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AlRevésyAlDerecho es un blog sobre derechos humanos. Y son derechos humanos, al menos, todos los de la Declaración Universal. Es un blog colectivo, porque contiene distintas voces que desde distintas perspectivas plantean casos, denuncias, reivindicaciones y argumentos para la defensa de esos bienes, los más preciados que tenemos como sociedad. Colectivo también porque está activamente abierto a la participación y discusión de los lectores.

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Cláusula de conciencia del periodista, se necesitan héroes

Pepe Reig Cruañes

Cuando tres periódicos se deshacen de sus directores sin que las plantillas digan ni mu, quizá sea el momento de poner las lealtades informativas a remojar. No es que el cambio de director no pueda ser una simple opción empresarial sin consecuencias en la línea informativa de esos diarios, es sencillamente que en este caso sería milagroso que fuera sólo eso. Deudas bancarias, pérdida de lectores y presiones políticas son demasiadas realidades para tanto milagro. Así que tenemos, no uno, sino tres diarios (¿sólo tres?) sometidos a cambios que podrían considerarse sustanciales en “la línea editorial”.

Cuando ocurre tal cosa, los/as profesionales del periodismo tienen un problema que va más allá de lo que el Estatuto de los Trabajadores (art. 50.1) describe como “modificación sustancial de las condiciones de trabajo”, que permiten al trabajador extinguir la relación contractual. Cuando se trata de periodismo, es decir, una actividad relacionada con el derecho a la información, la cosa afecta a una pieza clave de la democracia. La cláusula de conciencia y el secreto profesional no son un derecho corporativo ni un privilegio de los periodistas, sino una garantía ciudadana de que el derecho a comunicar informaciones no va a depender de la benevolencia del poder o del empresario. Se trata de derechos que protegen la independencia del periodista, que no se entiende como un fin en sí misma, sino como un medio para asegurar la libertad de información. En el fondo, pues, son derechos de la ciudadanía, pero en nuestro país no tienen hoy día una existencia muy segura. Que se lo digan, si no, a los periodistas de los tres grandes diarios, El País, El Mundo y La Vanguardia cuando vieron sus directores destituidos en una ola de disciplina empresarial que nos parecería intolerable, pongo por caso, en Venezuela o en Ucrania. Los tres diarios mencionados, por lo demás, tienen recogidos y de modo muy garantista en sus Estatutos de Redacción la cláusula y el secreto.

El mandato constitucional de proteger el derecho de los periodistas a su independencia en el ámbito de la empresa (cláusula de conciencia) y frente a la administración (secreto profesional) se ha cumplido tardíamente y de forma incompleta. El secreto profesional protegido por el artículo 20 de la Constitución nunca tuvo desarrollo legislativo, aunque ha mostrado su eficacia en varias ocasiones ante los tribunales. Mientras que la cláusula de conciencia, tras varios intentos fallidos (1989, 1990, 1994, 1996), fue examinada por el Parlamento a propuesta de IU y, conforme a su rango de derecho fundamental, recogida en la Ley Orgánica 2/1997 de 19 de junio. De acuerdo con esta Ley Orgánica el periodista tendría derecho a rescindir unilateralmente su contrato con la empresa, si ésta cambia de línea editorial o si le traslada a otro medio cuya línea no comparta. Si el/la periodista se acoge a la cláusula de conciencia, tendría derecho a una indemnización equivalente a la de un despido improcedente. Puede igualmente negarse a elaborar informaciones contrarias a la línea editorial y a sus principios éticos y retirar su firma de aquellas piezas que hayan sido modificadas o retocadas sin su acuerdo.

Los primeros, y casi únicos, casos de periodistas acogidos a la cláusula de conciencia se dieron entre nosotros hace casi 20 años y apuntaron en direcciones opuestas: en un caso (STC 199/1999) el Constitucional denegó el amparo al trabajador por no haberse probado el giro ideológico de la empresa (Diario 16) ni la categoría profesional de redactor del demandante. En el otro, STC 225/2002, el Tribunal Constitucional amparó a un periodista del diario YA que había rescindido unilateralmente su contrato acogiéndose al artículo 2 de la Ley Orgánica, incluso sin esperar a la resolución judicial. Después de estos dos casos, nada. Durante los años de expansión económica y mediática no aparecieron o no afloraron conflictos de conciencia de esta naturaleza en el ámbito del periodismo. Ello a pesar de, o quizá a causa de, el continuo proceso de concentración de medios que llevó, por ejemplo, a la fusión del Grupo Correo y Prensa Española, Vía Digital y Canal Satélite Digital, Tele 5 y Antena 3, con el consiguiente trasvase de profesionales.

Pero llegó la crisis y, sobre todo, llegaron las estrategias conservadoras frente a ella, hechas de austeridades y devaluación interna. En el país donde, según datos de FAPE y APM, se ha despedido a 10.824 periodistas desde el comienzo de la crisis, ¿quién se atreverá, con clausula de conciencia o sin ella, a rescindir su contrato o, siquiera, a negarse a firmar una información contraria a su ética? Seguramente los ERE de El País y de El Mundo, que se han llevado por delante a tantos buenos periodistas con años de trabajo y con criterio propio, han tenido el efecto de evitar algún que otro conflicto de conciencia que habría acabado por aflorar. Esto puede explicar la sequía de héroes de nuestro periodismo reciente. Añádase a ello el miedo a la intemperie que campa a sus anchas en tiempos de crisis. Este es un derecho que seguirá siendo quimérico en un mundo de desempleo masivo y concentración de medios, a no ser que se desarrollen otros derechos que conforman, podríamos decir, el medio ambiente de la libertad de expresión: la participación de los periodistas en la gestión de sus medios, a través de sociedades de redactores; el derecho de autor, hasta hoy ignorado para casi todo lo que los periodistas firman a diario y, más difícil aún, el casi imposible Estatuto del Periodista.

Dicen que sin periodismo no hay democracia y esa es una correlación que en tiempo de ataque a los derechos se convierte en índice y medida de todas las cosas. Pero el periodismo necesita periodistas que no sólo hagan bien su trabajo, sino que se nieguen a hacerlo mal. Esto último, negarse a hacerlo mal, que es la sustancia de la “cláusula de conciencia”, se vuelve mucho más difícil cuando las empresas periodísticas, volcadas en su dependencia financiera, olvidan su condición de vehículos de un “derecho fundamental”. Entonces, en lugar de simples periodistas, lo que se necesitan son héroes.

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Publicado el
4 de marzo de 2014 - 20:06 h
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