Librepensadores

Rehenes

Natividad Pérez

Rufa Aranda Gordo vive en El Ronquillo, Sevilla. A sus 64 años, viuda y madre de seis hijos, se dedica a las tareas domésticas. La Guardia Civil la detiene el día 13 de octubre de 1937 a las siete de la mañana, por orden del Excelentísimo Sr. General Jefe del Ejército del Sur. También detiene a su hija Agapita Fernández Aranda de 36 años, casada y con cinco hijos. No constan antecedentes, tampoco afiliación a partido político o sindicato, han sido detenidas en calidad de rehenes.

Los rehenes son los detenidos por el papel que representan para un tercero al que los golpistas quieren capturar. Madres, padres, hermanos, esposas. La toma de rehenes es práctica habitual en los golpistas, utilizada para ejercer presión sobre los que han sido declarados desertores del ejército o los batallones de trabajadores. El reclutamiento forzoso en las tropas golpistas, precedido en muchos casos de encarcelamiento, hace que con frecuencia los reclutados escapen, es menos frecuente que algunos presos de los batallones de trabajadores, presos políticos, consigan fugarse del trabajo esclavo militarizado de estos batallones. Los que consiguen escapar suelen pasar a la zona de legalidad republicana o intentan salir del país, pero muchos no lo consiguen y se ven obligados a pasar al anonimato en ciudades o a refugiarse en los campos o montes. Para intentar averiguar si están ocultos en algún lugar al que los golpistas puedan acceder, se somete a los familiares rehenes a interrogatorios en la comisaria. Algunos de estos familiares salen de prisión con destino a comisaría para ser interrogados y nunca regresan.

Los rehenes no son presos de guerra ni gubernativos, están fuera de toda consideración legal. Mandados a detener por las fuerzas de seguridad o la Guardia Civil, dependiendo del tamaño de la población en la que residen, puestos a disposición del general jefe del Ejército del Sur, serán liberados cuando a él se le antoje y pueden desaparecer sin certificado de fallecimiento, causa de la muerte, fecha, ni hora. Su presencia en la cárcel es anómala porque no son prisioneros políticos ni comunes. Se les concentra en la prisión de Sevilla, tanto a los de la ciudad como a los del resto de las poblaciones de la provincia, para que estén a la mano del que ordena su captura y facilitar los interrogatorios.

La privación de libertad de ciudadanos civiles, el secuestro de sus derechos en un encarcelamiento sin causa, juicio ni pena. Los interrogatorios y las torturas directas de los rehenes y de los hijos de estos que quedan desasistidos de la custodia de sus progenitores y del necesario sostén económico, sitúan al ejército golpista en los niveles propios de los grupos delincuentes.

Un grupo de hombres armados que toma como rehenes a civiles desarmados para maltratarlos y utilizarlos como fuente de información o método de presión sobre otros no se considera Ejército, se considera grupo criminal. La toma de rehenes es un acto criminal y si se considera que este periodo de la Historia española es una guerra, debería ser considerado como crimen de guerra.

Natividad Pérez es socia de infoLibre

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