Política

El Congreso y los tribunales apuntalan el trato de favor del Estado a la Iglesia

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El Tribunal de Cuentas no fiscalizará este año el dinero público que ingresa la Iglesia, que está exenta del pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y es la única institución religiosa que dispone de una casilla para donar el 0,7% en los formularios del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). Tampoco tiene obligación de registrar las apostasías en los libros de bautismo. No hay ninguna iniciativa en marcha, de carácter global, que ponga en riesgo la titularidad de los miles de bienes inmatriculados por la Iglesia aprovechando resquicios legales. En España se siguen celebrando funerales de Estado católicos y la simbología religiosa se resiste a desaparecer del espacio público. La conclusión es clara: los intereses de la Conferencia Episcopal están aguantando el empuje de las iniciativas laicistas para limitar o eliminar su especial estatus en materias como la financiación, la fiscalidad, el uso de datos o la representación en el espacio público. Diversas victorias de la Iglesia en las instituciones de representación política, especialmente el Congreso, y en los tribunales han apuntalado el trato de favor que le dispensa el Estado en razón de los acuerdos con la Santa Sede y la ley de mecenazgo y pese a a su pérdida progresiva de fieles

  Exención del IBI

Uno de los privilegios que más controversia suscita es la exención del IBI. La Iglesia y sus diferentes organizaciones no lo abonan, por lo cual los ayuntamientos, que tienen en esta tasa una de sus principales fuentes de ingresos, dejan de percibir cientos de millones de euros al año, con el cálculo más conservador. El acuerdo de 1979 entre el Estado y la Santa Sede, que tiene carácter de tratado internacional vinculante, establece la exención de la "contribución territorial urbana", es decir del IBI, para templos y dependencias anejas, residencias de obispos, oficinas de la curia, seminarios y conventos de las órdenes. Esto es, cuando la finalidad del inmueble es religiosa.

Pero, ¿qué ocurre cuando una de estas propiedades no es utilizada para estos fines? ¿Y si la diócesis alquila el bien a un tercero que lo utiliza para montar un negocio? Así lo hace, por ejemplo, con aparcamientos en Almería y Lugo, y con un convento arrendado para un hotel de cuatro estrellas en la Costa Brava, como publicó infoLibre. La Ley de Haciendas Locales establece la exención de los bienes "de la Iglesia católica", pero sólo "en los términos previstos en el Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos". La posibilidad de librarse de este impuesto cuando en los inmuebles se realiza una actividad económica proviene de la ley de mecenazgo, un gran éxito político para la Iglesia, sobre todo por la interpretación mayoritaria que en instancias judiciales se está realizando de su redacción, intrincada y abierta a interpretación. El derecho no es una ciencia exacta. Y en sus recovecos la Iglesia suele salir ganando.

A efectos prácticos se ha venido interpretando que si por la explotación del bien no hay que pagar impuesto de sociedades –como es el caso–, tampoco hay que pagar el IBI. A esa conclusión han llegado los servicios jurídicos de los ayuntamientos de Almería y Lugo, en los que se encargaron informes específicos sobre la materia. En otros casos la discrepancia ha llegado a los tribunales, donde la Iglesia se ha salido con la suya. Hay varios ejemplos relevantes, como el que enfrentó a una mancomunidad de municipios de Ourense (Amoeiro, Coles, A Peroxa y Vilamarin) con su Diócesis. El procedimiento no abordó directamente si hay exención o no para los alquileres, porque en los inmuebles por los que estos municipios pretendían cobrar el IBI no se realizaba esta actividad, pero el Supremo aprovechó la resolución del conflicto para establecer cuál es el régimen tributario de la Iglesia respecto al IBI. La sentencia, de 2014, explicita que la Iglesia se beneficia del artículo IV del Acuerdo sobre Asuntos Económicos con la Santa Sede.

Como sentencia del Supremo que es, sentó jurisprudencia. El Concello de Allariz (Ourense), que ganó un contencioso administrativo en 2012 para cobrar el IBI a la Iglesia por bienes que no eran de culto, tomó nota del fallo del Supremo y dejó de pasar los recibos a la diócesis. Las victorias de la Iglesia en su defensa de la exención del IBI se han producido también en el Tribunal Constitucional, que en 2013 anuló un artículo de la ley fiscal navarra que pretendía limitar ese privilegio a los bienes destinados al culto al considerar que lo contrario chocaba con lo dispuesto en las leyes de ámbito estatal que regulan las relaciones con las distintas confesiones religiosas. Ese mismo año, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña falló a favor de la orden de los Padres Mínimos, que se resistió a la intención del Ayuntamiento de Begur (Girona) de cobrarle el IBI por un convento arrendado para un hotel.

