Caso Nóos

La abogada de Manos Limpias renuncia por "pérdida de confianza absoluta" en su cliente

La abogada de Manos Limpias Virginia López Negrete, a su llegada a la Audiencia Nacional.

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La abogada Virginia López Negrete, que ejerce la acusación popular en el caso Nóos en representación de Manos Limpias, ha presentado este miércoles su renuncia ante la Audiencia Provincial de Madrid, por lo que la acusación popular no estará presente en la vista que se celebrará mañana para estudiar la aplicación de medidas cautelares a los condenados Iñaki Urdangarin y Diego Torres.

En un breve escrito al que ha tenido acceso Europa Press la abogada señala que renuncia por motivos "exclusivamente personales, habida cuenta de que hay intereses totalmente contrapuestos, una pérdida de confianza absoluta hacia el cliente así como a las desavenencias que entre ellos son insalvables, de confianza de este letrado hacia su cliente".

El cliente de esta abogada es Manos Limpias, un pseudo sindicato cuyo secretario general, Miguel Bernard, estuvo en prisión preventiva desde abril a pocos días antes de Navidad del pasado año por la causa en la que el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz investiga si él y el presidente de Ausbanc extorsionaron a diversas entidades financieras y empresas.

En su escrito, López Negrete señala que tanto a ella como al procurador Santiago Carrión, quien también renuncia ante el tribunal, les ha sido imposible comunicarse con su cliente, "dado que ni la sede, ni los teléfonos, ni los correos electrónicos existen ya" por lo que si Sala considera conveniente debería comunicar su renuncia a la propia Manos Limpias "a los efectos oportunos por parte de la misma".

La acusación popular, sin representación

Por lo tanto, y a no ser que Manos Limpias designe otro representante penal, la acusación popular no estará representada mañana en la vista, solicitada por el fiscal Pedro Horrach, en la que se estudiará la posible aplicación al exduque de Palma y su socio de alguna medida cautelar dirigida a asegurar su disposición ante la Justicia mientras se resuelven los recursos que previsiblemente presentarán ante el Tribunal Supremo.

El fiscal superior de Baleares, Bartomeu Barceló, ha asegurado este miércoles que "la prisión preventiva se tiene que acordar cuando hay riesgo de fuga, de ocultar pruebas o de atentar contra los intereses de las víctimas y ninguno de estos casos se va a dar" mañana, por lo que al ser la Fiscalía una institución de carácter jerárquico parece poco probable que en la vista se solicite prisión. Otras posibilidades son la libertad bajo fianza o la prohibición de salir de la UE mediante la entrega del pasaporte.

Respecto a Bernad y Pineda, la Fiscalía les acusa de utilizar sus respectivas organizaciones , que supuestamente no tienen ánimo de lucro, para su enriquecimiento personal o el de sus allegados. Además de extorsionar a los bancos, obtenían fraudulentamente subvenciones y ofrecían "la retirada de la acción penal en algunos procesos previa exigencia de importantes cantidades de dinero", actividades que desarrollaron de forma organizada y prolongada en el tiempo.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma, que es la que ha juzgado el caso Nóos, ha citado a las 10.30 horas de mañana Iñaki Urdangarin y Diego Torres para que estén presentes en la vista, que se celebrará a puerta cerrada.

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Además de los condenados, el tribunal ha citado también a sus abogados defensores y al representante del Ministerio Fiscal, a la Abogacía del Estado, a la Abogacía del Govern de les Illes Balears y a la abogada de Manos Limpias, que tras su renuncia no acudirá.

En las comparecencias, tal y como establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el tribunal resolverá sobre las medidas cautelares planteadas por las partes, sin poder adoptar ninguna de oficio ni imponer una que sea más gravosa que la solicitada por las acusaciones.

En el caso de que la medida solicitada sea la de prisión provisional, el tribunal deberá valorar si concurren los requisitos exigidos en el artículo 503 de la Ley procesal, uno de los cuales es el riesgo de fuga del condenado.

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