LA POLÉMICA DE LAS PENSIONES

Los gigantes digitales dejan de ser invisibles para el Fisco

España tiene prisa por crear su propia 'tasa Google'.

El Gobierno quiere pagar poco más de la mitad de los 3.722 millones de euros que va a costar subir las pensiones este año y el próximo con la recaudación que obtenga de unas “nuevas figuras tributarias” que va a proponer a la Comisión del Pacto de Toledo. Con esos impuestos pretende ingresar 600 millones este mismo ejercicio y 1.500 millones más en 2019. La revisión del Programa de Estabilidad que el Ejecutivo remitió el pasado lunes a Bruselas sólo adelanta que este año se creará un nuevo impuesto “sobre determinados servicios digitales”. Aunque en su diseño seguirá los principios recogidos en la propuesta de directiva presentada por la Comisión Europea el pasado 21 de marzo, el Gobierno “anticipará su aplicación en España”. El único detalle que revela el documento es que el nuevo impuesto afectará únicamente a empresas con “un elevado importe de ingresos anuales” –excluye por tanto a las pymes–pero no precisa qué “servicios digitales” va a gravar.

En marzo Bruselas hizo dos propuestas: una temporal y otra que presentó como una reforma a largo plazo del impuesto de sociedades. La primera es un tributo del 3% sobre los ingresos, no sobre los beneficios, de aquellas empresas que facturen más de 750 millones de euros –50 millones en la UE–. Sólo tributarán por los ingresos que generen la venta de espacios publicitarios on line, las actividades de intermediarios digitales que permitan a los usuarios interactuar con otros y vender bienes y servicios entre ellos, además de los procedentes de la venta de datos de esos usuarios. De esta manera, la UE pretende recaudar 5.000 millones de euros al año. La Comisión Europea calcula que las grandes empresas de la economía digital pagan un tipo efectivo del 9%, mientras que el resto de las compañías llegan al 23%.

Ese impuesto debería estar vigente sólo hasta que Bruselas consiga aprobar la reforma del impuesto de sociedades. En este caso sí se quiere gravar los beneficios que cada compañía tecnológica genere en un país, aunque carezca de presencia física en él. Para que le afecte la nueva norma, esa empresa deberá cumplir al menos una de estas tres condiciones: superar los siete millones de euros anuales de facturación en un Estado miembro, tener más de 100.000 usuarios en ese país, o haber firmado más de 3.000 contratos de servicios digitales con usuarios.

Curiosamente, la Comisión Europea presenta el impuesto temporal del 3% como un intento de evitar que los Estados miembros tomen “medidas unilaterales de imposición”, lo que a su juicio puede “perjudicar el mercado único”. Los países “están empezando a buscar soluciones unilaterales rápidas para tasar las actividades digitales”, lamenta Bruselas, “lo que genera confusión jurídica e inseguridad fiscal para las empresas”. De ahí que busque “un enfoque coordinado” para garantizar que la economía digital sea gravada “de manera equitativa, favorable al crecimiento y sostenible”.

Pues bien, de ese enfoque coordinado acaba de desmarcarse España con su propuesta para anticiparse al impuesto comunitario. Pese a que el pasado mes de febrero el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, rechazó la creación de un impuesto propio a las tecnológicas, el pacto con el PNV para salvar los Presupuestos del Estado ha forzado al Gobierno a buscar recursos para sufragar una subida de las pensiones que le va a costar 3.722 millones este año y el próximo.

El problema es que, pese a las prisas del Ejecutivo, la Comisión del Pacto de Toledo avanza con mucha lentitud en la actualización de las 22 recomendaciones sobre pensiones que constituye su trabajo cada cinco años. De hecho, lleva casi año y medio empantanada en los debates. Si los partidos llegan a un acuerdo antes del verano, podrá considerarse un éxito. Preguntado por infoLibre, el Ministerio de Hacienda no quiere concretar cómo piensa crear el nuevo impuesto a tiempo para recaudar los 600 millones prometidos para este mismo año, tampoco si puede reclamarlos con carácter retroactivo desde el 1 de enero.

Hasta ahora, España era uno de los principales impulsores del impuesto común del 3% a los gigantes digitales, junto con Francia, Italia y Alemania. Aunque, curiosamente, en todos estos países ya existen este tipo de tributos.

Impuestos digitales en todo el mundo

Reino Unido comenzó a aplicar el diverted profits tax (DPT) en 2015. Se conoce como tasa Google, aunque está dirigido a gravar a cualquier empresa con una facturación superior a los 10 millones de libras –11,32 millones de euros– que, aun careciendo de un “establecimiento permanente” en el país, suministre bienes y servicios a ciudadanos británicos o, si tiene sede en Reino Unido, eluda el impuesto de sociedades pagando derechos a sus filiales en el extranjero.

Con ese impuesto el Gobierno británico pretendía evitar que, por ejemplo, el buscador estadounidense siguiera utilizando el doble irlandés para eludir al fisco: sus ventas las registraba una filial radicada en la isla vecina, que traslada los beneficios a otra filial en Bermudas como derechos de propiedad intelectual. Reino Unido proyectaba recaudar 1.000 millones de libras en cinco años. Se trata de un tributo del 25% sobre los beneficios desplazados.

En Italia los Presupuestos para este año incluyen un impuesto “igualador” del 3% que comenzará a aplicarse en 2019 y que debería recaudar 190 millones de euros anuales. Gravará los ingresos de las empresas que hagan más de 3.000 transacciones digitales al año, desde publicidad hasta enlaces patrocinados en páginas web. El comercio electrónico queda excluido.

Francia aprobó su propia tasa Google un año antes. El tipo es del 38,33% de los beneficios generados en Francia por estas multinacionales y desviados hacia otras jurisdicciones con tipos fiscales menores. También hace pagar a plataformas de vídeos y películas como Youtube o Netflix por los anuncios que emiten: un 2% de su facturación publicitaria, que se eleva hasta el 10% si se trata de pornografía o imágenes violentas.

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Alemania impone una retención fiscal de hasta el 15,82% en las transacciones que tengan por objeto licencias de datos, software o en la nube con empresas sin residencia fiscal en el país. Quedan eximidos la venta de imágenes, de espacios publicitarios, el juego on line y los contenidos transmitidos en streaming.

Fuera de la Unión Europea, Australia ha copiado a Reino Unido su diverted profits tax. Empezó a recaudarlo en 2017 y deben pagarlo las empresas que facturen más de 1.000 millones de dólares australianos –629 millones de euros–. El tipo es del 40% sobre los beneficiados desviados.

India, Singapur –a partir de 2020–, Tailandia, la provincia canadiense de Quebec –a partir de 2019–, Brasil y Argentina –desde 2019, con un tipo del 21%– han aprobado impuestos sobre la economía digital. Israel ya propuso en 2016 un cambio en el IVA para obligar a las tecnológicas extranjeras a registrarse y pagar el impuesto por los servicios digitales que vendan a ciudadanos israelíes.

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