Bienes y patrimonio

La Fiscalía evita abrir “diligencias penales” contra Jaime Botín pero investiga si cometió un delito

Jaime Botín a su llegada a la casa familiar en Santander tras la muerte de su hermano Emilio en 2014.

Ibon Uría

La Fiscalía General del Estado no ha abierto ninguna diligencia penal tras conocer la salida del territorio español del cuadro Cabeza de mujer jovenpropiedad del expresidente de Bankinter Jaime Botín y que fue hallado por autoridades de la Aduana francesa en un barco en Córcega, según ha confirmado a infoLibre una portavoz del ministerio público.

Pese a que en 2012 el Ministerio de Cultura prohibió expresamente la exportación de este lienzo, obra de Picasso, y a que en mayo de 2015 la Audiencia Nacional ratificó en una sentencia esa prohibición, la única respuesta adoptada tras la interceptación del cuadro en territorio francés ha sido la apertura de un "expediente gubernativo" por parte de la Fiscalía de Medio Ambiente y Urbanismo, agregaron estas mismas fuentes.

La citada Fiscalía tiene competencias para investigar hechos relacionados con el Patrimonio Cultural Español, del que forma parte esta pintura valorada en 26,2 millones de euros. De acuerdo con la Ley de Patrimonio Histórico español, la exportación de un elemento de este catálogo sin la correspondiente autorización supone la comisión de un delito de contrabando siempre que el bien tenga un valor superior a 18.000 euros

Preguntada por los motivos que han determinado la apertura de este expediente en lugar de incoar diligencias penales a raíz de la salida de España del lienzo, la portavoz de la Fiscalía General del Estado no explicó las posibles razones y subrayó que, por ahora, "simplemente se están informando de lo ocurrido".

Una fórmula inédita

Fuentes jurídicas consultadas por este diario señalan que los expedientes gubernativos se emplean para dilucidar cuestiones internas de la Fiscalía, especialmente de carácter organizativo, para resolver incidencias en torno a las conductas de funcionarios, o cuando se quieren revisar errores ocurridos en el trasncurso de una causa.

Reiteraron que las diligencias son "el instrumento apto" para "investigar si los hechos son o no delictivos", mientras que el expediente gubernativo "es puramente administrativo", y que su uso para investigar hechos como los ocurridos con el Picasso de Botín es completamente inusual.

Además, realizaron dos precisiones más en torno al expediente. La primera, que la Fiscalía podría haber elegido esa calificación de "expediente gubernativo" a modo de "cajón de sastre" ante lo inusual del acontecimiento. La segunda, que el motivo de su elección podría residir en la voluntad de no hablar abiertamente de la existencia de una investigación penal contra Botín.

De ser así, ahondaron, el objetivo sería evitar la "apariencia de la posible existencia de un delito" y no "crear falsas expectativas" acerca de las posibles consecuencias penales de la exportación no autorizada de la obra. La Fiscalía General del Estado indicó a infoLibre que el proceso es "lento" por ahora porque hay información aún "en manos de la gendarmería francesa".

Según la versión ofrecida por la portavoz del ministerio público, no será hasta que el mencionado expediente avance cuando se determine si existen "connotaciones penales" en el suceso y, de ser así, si la competencia recae en la Fiscalía de Medio Ambiente y Urbanismo o se traslada a la de la Audiencia Nacional, por ser hechos ocurridos fuera de España y por ser este además el tribunal que confirmó la prohibición de sacar la pintura de España.

Una posible multa millonaria

En lo que coincidieron los expertos consultados es en que se podría haber cometido al menos un delito en esta operación. La mayoría de estas fuentes apuntan a que, de confirmarse todo lo sabido hasta ahora, el tipo penal que más encajaría con la actuación de Jaime Botín, propietario de la obra, es el de un delito de contrabando.

Este ilícito penal no está directamente recogido en el Código Penal, sino en la Ley Orgánica 12/1995 de represión del contrabando. En concreto, su artículo 2 establece en el apartado e) que el delito se comete al sacar de territorio español bienes que formen parte del Patrimonio Histórico Español sin la autorización necesaria y cuyo valor supere los 18.000 euros.

Esa misma ley establece "penas de prisión menor" y multas "del duplo al cuádruplo del valor de bienes, mercancías, géneros o efectos" para los autores de estos ilícitos y, en el caso de las obras de arte, especifica que las penas deberán establecerse "en grado medio o máximo" dentro de ese abanico.

Aunque por ahora no hay detenidos, los expertos apuntan que el castigo por el delito presuntamente cometido podría extenderse a las dos personas que, informa El País, estaban en el velero cuando lo abordaron autoridades francesas: el capitán y Alfonso Botín, hijo de Jaime y vicepresidente ejecutivo de Bankinter, que podrían ser considerados partícipes de un ilícito penal de contrabando en calidad de coautores, cooperadores necesarios o cómplices.

Finalmente, y con un consenso menor, otras fuentes jurídicas apuntaron la posibilidad de que se hubieran cometido delitos contra el patrimonio o de desobediencia. El primero, opinaron algunos, se habría cometido al sacar el lienzo de España, si bien otros matizaron que su comisión sólo se acredita cuando han ocurrido daños en la obra. Sobre el de desobediencia, la mayoría estima que ignorar una resolución de la Audiencia Nacional no es suficiente para ser imputado por ese tipo, sino que se requiere la desatención a un apercibimiento expreso de no exportar la obra.

Por su parte, los representantes legales de Jaime Botín sostuvieron este jueves, en un comunicado remitido a El País, que el cuadro no ha sido ilegalmente exportado porque desde hace años permanece en un barco británico que consideran "nacionalidad británica a todos los efectos". Además, consideraron que la orden del Ministerio de Cultura y el fallo de la Audiencia Nacional no son firmes, y se preguntaron si lo que busca el Estado es hacerse con la obra de forma gratuita.

Repetidos intentos de Botín

La autoridad aduanera de Francia señaló en un comunicado que Jaime Botín solicitó un permiso para llevar el cuadro a Suiza y que agentes acudieron al velero el 31 de julio para comprobar el estado de la obra. Requirieron además al capitán de barco la documentación pertinente y, al serles entregada únicamente la resolución de la Audiencia Nacional que confirma que la pintura no puede salir de España, decidieron actuar.

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Esta no es la primera ocasión en la que el banquero trata de sacar de España la obra, que oficialmente situó por última vez en un barco atracado en Valencia. Ya en 2012, la casa de subastas Christie's pidió llevarlo a Londres en representación de Botín, operación que fue denegada por la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español, competente para autorizar o denegar el traslado.

La Junta calificó entonces la pieza de "expresamente inexportable" y argumentó que no existe "una obra semejante en territorio español", por ser una de las pocas realizadas por Picasso durante el "denominado período de Gósol", cuando recibió influencias que iban a condicionar después "no sólo el cubismo, sino también la evolución posterior de la pintura del siglo XX".

Este organismo inició además los trámites para hacer posible que la obra fuera declarada Bien de Interés Cultural, y el Ministerio de Cultura lo declaró "inexportable" como medida cautelar, ante lo que Botín recurrió y sostuvo que la propietaria de la obra era la sociedad panameña Euroshipping Charter Company, Inc –de la que es accionista mayoritario–, algo que rechazó la Audiencia Nacional en su sentencia.

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