DERECHO DE HUELGA

El Supremo confirma la nulidad del ERE en Madrid Río por el esquirolaje de la empresa

Imagen de los jardines de Madrid Rio.

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la nulidad del Expediente de Regulación de Empleo (ERE) con que la UTE Parques Singulares, integrada por el Grupo Raga, pretendía despedir a 121 trabajadores. Y lo hace porque la empresa practicó un "esquirolaje interno" que vulnera el derecho de huelga consagrado en la Constitución.

Así consta en la sentencia que confirma el fallo y los argumentos del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) para declarar nulo el despido colectivo en Madrid Río, uno de los parques municipales de la capital.

Durante la huelga, convocada el 9 de diciembre de 2014 mientras se negociaban las condiciones del ERE, la empresa sustituyó a los huelguistas de Madrid Río por trabajadores de otros parques y centros. Como la empresa no ha aportado ni "razonado en ningún momento" que su proceder "tuviese una justificación objetiva y razonable" y la amplia doctrina del Tribunal Constitucional sobre el tema prohíbe la utilización abusiva del poder de dirección para privar de efectividad a una huelga, el Supremo confirma la nulidad del ERE.

El TS considera probado el esquirolaje practicado por  el Grupo Raga y rechaza la pretensión de la empresa de que el traslado de trabajadores a Madrid Río se produjo después de la huelga y no durante su desarrollo. Un vídeo aportado por el sindicato CNT y el testimonio de quien lo grabó prueban, según el tribunal, el esquirolaje en plena protesta contra el despido colectivo.

Al confirmar este motivo de nulidad, el Supremo no ha analizado el resto de los que fueron esgrimidos por el TSJM para su sentencia y luego recurridos por la empresa en su recurso de casación. Entre ellos, el argumento de que Raga había utilizado el ERE para conseguir la adjudicación del Ayuntamiento de Madrid ofreciendo el precio más bajo. En concreto, con una rebaja del 27%.

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9.500 euros por despedido

La nulidad de un ERE implica la reincorporación de los trabajadores despedidos. Tras la sentencia del TSJM, recuperaron sus puestos de trabajo. Pero a los dos meses fueron despedidos 30 empleados y con otro grupo de trabajadores Raga llegó a acuerdos para que abandonaran la empresa. En estos momentos, explican fuentes sindicales consultadas por infoLibre, quedan en Madrid Río unas 130 personas.

Eso sí, la empresa tendrá que pagar ahora los salarios de tramitación, los dejados de percibir por los despedidos hasta que los tribunales dictaron sentencia y fueron reincorporados, unos seis meses. Según las mismas fuentes, Raga deberá abonar unos 9.500 euros a cada uno de los aproximadamente 85 trabajadores que fueron despedidos. El resto, hasta 121, fueron convertidos en trabajadores fijos discontinuos. Es decir, contando con que la empresa deberá ingresar además las cuotas a la Seguridad Social de estos empleados, la factura del ERE puede superar el millón de euros.

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