Justicia universal

El juez propone archivar la causa por las torturas a cuatro presos de Guantánamo

Guantánamo

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El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha propuesto a la Sala de lo Penal que archive la causa con la que estaba investigando las torturas que habrían sufrido cuatro presos de la base militar estadounidense de Guantánamo, al considerar que la jurisdicción española no es "competente" para continuar con la investigación si ninguna de "las personas contra las que se dirige el procedimiento" se encuentra en España.

El magistrado señala que los hechos investigados –que se produjeron entre los años 2002 y 2005– "no son susceptibles de encajarse" en el artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que regula el principio de jurisdicción universal de los tribunales españoles, tras el "muy estricto y duro (por lo restringido) canon interpretativo" adoptado por el Tribunal Supremo en el caso Tíbet.

La querella, presentada en 2009 por la Asociación Pro Dignidad de los Presos y Presas de España, la Asociación Libre de Abogados (ALA), Izquierda Unida (IU) y la Asociación Pro Derechos Humanos de España (APDHE), se dirigía contra seis miembros de la Administración del ex presidente estadounidense George W. Bush que pusieron las bases legales para la creación de Guantánamo.

Se trataba, en concreto, del consejero general del vicepresidente Dick Cheney, David Addington; el asistente del fiscal general Jay S. Bybee; el subsecretario de Defensa para Asuntos Legales, Douglas Feith, el consejero general de la Oficina del secretariado de Defensa William J. Haynes; el segundo asistente del fiscal general John Yoo y el consejero de Bush Alberto R. Gonzáles.

Las víctimas de las torturas eran Hamed Abderraman Ahmed, nacido en Ceuta y conocido con los alias de Hamido y el talibán español; el marroquí Lahcen Ikassrien, con residencia y arraigo en nuestro país; el palestino Jamil Adullatif El Banna, y el libio Omar Deghayes.

Reforma de la justicia universal

De la Mata señala en su auto que, a pesar de que Hamido tenía nacionalidad española en el momento de los hechos, "no concurren" los presupuestos establecidos en la última reforma de la justicia universal, aprobada en marzo de 2014, para continuar con la investigación. Así, el procedimiento no se dirige contra un español o extranjero habitualmente residente en España o que se encontrara en territorio español y para el que se hubiera denegado su extradición.

El predecesor de De la Mata en el juzgado, Pablo Ruz, acordó en mayo de 2014 continuar con la instrucción por los delitos de genocidio, lesa humanidad y contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado. Consideró, al igual que la Sala de lo Penal en noviembre de ese año, que este último delito estaba incluido en la reforma de la justicia universal porque su persecución se imponía "con carácter obligatorio por un tratado vigente", en este caso la Convención de Ginebra.

Sin embargo, el juez recuerda que, tal y como estableció el Supremo, la justicia universal no se puede aplicar a "delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado" ni a las "infracciones graves de la Convención de Ginebra", en referencia a "crímenes de guerra, delitos contra las personas protegidas en caso de conflicto armado o delitos de Derecho Internacional Humanitario".

Al tratarse de un sumario, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 no puede acordar directamente el archivo del procedimiento, por lo que lo remite a la Sala de lo Penal para que, después de recibir informes de las partes, "dicte la resolución que considere pertinente".

Policías españoles en Guantánamo

Además, De la Mata rechaza la petición de los querellantes de citar a declarar como imputados a dos agentes de la Policía Nacional que se desplazaron el 22 y 23 de julio de 2002 a Guantánamo para interrogar a varios de los presos, al entender que no hay indicios de que "cooperaran o ampararan" actos de tortura.

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El juez cree que ese interrogatorio fue "totalmente nulo y, como tal, inexistente dada la situación injustificable de detención sin cargos, sin garantías y, por tanto, sin control y sin límites en la que se encontraban en la base de Guantánamo". "Son radicalmente nulos e inexistentes para el mundo jurídico", agrega.

Dicho esto, mantiene que esos agentes "no tuvieron personalmente bajo su guardia y custodia a los detenidos" y no hay indicios de que "diseñaran o ejecutaran un plan sistemático de torturas o malos tratos" ni de que "cooperaran, apoyaran, auxiliaran o colaboraran en forma alguna con quienes tenían la custodia de estas personas o pudieran haber intervenido en la práctica de actos de tortura".

La investigación fue abierta en enero de 2010 por el juez Baltasar Garzón contra "las personas que tuvieran bajo su guardia y custodia a los detenidos y las que autorizaron o practicaron los actos" descritos en la querella, todos ellos "miembros del Ejército de Estados Unidos y la inteligencia militar", así como los que "ejecutaron y/o diseñaron un plan sistemático de torturas o malos tratos inhumanos o degradantes".

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