Conflicto palestino-israelí

Los productos de los asentamientos israelíes en Palestina deberán etiquetar su origen

Protesta por el conflicto palestino-israelí en una imagen de archivo.

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El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Gerard Hogan, ha dictaminado este jueves que el derecho de la Unión Europea exige etiquetar los productos originarios de los asentamientos israelíes en los territorios palestinos ocupados como tal.

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El Consejo de Estado francés ha pedido a la Justicia europea que aclare si la normativa europea sobre la información de productos alimentarios a los consumidores obliga a indicar el origen de los productos procedentes de los territorios palestinos ocupados por Israel desde 1967 y que proceden de asentamientos israelíes después de que la Organización Judía Europa y la empresa Psagot, que explota viñedos en los territorios ocupados, hayan pedido anular la orden del Gobierno galo para etiquetar de forma clara su origen e incluir el término asentamiento israelí o uno equivalente. En sus conclusiones, que no vinculan al Tribunal de Justicia Europeo, aunque suele seguir su criterio en la mayoría de los casos, el abogado general aclara que el Derecho Europeo exige indicar la denominación geográfica de los productos originarios de los territorios ocupados por Israel desde 1967 y, en su caso, que procede de los asentamientos israelíes.

Así, el abogado general recuerda que la normativa europea exige que el consumidor tenga información "correcta, neutral y objetiva, que no lo induzca a error" y acota que la ausencia de la indicación del origen o el lugar de procedencia de los productos alimenticios originados en los territorios ocupados palestinos y de los asentamientos israelíes "puede inducir a error al consumidor" respecto al país de origen verdadero o su lugar de procedencia. El abogado general esgrime que la política de asentamientos israelí "está considerada como una infracción manifiesta del Derecho Internacional" y recuerda que los consumidores europeos pueden rechazar comprar los productos de los asentamientos israelís por consideraciones éticas, contempladas en la normativa europea, como ocurrió de hecho con los productos sudafricanos durante el Apartheid, antes de 1994. Además, recuerda que el Tribunal de Justicia europeo ya dictaminó mediante sentencia en febrero de 2010 la necesidad de hacer una distinción clara entre los productos originarios del territorio de Israel y los procedentes de Cisjordania. La Comisión Europea aprobó a finales de 2015 directrices para etiquetar los productos originados en los territorios palestinos ocupados por Israel desde junio de 1967, incluidos los asentamientos en Cisjordania, para evitar que los consumidores del mercado comunitario sean llevados a engaño.

Los productos agrícolas, de productos como frutas y verduras, deben indicar el origen de forma obligatoria como marca la legislación europea actual, mientras que en el caso de los productos industriales, incluidos los productos alimentarios procesados, los productores o empresas importadoras o distribuidoras pueden hacerlo de forma voluntaria, con la excepción de los productos cosméticos, donde también es obligatorio indicar su origen. En el caso de los productos donde el etiquetado de origen no es obligatorio, los Estados miembros pueden obligar a indicarlo si evalúan que "el consumidor medio en el país puede tomar una decisión de transacción, que sería diferente si hubiera conocido esta información" en virtud del principio conocido como 'engaño por omisión'.

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