Elecciones vascas

El Constitucional decidirá a principios de septiembre si Otegi puede ser candidato a lehendakari

El Constitucional decidirá a principios de septiembre si Otegi puede ser candidato a lehendakari

Ibon Uría

A poco más de mes y medio para las elecciones en Euskadi –la fecha elegida por el actual lehendakari, Iñigo Urkullu (PNV), es el 25 de septiembre–, persisten las dudas en torno a la candidatura de Arnaldo Otegi a la Presidencia del Gobierno Vasco. Sobre el secretario general de Sortu y cabeza de lista elegido por la coalición Euskal Herria Bildu pesa una sentencia que, a priori, lo inhabilita hasta 2021, aunque la izquierda abertzale sostiene que sí puede presentarse. En última instancia, será el Tribunal Constitucional quien decida.

El 16 de septiembre de 2011 la Audiencia Nacional condenó a Otegi a diez años de prisión y otros tantos de inhabilitación especial para el ejercicio del sufragio pasivo –derecho a ser elegido– y para ocupar un empleo o cargo público por un delito de integración en ETA en grado de dirigente cometido al intentar reconstruir la ilegalizada Batasuna a través del grupo Bateragune. En mayo de 2012, el Supremo rebajó la pena de prisión a seis años y medio al entender que Otegi no tenía "poder de dirección" en la banda terrorista.

El Supremo, no obstante, mantuvo inalterada la pena de inhabilitación, y avaló la decisión de privar a Otegi de cualquier cargo público hasta 2021. Tampoco modificó el fallo el Constitucional, ante el que recurrió el líder abertzale y que en julio de 2014 respaldó la condena. El dirigente independentista salió de prisión el pasado 1 de marzo. Poco antes, el 18 de enero, la Audiencia Nacional confirmó que el político no podrá presentarse a las elecciones. La defensa de Otegi tenía diez días de plazo para recurrir en casación ante el Supremo, pero no lo hizo.

Candidato de EH Bildu

Pese a estas decisiones judiciales, tras su salida de la cárcel Otegi fue ratificado por las bases de la coalición EH Bildu como cabeza de lista para las elecciones autonómicas. La candidatura de izquierda independentista anunció a finales de mayo que, tras una serie de asambleas celebradas en localidades de los tres territorios de Euskadi, la militancia había avalado proponer a Otegi. EH Bildu reiteró entonces que la jurisprudencia confirmaba que la condena de inhabilitación no podría ser ejecutada.

La argumentación de Sortu y de los abogados de Otegi es que existe "un error" en la redacción del fallo, que no especifica para qué cargos públicos concretos está inhabilitado el candidato. La postura la fundamentan en el caso del parlamentario de EH Bildu Iker Casanova, que en septiembre de 2014 se convirtió en diputado del Parlamento Vasco en sustitución de la hasta entonces portavoz abertzale, Laura Mintegi –que abandonó la Cámara para volver al mundo de la universidad–, pese a que estaba inhabilitado para ocupar empleos o cargos públicos –aunque no para el ejercicio del sufragio pasivo–.

La Fiscalía General del Estado admitió entonces que, al no detallar el fallo a qué puestos concretos afectaba esa inhabilitación, no podía aplicarse. "La concreción del empleo o cargo público es de todo punto necesaria (...). El derecho fundamental a la participación en los asuntos públicos reconocidos en la Constitución sólo se puede restringir en los casos taxativamente determinados en el fallo judicial", señaló el Ministerio Público en una resolución en línea con el artículo 42 del Código Penal, que establece que "en la sentencia habrán de especificarse los empleos, cargos y honores sobre los que recae la inhabilitación".

Advertencia de la Fiscalía

Pese a este precedente, la fiscal general del Estado, Consuelo Madrigal, advirtió ya a finales de mayo de que la Fiscalía comunicará a la Junta Electoral correspondiente la sentencia que condenó a Otegi para que surta los efectos oportunos de cara a su presentación a las elecciones. En esa misma fecha, el ministro de Justicia en funciones, Rafael Catalá, consideró que la pena de inhabilitación contra Otegi está "actualmente vigente" y que "tiene que cumplirse como cualquier pena y sentencia". "Parece lógico que el señor Otegi no pueda ser elegible", agregó.

Fuentes de la Fiscalía y la Junta de Gipuzkoa consultadas por infoLibre discrepan sobre cuál es el curso de los acontecimientos más probable una vez EH Bildu presente a Otegi como candidato, algo que deberá producirse entre el 17 y el 22 de agosto, según el calendario de la convocatoria electoral. Algunas voces consideran que la mera remisión del fallo judicial a la Junta Electoral debería bastar para que esta inadmitiera su candidatura, mientras que otras apuntan que la Junta es un órgano de carácter administrativo que no puede interpretar sentencias.

Por su parte, en su página sobre información electoral, el Gobierno Vasco recuerda que la Junta Electoral Central, el 3 de febrero de 2016, estableció que la ineligibilidad "afecta a los condenados (...) cuando la sentencia haya impuesto la pena de inhabilitación especial o de suspensión para empleo o cargo público, cualesquiera que sean los empleos o cargos públicos a los que se refiera dicha pena" y que "la literalidad del precepto establece como núcleo de la causa de inelegibilidad la condena por este tipo de delitos sin distinguir los cargos o empleos públicos concretos sobre los que pueda recaer la pena de inhabilitación especial o suspensión".

"Además –añadió la JEC–, esa parece ser la finalidad perseguida por el legislador, al considerar que determinados delitos, por su naturaleza y gravedad, afectan particularmente al ejercicio de los cargos electos". La resolución también establece que de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General no cabe deducir que se puede "reducir la extensión de la inelegibilidad a los empleos o cargos públicos específicos sobre los que pueda recaer la pena de inhabilitación especial o de suspensión de empleo o cargo público".