  La casilla de la renta

La Iglesia se beneficia de múltiples recursos públicos para su financiación. Por ejemplo: determinadas exenciones en los impuestos de sociedades, sucesiones, transmisiones patrimoniales, sobre el valor añadido (IVA), sobre bienes inmuebles (IBI), sobre el incremento del valor de terrenos, sobre construcciones y obras; y también disfruta de conciertos públicos para financiar centros educativos. No obstante, su herramienta de financiación estelar es la casilla de la Iglesia, la cual supone unos 250 millones de euros al año, cantidad fijada en función del número de personas que marcan la equis y pagada por todos los contribuyentes, católicos o no. Este trato privilegiado a la Iglesia, en permanente cuestionamiento por sectores laicistas, ha estado este año en el punto de mira político y judicial. Y la Iglesia ha salido airosa.

En una sentencia de diciembre, el Tribunal Supremo blindó la exclusividad de la Iglesia católica para esta casilla. El fallo estableció que la negativa de Hacienda a poner una casilla para que los contribuyentes puedan destinar el 0,7% de la cuota íntegra a la Iglesia Evangélica o Protestante no vulnera derechos fundamentales de dichas confesiones. El motivo es que la casilla de la Iglesia católica viene avalada por los acuerdos del Estado con la Santa Sede. Hay que destacar, no obstante, que un fallo en sentido contrario habría supuesto caminar hacia lo que Asunción Villaverde, ex vicepresidenta de Movimiento Hacia un Estado Laico (Mhuel) y destacada defensora del laicismo, llama "multiconfesionalismo": "Nuestro objetivo es que desaparezca la casilla de la Iglesia, no que cada confesión tenga una", afirma. Lo que sí ha hecho esta sentencia es establecer que la Iglesia católica es un caso aparte.

  Opacidad de las cuentas

Los ingresos millonarios que anualmente recibe la Iglesia católica por la casilla del IRPF suscitaron debate en el seno del Tribunal de Cuentas, que en enero se opuso a una solicitud de casi la mitad de sus miembros para fiscalizar las cuentas de esta institución, como publicó infoLibre. La Iglesia se quedó, como ha ocurrido siempre, fuera del programa de fiscalizaciones para 2017 del órgano democrático responsable del control del sector público español. El caso causó revuelo político. Tras la publicación de la información en este medio, PSOE y Podemos intentaron que el Congreso forzase al Tribunal de Cuentas a incluirla, lo cual permitiría conocer en detalle el destino de unos fondos públicos que actualmente escapan al control de las autoridades públicas. Pero los votos en contra de PP y UPN y la ausencia de los representantes del PDECat (antigua CiU) provocaron que no salieran adelante sus iniciativas.

  Unos acuerdos 'sagrados' y una ley pendiente

"A estas alturas no es serio que la Iglesia católica goce de privilegios. Es algo que tenemos que plantearnos como sociedad", señala Josep Vendrell, diputado de En Comú Podem, que en febrero presentó una iniciativa en la Comisión de Hacienda del Congreso instando al Gobierno a suprimir progresivamente la financiación pública de la Iglesia. Fue aprobada pese al voto en contra del PP y Ciudadanos, pero su plasmación práctica dependerá del Gobierno, por lo que el propio Vendrell es más que escéptico sobre su recorrido. Las victorias de las iniciativas laicistas en la Cámara baja son escasas. Y, en casos como éste, irrelevantes.

En cambio, las grandes decisiones le sonríen. El PP se opone a cualquier tentativa de limitar, suprimir y matizar la posición privilegiada de la Iglesia en el terreno fiscal, que reforzó su anclaje en el Intercambio de Notas entre la Nunciatura Apostólica en España y el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, acuerdo de 2006 referido al sistema de asignación tributaria impulsado por José Luis Rodríguez Zapatero. El expresidente socialista también abandonó, en el tramo final de su segunda legislatura, la pretensión de aprobar una ley de libertad religiosa y de conciencia –sigue en vigor la de 1980–. Dicha pretensión quedó plasmada en el último programa electoral del PSOE, donde también figura la propuesta de denunciar los acuerdos con la Santa Sede.

"Esa es la clave. Esa es la principal batalla. Sin denunciar los acuerdos con la Santa Sede, hay poco que hacer en todos los terrenos, desde la fiscalidad a la enseñanza, o a que haya capellanes funcionarios en las cárceles, o símbolos religiosos en el espacio público, o misas católicas oficiales", resume Francisco Delgado, presidente de Europa Laica, que afirma que en este terreno el PSOE "cambia en función de si está en el Gobierno o en la oposición".

A juicio de Delgado, "es fundamental no darle a la Iglesia un estatuto diferente al de cualquier tipo de asociación, que sea como cualquier centro cultural, asociación de vecinos, de padres, simplemente una parte más del tejido social". "Una ley de libertad de conciencia también ayudaría a clarificar todos estos aspectos", señala. No obstante, el presidente de Europa Laica alerta de la extensión de privilegios como mecanismo para ocultar la posición prevalente de la Iglesia. En este sentido, es crítico con la ley de mecenazgo, que extiende la exención del IBI a toda suerte de colectivos de supuesto interés social. Los donativos a los mismos, por ejemplo, disfrutan de desgravaciones de hasta el 75%. Y ahí entran las cuotas de las cofradías de Semana Santa siempre que se den de alta como "entidades sin fines lucrativos", según la normativa de la Agencia Tributaria.

