Tribunales

El número dos del PSOE no acude a la vista en que estaba citado por la demanda del candidato defenestrado en Parla

El secretario de Organización del PSOE, César Luena.

El primer acto de la demanda planteada por el defenestrado candidato socialista a la Alcaldía de Parla (Madrid), Pablo Sánchez Pastor, contra el que todavía es su partido se celebró este martes sin la presencia del número dos del PSOE, César Luena, a quien la juez había citado como testigo. 

Luena no acudió a la vista de medidas cautelares fijada por el juzgado 1 de primera instancia de Parla porque se encontraba en Estocolmo en la reunión de secretarios de Organización de partidos socialdemócratas europeos. Y el PSOE no pidió cambio de fecha para la vista porque, amén de motivos de plazos, entendía que “su testifical no era necesaria en absoluto”, aducen fuentes de la dirección federal.

Afín a Tomás Gómez, a quien Pedro Sánchez fulminó políticamente en febrero, y ganador de las primarias de Parla, Pablo Sánchez Pastor había pedido a la juez que, de forma cautelar, anulase ya el acuerdo de la Comisión Federal de Listas que el 18 de febrero le consideró “no idóneo” para seguir en la carrera electoral. Básicamente –argumentó la dirección federal- el informe fue negativo porque la Fiscalía había pedido su imputación en el serpenteante caso abierto sobre los sobrecostes del tranvía de Parla.

Ferraz recalcó entonces que después de que la Comisión Federal de Listas aprobara la candidatura de Pablo Sánchez el 16 de diciembre de 2014 se había conocido un informe de la UDEF sobre el equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Parla, del que formó parte Pablo Sánchez. Y que ese informe arrojaba "sombras" sobre su gestión y la dejaba "muy en entredicho". Sánchez dijo a este diario que el informe interno que le sacó de la carrera electoral deja intacta su honorabilidad. Y que no lleva firma. infoLibre no ha tenido acceso a tal informe y no ha podido, por tanto comprobar ninguno de esos dos extremos.

El caso del tranvía aflora y se sumerge por temporadascaso del tranvía pero, a día de hoy, Pablo Sánchez sigue sin estar imputado. Quien sí lo está, y por un caso de corrupción aún más grave –la operación Púnica– es el sucesor de Tomás Gómez en la Alcaldía de Parla, el también socialista José María Fraile, expulsado del partido tras su detención –y encarcelamiento– en octubre.

La Fiscalía no ve necesarias las medidas cautelares

El excandidato Pablo Sánchez había solicitado a la juez que anulase, por tanto, el posterior nombramiento de la nueva candidata a la alcaldía de Parla (125.000 habitantes), Cristina Vélez, antes de que se celebren los comicios municipales del 24 de mayo. “Si no se hace así, de nada servirá que me den la razón cuando hayan pasado las elecciones”, razonó en declaraciones a infoLibre.

Pero la fiscal del caso, que intervino en la vista por videoconferencia, no consideró necesaria la adopción de ninguna medida cautelar. La elección de la nueva candidata, alegó el ministerio público, se llevó a cabo mediante un procedimiento democrático por cuanto obtuvo el respaldo del Comité Federal del PSOE, que está integrado por 311 personas. Y lo que la Constitución preceptúa es la obligatoriedad de aplicar el procedimiento democrático. Cuál, cómo y con qué criterios concretos pertenece a la cocina interna de cada formación, vino a decir la fiscal, según asistentes a la vista.

Aunque Pablo Sánchez es un personaje secundario en la turbulenta historia que estalló el pasado 11 de febrero con la liquidación política de Tomás Gómez como jefe del PSM y le entrega de poderes a una gestora presidido por Rafael Simancas, quienes le apoyan creen que lo que ocurra con su demanda de protección de derechos fundamentales –en este caso, el de ejercer la participación política con garantías democráticas– resultará crucial para el futuro de las primarias.

Ferraz mantiene exactamente lo contrario: que no hay caso y que las primarias no están en peligro, enfatizan sus portavoces al tiempo que ofrecen un dato: en toda España, sólo cinco ganadores en procesos de votación de candidatos han sido apartados por la dirección.

Pero –y aquí radica la discrepancia sustancial– el equipo del líder socialista, Pedro Sánchez, remacha que es al Comité Federal al que en última instancia compete proclamar a los candidatos. Y que en tanto ese trámite no se produce, el aspirante no obtiene el rango de candidato aunque haya ganado las primarias.

¿El reglamento o los estatutos?

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Los partidarios de Pablo Sánchez Pastor en su pulso judicial con Ferraz aducen que ese planteamiento significa, en la práctica, cargarse las primarias e instaurar una especie de sistema de doble vuelta donde el peso de los militantes de base siempre será inferior al de los 311 dirigentes que componen el Comité Federal.

Varias personas, todas ellas alineadas con Pablo Sánchez, aseguraron a infoLibre que el abogado que representa al PSOE remarcó en la vista de este martes la idea de que las primarias son la fórmula elegida por el partido para elegir candidatos pero que su designación definitiva corresponde a “las 311 personas más relevantes” del partido, que son las que integran el Comité Federal.

Las fuentes consultadas en la sede federal de Ferraz indican, por el contrario, que el letrado jamás deslizó esa expresión, cuya connotación elitista subraya el bando contrario. Las mismas fuentes convinieron no obstante en que los estatutos gozan de prioridad sobre el reglamento de primarias. Y los estatutos, subrayan los citados portavoces, dicen dos cosas: que el Comité Federal es el “máximo órgano” de decisión entre congresos y que le compete la "aprobación definitiva"  de las candidaturas.

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