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ABUSOS LABORALES

Una empresa pública mantiene en fraude de ley a un centenar de trabajadores a los que se niega a convertir en indefinidos

Tragsa pasa la pelota a los sindicatos y les pide propuestas para recortar pérdidas

Trabajar en una empresa pública no garantiza el respeto a las leyes laborales. La filial de Tragsa, Tragsatec, mantiene en fraude de ley a un centenar de sus empleados, a los que se ha negado a convertir en indefinidos pese a haber superado los cuatro años que el Estatuto de los Trabajadores y su convenio colectivo fijan como plazo máximo de duración para los contratos de obra y servicio. CCOO ya ha presentado la correspondiente denuncia ante la Inspección de Trabajo y al menos una docena de los afectados ha interpuesto demandas en los juzgados de lo Social.

El Estatuto de los Trabajadores establece que los contratos por obra y servicio no pueden tener una duración superior a tres años, “ampliable hasta 12 meses más por convenio colectivo”. Es lo que hace el convenio de ingenierías, el aplicable a Tragsatec. Transcurrido ese plazo, añade la ley, “los trabajadores adquirirán la condición de trabajadores fijos de la empresa”. La reforma laboral del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero limitó el plazo a los contratos por obra firmados a partir del 18 de junio de 2010. El 18 de junio de 2014, por tanto, Tragsatec debería haber convertido en indefinidos a los trabajadores con ese tipo de contratos que hubieran alcanzado los cuatro años de antigüedad. No ha sido así. Continúan trabajando en los mismos proyectos, pero en fraude de ley.

Utilizar la contratación temporal en fraude de ley es una infracción grave que implica sanciones de hasta 6.250 euros por trabajador. Es decir, Tragsatec puede ser multada con hasta 625.000 euros por el centenar de contratos de obra que mantiene en fraude de ley. En 2013 la Inspección de Trabajo destapó un total de 39.385 contratos temporales –entre los que se incluyen los de obra y servicio– que debían ser indefinidos. De cada 100 contratos inspeccionados, 14 eran temporales fraudulentos.

Según las estadísticas del Servicio Público de Empleo (SEPE), en todo 2014 fueron 86.897 los contratos de obra y servicio que fueron transformados en indefinidos “legalmente”, por iniciativa del empresario y sin que tuviera que forzarlo la Inspección de Trabajo. Esa cifra representa sólo el 1,41% de los 6,13 millones de contratos de esta modalidad registrados en los 11 primeros meses de 2014. A su vez, los de obra y servicio son el 44% de los contratos temporales que se firmaron el último año, el segundo tipo más utilizado después del eventual por circunstancias de la producción.

El grupo Tragsa no ha querido explicar a infoLibre los motivos detrás de su negativa a convertir ese centenar de contratos en indefinidos. La empresa pública se encuentra pendiente de que el Tribunal Supremo resuelva sobre el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) que la Audiencia Nacional declaró nulo el pasado mes de abril. Era el mayor despido colectivo presentado en una empresa pública, pues afectaba a 1.336 trabajadores. Hasta la anulación, a Tragsa le dio tiempo a despedir a 300 empleados, que debió readmitir tras la sentencia. Según sus propias previsiones, la empresa cerrará 2014 con unas pérdidas de 40 millones de euros.

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Más multas de la Inspección de Trabajo

No es ésta la única irregularidad laboral de la empresa pública. La filial contrató a 190 personas desde octubre de 2013, cuando el grupo comenzó a negociar con los sindicatos el ERE, hasta el pasado septiembre. Además, los contrató sin realizar pruebas de selección ni publicar las vacantes, incumpliendo el convenio colectivo. La Inspección de Trabajo lo consideró una infracción grave, por lo que impuso dos sanciones a Tragsatec, después de que CCOO denunciase a la empresa en tres ocasiones en Galicia.

Estos contratos se refieren sólo a la filial. Para todo el grupo, la sentencia de la Audiencia Nacional que anuló el ERE cifraba en 451 personas el número de contratos suscritos por todo el grupo Tragsa desde octubre de 2013 hasta abril de 2014. Entre ellos, antiguos cargos políticos y personas vinculadas con el PP. El tribunal estableció entonces que estas contrataciones no implicaban la nulidad del ERE, pero sí su carácter ilícito, siempre que no estuvieran justificadas.

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