  Educación concertada

Los acuerdos con la Santa Sede también están en la base del especial estatus que la Iglesia católica tiene en relación con el sistema educativo. Además, la legislación educativa actual –la reforma impulsada por José Ignacio Wert, en vigor desde diciembre de 2013– señala de forma expresa que esta opción educativa puede estar financiada con dinero público. Cualquier intento de actuar sobre el principio de "el que quiera educar en la fe, que lo haga en casa o se lo pague", se encuentra con el límite de los tribunales. La Federación de Centros de Enseñanza Privada (CECE) cifra en más de 40 las sentencias a favor de los centros privados que segregan por sexos sólo en Andalucía y ante los intentos de la Administración autonómica de retirarles la financiación pública. 72 colegios que separan a sus alumnos por sexos reciben 113 millones al año de subvenciones públicas en España. Es previsible que el Supremo acabe estableciendo dónde están los límites también en este ámbito.

  Apostasía sin registro

La Iglesia también se anotó una victoria significativa en un enfrentamiento con la Agencia Española de Protección de Datos. Una sentencia del Tribunal Supremo de 2008 –de nuevo el Supremo sentando jurisprudencia favorable a la Iglesia– anuló un fallo de la Audiencia Nacional y dio la razón al Arzobispado de Valencia, que se oponía a la anotación en los libros de bautismo de las declaraciones de apostasía. Es decir, la Iglesia no quiere que haya una nota marginal en los libros de bautismo en la que quede reflejada la renuncia a la fe católica del bautizado, lo cual resta en buena medida sentido al propio acto de apostatar.

A lo largo del proceso, el Arzobispado invocó la inviolabilidad de los libros de bautismo y advirtió de que la orden de la Agencia de Protección de Datos para que se añadiera por escrito la anotación requerida infringía los acuerdos de 1979 entre España y la Santa Sede, que recogen que el Estado y la Iglesia garantizarán la inviolabilidad y la confidencialidad de los archivos y registros de la Iglesia. La sentencia que daba la razón a la Iglesia tuvo como ponente a Margarita Robles, que luego fue vocal del Poder Judicial y hoy es diputada en el grupo del PSOE.

  Inmatriculaciones

Otro de los frentes abiertos es el de las inmatriculaciones. Las iniciativas de distintos parlamentos quedan en papel mojado mientras no se produzca una reforma de la ley hipotecaria para la que no hay mayoría. En el caso más emblemático, el de la mezquita de Córdoba, el Ayuntamiento actúa ya con resignación ante los impedimentos jurídicos que afronta su pretensión de lograr la titularidad pública del templo. La Iglesia ha impuesto su criterio casi sin levantar un dedo. Tras años de polémicas e informes contradictorios, de declaraciones públicas y mensajes de advertencia de las instituciones a la Iglesia, el portavoz canónigo del Cabildo, José Juan Jiménez Güeto, lanzó una frase lapidaria hace ya un año: "Si alguien alberga dudas, que acuda a la vía jurídica". "La Iglesia sabe que lleva las de ganar. Y el obispo no va a ceder un ápice", según fuentes municipales que han trabajado en el tema.

Cinco obstáculos para revertir las inmatriculaciones de la Iglesia

Cinco obstáculos para revertir las inmatriculaciones de la Iglesia

El hipotético camino judicial para lograr la reversión de una inmatriculación debería partir de la presentación de una cuestión de inconstitucionalidad que abriera el camino a una previsible sucesión de resoluciones y recursos desde el juez de primera instancia hasta el Supremo, el Constitucional y finalmente el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo. Ahí se adivina una posible oportunidad, ya que este tribunal ha fallado a favor de una empresa ganadera, y en contra de la Iglesia, en el caso de una inmatriculación en Palencia. Ahora la Coordinadora Estatal para la Recuperación del Patrimonio Inmatriculado por la Iglesia Católica, integrada por unos veinte colectivos laicistas, ha anunciado su pretensión de que, en base a esta sentencia, el Congreso abra una comisión que determine el procedimiento para "restaurar la legalidad". El Gobierno, mientras tanto, se lava las manos en el asunto y remite a los registros. Tampoco parece que los intentos de revertir las inmatriculaciones vayan a encontrar facilidades ni en las instituciones políticas ni en las instancias judiciales.

  Cuidados paliativos

El aterrizaje de la cuestión de la muerte digna en el Congreso de los Diputados ha tenido lugar de forma totalmente asumible, a priori, para la Iglesia católica: se ha abierto la puerta a la regulación de los cuidados paliativos, pero se ha enterrado el debate de la eutanasia. Tampoco en ese frente parece que la Conferencia Episcopal se vaya a llevar un sobresalto. El último serio se lo dio José Luis Rodríguez Zapatero con la ley de matrimonio homosexual, que llegó a sacar a los obispos y al PP a la calle. Hoy, 12 años después de su aprobación, el matrimonio entre personas del mismo sexo es perfectamente normal y no ha supuesto, como auguraban los prelados, el final de la familia tradicional.

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