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El 'caso de La Manada'

La justicia mantiene a más de 200 reclusos en prisión provisional por abusos sexuales

Tres de los miembros de La Manada, José Angel Prenda, Jesús Escudero y Angel Boza, abandonan la prisión.

El encarcelamiento preventivo de acusados o condenados en primera instancia por delitos de abusos sexuales, el mismo que pesa sobre los cinco integrantes de La Manada, no constituye una excepción en España. Las estadísticas penitenciarias indican que, a 15 de junio de este año, 206 hombres permanecían en prisión provisional por esa infracción penal frente a los 1.309  que en esa fecha se encontraban cumpliendo condenas inapelables, es decir, derivadas de sentencias firmes. Traducido a porcentajes, lo anterior significa que por cada 100 varones encarcelados por abusos sexuales, 13,5 son preventivos

Las estadísticas facilitadas por  Instituciones Penitenciarias no incluyen cifras de Cataluña, que tiene transferidas las competencias en materia de prisiones, pero permiten trazar un dibujo más que aproximado de la situación. Tampoco hacen posible distinguir entre aquellos preventivos cuyo juicio no se ha celebrado aún y aquellos otros que aguardan la revisión de su caso por parte de un tribunal de segunda instancia.

Dentro del capítulo de delitos contra la libertad sexual (2.751 hombres con condena firme más otros 426 en prisión provisional a 15 de junio), los abusos constituyen una categoría de elevado peso. Los acusados por ese delito suman de hecho casi la mitad del total. En marzo, y siempre según los números de Instituciones Penitenciarias, España contabilizaba 54.884 reclusos

La Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEC) limita como norma la prisión provisional a un periodo de dos años. Pero esa misma ley faculta a los jueces a prorrogarla si persisten varias circunstancias: el riesgo de fuga, la reiteración delictiva bien contra la misma víctima o contra otras y el peligro de ocultación de pruebas. La LEC autoriza prolongar la prisión preventiva otros dos años si se trata de acusados en espera de juicio y, si ya hay una primera sentencia sujeta a recurso, habilita a los jueces para mantenerla "hasta el límite de la mitad de la pena efectivamente impuesta".

En el caso de La Manada, cuyos cinco miembros permanecían encarcelados desde su arresto, en julio de 2016, y que fueron condenados en abril a nueve años de prisión solo por abusos y no por violación, la Audiencia de Navarra podría haber decretado un nuevo periodo de prisión sin fianza por hasta dos años y medio. En total, eso habría sumado cuatro años y medio -la mitad de la condena impuesta-, aunque a tenor de los tiempos habituales para la resolución de recursos la sentencia definitiva se habría conocido antes. Los juristas consultados creen que el TSJ navarro se pronunciará en octubre. Y si alguna de las partes recurriera luego en casación ante el Tribunal Supremo, esta vez la espera sería aproximadamente de un año.

Tanto las fuentes consultadas en el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) como en Instituciones Penitenciarias coinciden en que no hay forma de saber cuántas prórrogas de prisión provisional se producen a lo largo del año. Ni por qué delitos.

Una decisión habitual

Pero fiscales y otros juristas consultados por infoLibre sostienen que prolongarla forma parte de lo habitual cuando se trata de una condena importante como la de La Manada –nueve años– y más si los sentenciados se arriesgan a sentarse por segunda vez en el banquillo por el mismo delito, como ocurre aquí. "Y si encima faltan escasos meses para que la instancia superior, aquí el Tribunal Superior de Navarra, resuelva sobre los recursos, lo normal habría sido mantenerlos en prisión", opina un fiscal con larga experiencia en vigilancia penitenciaria. Una vez se pronuncie el TSJ navarro, cabe un nuevo recurso, este de casación y ante el Supremo.

Además del riesgo de que el TSJ navarro confirme la pena impuesta o la eleve –la Fiscalía pedía 22 años y 10 meses por violación para cada uno de los procesados– cuatro de los cinco condenados permanecen desde octubre de 2016 imputados también por abusos sexuales a una segunda joven. La víctima permaneció inconsciente durante buena parte de la agresión. Los ahora condenados la manosearon, desnudaron y golpearon cuando, una vez despierta, se negó a hacerle a uno de ellos una felación.

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Fue el juez que investigaba el caso de los Sanfermines el que descubrió ese segundo ataque al analizar los vídeos que los propios agresores habían grabado con sus móviles. El magistrado expreso su sospecha de que los acusados hubieran suministrado a la víctima alguna droga para dejarla fuera de juego.

El asunto se encuentra en fase de instrucción en un juzgado de Pozoblanco (Córdoba), el municipio en cuyo entorno se produjo la agresión. La magistrada encargada de la investigación ha decretado la complejidad de la causa para disponer de más tiempo.

El auto por el que la Audiencia de Navarra deja libres a los cinco de La Manada minimiza la importancia del caso de Pozoblanco en lo que pudiera implicar de factor añadido de riesgo de fuga sino que se refiere a ese episodio en los siguientes términos: "Se trata (...) de hechos sub iudice que aún continúan en fase de investigación sub iudice por razones que se desconocen y que ninguna de las acusaciones ha podido esclarecer".

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