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El juez ha disparado, el Ministerio Fiscal ha puesto la munición

Juan José Seoane

No voy a comentar la sentencia por la que se condena a Juana Rivas. Voy a comentar qué participación han tenido los actores institucionales en este procedimiento.

El Juzgado de Instrucción tramitó unas diligencias, como era su función, y, concluidas, dio traslado a las acusaciones. La acusación particular la lleva a efecto un abogado que actúa conforme el principio de la remuneración. Ha sido contratado para acusar. Tiene que acusar, salvo que su ética prime sobre su sentido económico.

El Ministerio Fiscal no se identifica, como es habitual. Pero en este caso presumo –repito, presumo– que la iniciativa acusadora no ha recaído en él o en la concreto o concreta representante que redactó el escrito de acusación y participó en la vista oral. Dudo –insisto, dudo– que el fiscal jefe de Granada haya estado totalmente al margen de las actuaciones de la institución que él gobierna en ese territorio.

El Ministerio Fiscal, a mi juicio, es quien carga de munición el arma que el juez ha disparado.

En fase de apelación, la institución no puede pedir la absolución de la condenada. Podría ser más o menos agresivo o agresiva en la redacción de la oposición del recurso de la condenada, pero nada más.

Vamos, por tanto, a comentar lo que puede decir y lo que puede hacer la fiscal general del Estado. María José Segarra es la punta del escalafón de la institución y, entre sus antecedentes, figura el de haber dado impulso a la sección de Violencia sobre la mujer.

El Gobierno, por el principio de separación de poderes, puede que no deba pronunciarse, pero, ¿la fiscal general del Estado ha de estar callada ante lo que ha hecho y lo que vaya a hacer la Fiscalía de Granada?

En conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/1996, de protección jurídica del menor: "Todo menor tiene derecho a que su interés superior sea valorado y considerado como primordial en todas las acciones y decisiones que le conciernan, tanto en el ámbito público como privado. En la aplicación de la presente ley y demás normas que le afecten, así como en las medidas concernientes a los menores que adopten las instituciones, públicas o privadas, los Tribunales, o los órganos legislativos primará el interés superior de los mismos sobre cualquier otro interés legítimo que pudiera concurrir".

¿Ha considerado la acusación pública, al tiempo defensora de los menores, que el interés del padre en que sea condenada la madre prima sobre el interés de esos dos niños?

¿Va a seguir la Fiscalía desoyendo ese mandato?

¿Va a tomar cartas en el asunto la fiscal general del Estado?

Todavía hay actores que no han intervenido, básicamente nuevos jueces. ¿Dejarán de disparar con la munición de las acusaciones? ____________________

Juan José Seoane es socio de infoLibre

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