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El TC rechaza la demanda de paternidad del rey Juan Carlos presentada por Albert Solà

El rey Juan Carlos habla con el empresario Gustavo Cisneros en La Romana, República Dominicana, en el XIII Encuentro Empresarial Padres e Hijos, este 14 de mayo de 2015.

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El Tribunal Constitucional ha inadmitido el recurso de amparo que fue presentado por el catalán Alberto Solà por la decisión del Supremo de desestimar la demanda de paternidad que presentó el rey Juan Carlos, al entender que no ha agotado todos los medios de impugnación en la vía judicial y dada la "manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable en amparo".

Así consta en una providencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, que recoge la decisión de la Sección Tercera de la Sala Segunda de inadmitir a trámite el recurso de amparo "toda vez que el recurrente no ha agotado debidamente los medios de impugnación dentro de la vía judicial", precisando que no ha interpuesto el incidente de nulidad de actuaciones previsto en el artículo 241. 1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).

"Y dada la manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable en amparo, violación que, de acuerdo con el artículo 44.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, es condición para que este tribunal pueda ejercer dicha tutela", explica la providencia, fechada el pasado 5 de mayo.

La Sección, conformada por los magistrados Adela Asúa, Juan José González Rivas y Pedro José González-Trevijano, acuerda trasladar su decisión al Ministerio Fiscal con la indicación de que "si no hubiere interpuesto un recurso de súplica en el plazo legal de tres días, se archivarán las actuaciones".

Alberto Solà explicó a Europa Press que acudirá al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, contra la negativa de la Justicia española de investigar sus orígenes y ha lamentado que los magistrados "no hayan sido capaces de resolver un tema tan sencillo como es una demanda de filiación", que en esta ocasión, afecta a la "Corona española".

Código Civil catalán

En su recurso, este español, nacido en Barcelona en 1956, denunció la vulneración de su derecho a obtener una tutela judicial efectiva y la "indefensión" sufrida a raíz del auto dictado por el Tribunal Supremo esgrimiendo que no acompañaba el principio de prueba que exige la ley para dar verosimilitud a su demanda. Este órgano inadmitió después la demanda de paternidad que fue presentada por Jeanne Sartiau, cuyo abogado anunció también que recurriría esta decisión.

Además, la defensa de Solà defendía haber aportado "bastantes indicios" para sustentar su acción, recordaba que la jurisprudencia ha declarado que "basta" con ofrecer una serie de pruebas para que se practiquen en el momento adecuado y subrayaba que se debe "exigir" a los tribunales "la realización de la actividad necesaria para llegar a la verdad material".

"La carga de la prueba debe recaer sobre quien tenga mayor facilidad para probar un hecho", proseguía la defensa de Alberto Solà, que precisaba que su cliente ha presentado, entre otros indicios, las cartas enviadas a la Casa Real o una prueba de ADN, que, "si bien es parcial, sería suficiente con el testimonio del perito criminalista que la realizó". "Es claro que se ha de exigir de los órganos judiciales la realización de la actividad necesaria para llegar a la verdad material, abandonando para ello históricas interpretaciones rígidas y formalistas respecto de la carga de la prueba", añadía.

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En cualquier caso, el abogado de Solà, Francesc Bueno, advertía de que se debería haber aplicado el Código Civil de Cataluña puesto que su cliente ostenta la vecindad civil catalana. Según este texto, "no es necesario" presentar ningún principio de prueba, por lo cual su demanda debería haber sido admitida a trámite.

Así las cosas, basó su recurso de amparo en el "déficit de tutela" en el que incurrió la resolución de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo al no haber "entrado en el fondo de la pretensión en virtud de una interpretación de los hechos que no se compadece ni con la realidad de los acontecimientos, ni con un criterio razonable" de resolución del pleito.

Según el recurrente, Juan Carlos mantuvo una relación con su madre biológica Anna María Bach Ramon antes de ser proclamado jefe del Estado. Solà, nacido en Barcelona en 1956, fue criado en una familia adoptiva.

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