Fiscalía Menores

Prisión para los dos detenidos por amenazar al testigo protegido del ‘caso Jimmy’

Ante el juez los dos detenidos de Frente Atlético por amenazar a un testigo del caso Jimmy

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El magistrado titular del Juzgado de Instrucción nº 4 de Madrid, en función de guardia de detenidos, acordó la prisión provisional de Pedro M. M. y Jesús F. P., detenidos por la Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de Estado por haber, supuestamente, amenazado a un testigo de carácter protegido que este lunes deberá declarar en la vista oral del juicio por el denominado caso Jimmy, que se celebrará en el Juzgado de Menores 4 de Madrid.

El magistrado ordenó la apertura de una pieza separada y los dos detenidos serán investigados judicialmente por la supuesta comisión de un delito contra la administración de la Justicia y otro delito de amenazas.

Tal y como se recoge en el apartado de los 'Razonamientos Jurídicos' del auto de prisión, "la medida de prisión provisional resulta proporcional y necesaria para proteger a la víctima dada la violencia demostrada por los detenidos en el pasado y su implicación en grupos como Frente Atlético.

"En el presente caso –establece el juez– existen indicios suficientes, sin perjuicio de lo que resulte de la instrucción, de la participación de Pedro M. M. y Jesús F. P. en la comisión de un delito contra la administración de la Justicia del art. 464 del Código Penal en relación con el art. 169 de amenazas, al presentarse en el lugar de trabajo del testigo protegido".

"Los indicios se sustentan por el propio reconocimiento de los autores por parte de la víctima y constatada la presencia de ambos investigados en el lugar de trabajo del testigo protegido", recoge en el auto el magistrado.

El magistrado recuerda también en el escrito judicial que "Pedro M. M. está imputado en la causa (que sobre los mayores de edad se sigue en el Juzgado de Instrucción nº 20 de Madrid) por el fallecimiento de Francisco Javier Romero Taboada ('Jimmy') y consta información de su pertenencia al Grupo Frente Atlético como encargado de vender productos con lotería de Navidad". Esta resolución no es firme y frente a ella cabe recurso de reforma ante el propio juzgado, que ha de interponerse en el plazo de tres días.

El 30 de noviembre de 2014, miembros de las aficiones del Atlético de Madrid y del Real Club Deportivo La Coruña se citaron para agredirse antes del inicio del partido que se iba a disputar en el Estadio Vicente Calderón. Las agresiones dieron como resultado la muerte del aficionado del club gallego Francisco Javier Romero, conocido como Jimmy.

El Juzgado de Menores número cuatro de Madrid acogerá este lunes el juicio a puerta cerrada contra el menor al que la Fiscalía pide once años de reclusión por su presunta participación en los hechos. Según el Ministerio Fiscal, el menor, A.C.G., es autor de los delitos de riña tumultuaria y homicidio al golpear a Jimmy con una defensa extensible en la zona abdominal y que "con ánimo de causarle la muerte, continuó propinándole golpes ayudado por otros mayores de edad".

Con esta petición de condena para el menor por parte de la Fiscalía se otorga por parte de la misma veracidad a la versión del testigo protegido del caso, a pesar de que el titular del Juzgado número 20 de Madrid, el juez Juan Antonio Sáenz, anunció que no practicaría más diligencias.

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Fue el pasado julio cuando este testigo protegido menor de edad identificó a cuatro personas como los autores de la muerte del ultra gallego. En su testimonio, el testigo corroboró en gran parte la tesis policial de los hechos. Según fuentes de la investigación, entre los señalados por este menor, se encontraron dos de los cuatro que fueron detenidos en su día por el presunto asesinato y que el pasado mayo fueron puestos en libertad por falta de pruebas.

Por otra parte, el pasado lunes 26 de noviembre, la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Madrid ratificó la decisión del magistrado que instruye la Operación Neptuno de poner en libertad a los cuatro detenidos que ingresaron en prisión tras la reyerta que costó la vida en las inmediaciones del estadio Vicente Calderón a Jimmy.

La Sala, tras desestimar el recurso interpuesto tanto por la Liga Nacional de Fútbol Profesional como por la Fiscalía, estimó que la resolución adoptada por el magistrado del Juzgado de Instrucción nº 20 de Madrid se justifica en el hecho de la declaración prestada el pasado 21 de mayo por dos agentes de movilidad y un testigo presencial, que ratificaron que hubo un error en la identificación inicial de la persona que fue arrojada al río en primer lugar, que no fue la víctima mortal, sino otra, que sobrevivió a los hechos.

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