Elecciones 26-J

La Junta Electoral solicita al Gobierno valenciano que retire un vídeo por su voluntad “de ensalzamiento”

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La Junta Electoral Central (JEC) ordenó a la Generalitat Valenciana que elimine de "forma inmediata" de sus páginas institucionales de Internet, incluidas las de las redes sociales, el vídeo Orgullo de ser valencianos porque, según el organismo arbitral, conculca la Ley Electoral ya que tiene "una intencionalidad política de crítica" a los anteriores gobiernos del PP y "de ensalzamiento" del actual, formado por el PSOE y Compromís.

El vídeo, que fue denunciado ante la JEC por el PP, fue elaborado y financiado por el Gobierno autonómico antes del inicio del periodo electoral y, de hecho, fue presentado el día anterior a la publicación de la convocatoria de las elecciones generales. Sin embargo, continúa apareciendo "de forma destacada" en los perfiles que la Generalitat tiene en Youtube, Facebook y Twitter y se puede acceder a él mediante enlaces de la web oficial del Gobierno de Ximo Puig.

El organismo arbitral estimó parcialmente el recurso interpuesto por el PP, al considerar que el vídeo conculca el artículo 50.2 de la Ley Electoral que "prohíbe de forma expresa

durante el período electoral la realización de cualquier acto organizado o financiado directa o indirectamente por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones".

Es "peyorativo" con el PP

En su acuerdo, recogido por Europa Press, la JEC explicó que en el vídeo se utilizan "frases e imágenes" con "tono peyorativo" relativas a actuaciones de gobiernos anteriores de otra formación política concurrente a las elecciones (el PP) y se insertan también "imágenes vinculadas a valores, símbolos y tradiciones generalmente considerados como propios de la identidad valenciana, que subliminalmente se asocian a quienes en este momento ostentan el gobierno de la Generalidad".

Los actos, vídeos y tuits que ha prohibido la Junta Electoral

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A modo de ejemplo, la resolución destacó que en el spot se contrasta "la fiesta" actual, frente a la "tempestad" pasada y que "dichas imágenes revelan una intencionalidad política de crítica a gobiernos anteriores y de ensalzamiento al actual, por lo que su difusión por un ente público en período electoral conculca lo dispuesto en el artículo 50.2 de la LOREG".

Tras subrayar que el vídeo "no puede considerarse imprescindible para la salvaguarda del interés público o para el correcto funcionamiento de los servicios públicos" lo que "podría justificar su divulgación", la JEC señaló que al haberlo mantenido durante el período electoral en su página institucional de distintas redes sociales, la Generalitat Valenciana "ha vulnerado el principio de neutralidad política que debe presidir la actuación de los poderes públicos en esos períodos, así como el principio de igualdad entre los diferentes candidatos electorales".

Por otro ello, ordena al Gobierno valenciano que elimine "de forma inmediata de las páginas institucionales de su titularidad, incluidas las de las redes sociales, el vídeo cuestionado".

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