Juicio 9N

Mas, Ortega y Rigau no podrán presentarse a elecciones por la condena de inhabilitación aunque recurran

El expresidente Artur Mas poco antes de la rueda de prensa que ha ofrecido hoy después que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) le haya condenado a dos años de inhabilitación.

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El expresidente de la Generalitat Artur Mas, la exvicepresidenta Joana Ortega y la exconsellera Irene Rigau no podrán presentarse a elecciones con la sentencia del 9N que les ha inhabilitado temporalmente, aunque aún no se hayan resuelto los recursos que prevén presentar, ha declarado a los periodistas el abogado de Rigau, Jordi Pina.

Según ha informado Europa Press, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha condenado a Mas a dos años de inhabilitación para cargos públicos electivos locales, autonómicos o estatales por desobedecer al Tribunal Constitucional (TC), a Ortega a un año y nueve meses de inhabilitación y a Rigau a un año y seis meses.

Según la ley electoral general, son inelegibles los condenados por sentencia –aunque no sea firme– por delitos contra la Administración Pública como el delito de desobediencia.

En el caso de que la sentencia sea firme si el Tribunal Supremo la mantiene, deberán cumplir las sentencias de inhabilitación antes de poder volver a ser escogidos como cargos públicos.

Además, Pina ha puntualizado que, como mínimo, hasta que la sentencia sea firme Rigau podrá seguir en el cargo de diputada en el Parlament, es decir, hasta que el Supremo resuelva el recurso de casación que las defensas han anunciado que presentarán tras conocerse el fallo del TSJC.

Ha confiado en que el Supremo pueda revocar la sentencia del TSJC: "Los abogados hemos de confiar siempre en que las segundas instancias puedan revocar las sentencias de primera instancia. Es la fe que los tres abogados de la defensa no perdemos".

El abogado de Joana Ortega, Rafael Entrena, ha valorado que se está ante "una cosa insólita", ya que el mismo tribunal al que presentarán el recurso de casación es el que dictará sentencia por el mismo tema para el acusado Francesc Homs, diputado en el Congreso de los Diputados por el PDeCAT.

"La sentencia es revocable"

"Esta sentencia es atacable, es impugnable y es revocable y nosotros tenemos fe de que el Supremo, diga lo que diga con la sentencia de Homs, pueda revocarla", ha confiado Entrena.

"Los tres letrados consideramos que esta sentencia es claramente impugnable desde el punto de vista técnico y jurídico. Hay discordancias que no se han resuelto en los términos que se plantearon", ha valorado.

En este sentido, ha considerado que la decisión rompe los requisitos para la condena por desobediencia, además de que "no se desarrolla y no justifica por qué condena pese a no darse estos requisitos".

Pina ha recordado "la pacífica jurisprudencia durante muchos años del Supremo sobre los requisitos de este delito: no cualquier desobediencia integra el tipo penal por el que se ha condenado".

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"Traje a medida"

"Tenemos ganas de ver si el TS varía o no su jurisprudencia pacíficamente consolidada o si, como sospechan nuestros clientes, se hace un traje a medida para ellos", ha añadido.

Además, ha avanzado: "Si la jurisprudencia del TS queda apartada, evidentemente este es un motivo muy firme para ir al tribunal europeo", y ha lamentado que la sentencia del TSJC no argumenta por qué condena por desobediencia.

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