En manos del Constitucional

En cualquier caso, la decisión final estará en manos del Tribunal Constitucional, toda vez que es previsible que Otegi recurra cualquier decisión que le impida presentarse y que la Abogacía del Estado y la Fiscalía General hagan lo propio si la Junta de Gipuzkoa da el visto bueno a su candidatura en primera instancia. Los plazos serán ajustados, pero el calendario de la convocatoria de las elecciones tiene previstos los tiempos para recurrir a todas las instancias posibles antes de que comience la campaña electoral vasca el 9 de septiembre.

Así, EH Bildu tendrá que presentar sus listas entre el 17 y el 22 de agosto. El 24 se publicarán en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) las listas presentadas y, los días 25 y 26, las Juntas de Bizkaia, Gipuzkoa y Álava comunicarán las irregularidades que detecten. Los partidos tendrán 48 horas de plazo para subsanarlas y el 29 de agosto se proclamarán definitivamente las candidaturas que, un día después, el 30 de agosto, se publicarán nuevamente en el BOPV. Ese paso pone punto final a la vía administrativa.

A partir de entonces es cuando entran en juego los juzgados. Las partes disconformes con las candidaturas proclamadas tiene 48 horas para recurrir ante los juzgados de lo contencioso-administrativo que, a su vez, deben resolver las discrepancias antes del 3 de septiembre. Finalmente queda una última instancia ante la que recurrir: el Tribunal Constitucional. Ante el tribunal de garantías se pueden presentar recursos en solicitud de amparo entre el 2 y el 5 de septiembre, y todos ellos deben estar resueltos, como tarde, el día 8 de septiembre. El 9 empieza la campaña y el 25 se vota.

Los tribunales en campaña

De llegarse hasta el Constitucional, no sería la primera ocasión en la que el tribunal de garantías anula una candidatura, aunque en el caso de Otegi sería de un único candidato y en los anteriores impidió que se presentaran partidos al entender que eran ilegales. La primera decisión del TC en ese sentido fue, en enero de 2004, mantener la ilegalización de Batasuna y Herri Batasuna impuesta casi un año antes por el Supremo. Tres años más tarde, en 2007, el Constitucional también confirmó la anulación de las candidaturas de Sozialista Abertzaleak y de buena parte de las listas de Acción Nacionalista Vasca (ANV) para las elecciones municipales. En enero 2009 el TC confirmó la ilegalización definitiva de ANV.

Poco después, el Supremo anuló las candidaturas de Askatasuna y Demokrazia Hiru Milioi (D3M) para las elecciones autonómicas de 2009, una decisión que igualmente respaldó el tribunal de garantías. Esas fueron las primeras elecciones en las que no pudo participar ninguna marca vinculada a la izquierda independentista vasca representada históricamente por Batasuna.

El Constitucional, por contra, anuló en mayo de 2009 el auto del Supremo que impedía a otra formación independentista vasca –Iniciativa Internacionalista– concurrir a las elecciones europeas. Asimismo, autorizó a Sortu –partido del que en la actualidad es secretario general Arnaldo Otegi– a inscribirse en el registro de partidos políticos en junio de 2012, revocando la decisión del Supremo adoptada en marzo de 2011 que lo consideraba sucesor de Batasuna y un instrumento para conseguir financiación para ETA.

Entre la primera decisión del Supremo de prohibir Sortu y la anulación del Constitucional, la izquierda abertzale presentó otra de las marcas que siguen activas hoy: Bildu, una coalición electoral de EA, Alternatiba e independientes. Nuevamente el Supremo anuló inicialmente sus listas para las municipales de 2011, pero el Constitucional revocó la prohibición y le permitió concurrir a los comicios.

Nuevo escenario político

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Con independencia de que Arnaldo Otegi sea o no su candidato, la izquierda abertzale se enfrenta este septiembre a unas elecciones que se le presentan cuesta arriba. En las autonómicas de 2012 fue segunda fuerza y obtuvo 21 escaños de los 75 del Parlamento Vasco, a sólo seis del PNV y claramente por delante del tercer partido, el PSE, que se quedó en 16. La marca, de hecho, fue la mejor de las conseguidas históricamente por el independentismo vasco. Herri Batasuna, por ejemplo, nunca pasó del tercer puesto y las 13 actas en la Cámara de Vitoria-Gasteiz.

Ahora, en cambio, la mayoría de encuestas sostienen que está en riesgo su segundo puesto por la irrupción de Podemos, que en las generales del 20D y el 26J, la referencia electoral más cercana en el tiempo, ganó en Euskadi por encima incluso del PNV. En esos comicios los abertzales se desplomaron: pasaron de los 334.000 votos y siete diputados en el Congreso logrados por Amaiur en 2011 a 220.000 votos y dos escaños el 20D. El 26J mantuvieron esos mismos dos parlamentarios, pero siguieron perdiendo apoyos y descendieron hasta los 185.000 sufragios. En Euskadi fueron terceros en votos en diciembre y cuartos en junio.

En ese contexto, fuentes del Gobierno Vasco consultadas por este diario opinan que sería un "error" impedir la candidatura de Otegi. El Ejecutivo autonómico, en manos del PNV, considera que una decisión del Constitucional en su contra sólo serviría para dar alas a la candidatura independentista de EH Bildu. En conversaciones informales, el PNV ha llegado a plantear al PP que no "alimente" a Otegi alentando resoluciones judiciales en su contra.

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