Pena cárcel

Condenado a prisión por el robo de una bicicleta en 2008

Bicicletas del servicio municipal de Sevilla.

infoLibre

Un joven sevillano de 25 años de edad, identificado como Adrián Manuel, tendrá que ingresar en prisión el próximo día 16 de octubre para cumplir una pena de seis meses de cárcel por robar una bicicleta del servicio Sevici en el mes de junio de 2008.

El abogado del condenado, Ángel Bordas, ha informado a Europa Press de que ha solicitado al Ministerio de Justicia el indulto total para su cliente argumentando que "está plenamente insertado" en el mercado laboral, que tiene dos hijos a su cargo y que su mujer no tiene ingresos.

En la sentencia, dictada en junio de 2010 y a la que ha tenido acceso Europa Press, la juez de lo Penal número 13 condena al acusado a seis meses de cárcel por un delito de hurto por unos hechos ocurridos el 14 de junio de 2008, cuando Adrián, en unión de un menor, cogió "sin disponer para ello de la correspondiente tarjeta de alquiler" una bicicleta de 'Sevici'.

Esta bicicleta se encontraba junto al aparcamiento de bicis ubicado en la calle Pedro de Castro de la capital hispalense, dice la sentencia, que añade que poco tiempo después tanto el acusado como el menor fueron detenidos por agentes de la Guardia Civil cuando circulaban en la bicicleta por la A-376.

La bicicleta fue recuperada y tasada en 1.200 euros, pone de manifiesto la juez, que indica que el acusado declaró que cogió la bicicleta, que se encontraba tirada en el suelo junto a la parada y con el sistema de sujeción roto. La magistrada dice que no ha quedado acreditado que fuera el imputado quien fracturara el sistema de anclaje de la bicicleta y causara los daños.

El pasado mes de junio, la Audiencia Provincial confirmó la sentencia, tras lo que el Juzgado dictó un auto el día 22 de septiembre en el que le denegó la suspensión de la condena de seis meses de prisión ni su sustitución por una multa o trabajos en beneficio de la comunidad.

La juez argumenta en su auto que, "si bien el reo no es reo habitual, de su hoja histórico penal se constata la conducta del reo que no resulta merecedora de tal beneficio", añadiendo que ya fue condenado en el año 2010, "acordándose la remisión definitiva, delinquiendo nuevamente inmediatamente después del periodo de suspensión, con lo que los beneficios previstos legalmente no han producido efecto resocializador alguno", acordando su ingreso voluntario en prisión el día 16 de octubre.

El abogado del imputado, en su recurso, sostiene que en el momento de los hechos su patrocinado "era delincuente primario, con una edad muy joven e incluso fue el acompañante de un menor que asumió toda la culpa de 'tomar prestada una bicicleta'", de manera que "no se trataba de un reo habitual".

"Temeridad"

El letrado Ángel Bordas pone de manifiesto que los hechos por los que se le condena "son del 14 de junio de 2008, hace siete años, cuando mi mandante era un chiquillo, ni siquiera se le condenó por la fractura del sistema de anclaje ni se le condenó a pago de ninguna responsabilidad civil".

"Es una temeridad y una vulneración de los derechos de defensa y presunción de inocencia mandar a prisión por un delito menor a una persona que vale su derecho de defensa y es castigado pasados siete años con la entrada en prisión sin darle opción a cumplirla con otros parámetros como así permiten nuestras leyes", asevera el letrado.

Al hilo de ello, afirma que su cliente es "un padre de familia con dos hijos a su cargo, con un trabajo estable, que probablemente pierda si es condenado a pasar unos días en prisión, por unos hechos leves" ocurridos "cuando tenía 18 años, como fue coger y desplazarse en una bicicleta de alquiler para volver a su casa en una noche de copas, lo que viene siendo una niñatería", pero "va a ser enviado a prisión".

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Historial penal "ridículo"

"La Justicia marca su titular. No es inocente, cierto. Pero las leyes tienen que medir esa peligrosidad y el daño que ocasiona a la sociedad. Mi mandante no es peligroso, es más, peligroso será si entra en prisión", añadiendo que el cumplimiento de la pena "frustraría los fines de prevención y reinserción social".

Además, el historial penal del imputado "es ridícula", pues fue condenado cuando tenía 18 años a diez meses por un delito de allanamiento de morada, pena cancelada a efectos penales, y a 32 días de trabajo en beneficio de la comunidad por un delito de conducción con permiso no vigente por pérdida total de puntos". "El curriculum penal es de una peligrosidad nula", asevera.

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