura organizativa". Además, el texto publicado en el BOE establece que debe incluirse un "organigrama actualizado que identifique a los responsables de los diferentes órganos y su perfil y trayectoria profesional". Tal y como insisten en la Cámara baja, el grueso de estas informaciones ya es público en diferentes apartados de su portal de internet. Lo que restaría sería ofrecerlo de una forma más centralizada.

Concreción de las partidas presupuestarias

El segundo de los bloques afecta a la publicación, como mínimo, de todos los contratos, los importes de los mismos, el procedimiento empleado para su celebración, los licitadores participantes, la identidad del adjudicatario y las modificaciones del contrato. Los contratos menores también serán públicos aunque en este caso la obligación puede cumplirse trimestralmente. "Asimismo, se publicarán datos estadísticos sobre el porcentaje en volumen presupuestario de contratos adjudicados a través de cada uno de los procedimientos previstos en la legislación de contratos del sector del sector público", reza el texto legal.

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Igualmente, deben facilitarse los presupuestos, con descripción de las principales partidas e información actualizada y comprensible sobre su estado de ejecución. Pese a que la ley no exige una concreción total de las partidas presupuestarias –sólo se refiere a "las principales"–, esta exigencia aportará algo más de luz sobre cuestiones polémicas como los viajes o el gasto en dietas de sus señorías.

Presentación: "clara, estructurada, entendible" y de fácil "identificación y localización"

Sobre la presentación de la información en cuestión, la ley también es precisa. El artículo 5.4 sostiene lo siguiente: "La información sujeta a las obligaciones de transparencia será publicada en las correspondientes sedes electrónicas o páginas web de una manera clara, estructurada y entendible para los interesados y, preferiblemente, en formatos reutilizables. Se establecerán mecanismo adecuados para facilitar la accesibilidad, la interoperabilidad, la calidad y la reutilización de la información pública así como su identificación y localización". De ahí que las instituciones que ya se han adaptado a la legislación hayan optado por hacer públicos sus datos en una especie de portal de transparencia dentro de sus propias páginas web.

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