Cataluña

La Abogacía del Estado impugna en el TC la declaración independentista

Imagen del Tribunal Constitucional.

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La abogada general del Estado, Marta Silva de Lapuerta, presentó pocos minutos después de las 12.00 horas de este miércoles en el Tribunal Constitucional (TC) el recurso del Gobierno contra la declaración aprobada el pasado lunes por el Parlamento catalán que inicia la "desconexión" de España y "proclama solemnemente" el inicio de la construcción de una república catalana.

A las puertas del tribunal de garantías, Silva señaló que la impugnación contiene una petición expresa al TC para que "se notifique personalmente" la resolución a la presidenta del Parlamento de Cataluña, Carme Forcadell; al presidente en funciones de la Generalitat, Artur Mas; al secretario general de la cámara, Pere Sol i Ordis, y a los miembros del Consejo de Gobierno y para que se les aperciba de que "pueden incurrir en un delito de desobediencia y ser suspendidos en sus funciones en el caso de que no cumplan la suspensión si esta es decretada".

La impugnación de la declaración independentista, que fue impulsada por Junts pel Sí y la CUP, fue acordada durante la mañana de este miércoles por el Consejo de Ministros reunido en sesión extraordinaria tras obtener el aval del Consejo de Estado, cuyo informe declara la existencia de "fundamentos jurídicos suficientes" para el recurso.

A juicio del Consejo de Estado, y en consonancia con los argumentos de la propuesta presentada por el Gobierno a este órgano consultivo, la resolución del Parlament Catalán implica la vulneración evidente del núcleo esencial de la Constitución española" y "su declarada insumisión a las instituciones del Estado", por lo que vulnera varios artículos de la Constitución.

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En principio podría pensarse que, de reunirse durante la tarde de este miércoles, el Pleno del TC debería ser breve porque los once magistrados no deberán discutir sobre el fondo del recurso, sino simplemente valorar si el escrito cumple con los requisitos formales para ser admitido a trámite.

No obstante, el debate puede alargarse debido a que es previsible que el Gobierno solicite al tribunal de garantías la inclusión en la providencia de determinadas medidas de advertencia y bloqueo de cualquier acto dirigido a poner en marcha las medidas secesionistas. La adopción o no de dichas medidas y los términos en los que se acuerden podría generar debate en el seno del tribunal de garantías.

En todo caso, y al tratarse de un recurso del Gobierno la suspensión de la declaración por al menos cinco meses vendrá obligada por la mera admisión del escrito, en cumplimiento del artículo 161.2 de la Constitución.

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