Caso Bankia

La Audiencia Nacional degrada el peritaje del Banco de España que alertó de hasta 17 casos de "falsedad contable" en Bankia

El ex vicepresidente del Gobierno, Rodrigo Rato.

En mayo de 2017, dos peritos del Banco de España entregaron al juez Fernando Andreu, instructor del Caso Bankia, sendos informes sobre la situación de Bankia-BFA. Acusaban sin dilación de hasta 17 casos de "falseamiento" contable en la entidad rescatada en 2012: en las cuentas anuales de 2011 que precedieron a la salida a Bolsa, en los estados financieros intermedios, en las cuentas de las cajas absorbidas como Bancaja o en el folleto del despegue bursátil de la entidad, entre otros

Así, la sentencia que absuelve a la cúpula de Bankia por la desastrosa salida a Bolsa en 2012 por parte de la Audiencia Nacional no solo ha humillado la instrucción del juez Fernando Andreu y, sobre todo, la de la Fiscalía, asumida primero por Alejandro Luzón -actualmente al frente de Anticorrupción- y posteriormente por Carmen Launa. 

El fallo emitido por parte de la presidenta de la sección cuarta de la Audiencia Nacional y ponente, Ángela Murillo, y de los magistrados Teresa Palacios y Juan Francisco Martel va todavía más allá y cuestiona hasta a los propios peritos del Banco de España Sánchez Nogueras y Busquets. Quedan degradados como "peritos de la acusación", una afirmación dudosa cuando su participación en el caso fue requerida por el juez Andreu. 

Los magistrados consideran que lo que prevalece es la visión de las defensas, a veces sin aportar demasiadas explicaciones. "En el plenario los señores peritos de las defensas se mostraron conteses, firmes y sin fisuras", ensalza el fallo, "en tanto que los señores peritos de las acusaciones, si bien se ratificaron en sus informes y actuaciones anteriores, a preguntas del Ministerio Fiscal ofrecieron por añadidura nuevos ajustes y estimaciones no contempladas en sus informes anteriores", reza un párrafo.

"Datos firmemente rebatidos"

Para la jueza, estos "añadidos" no fueron "razonados cumplidamente, aduciendo sin más, que ese era su criterio, sin adiciones". Así que, siempre según los jueces, estos "particulares datos" terminaron siendo durante la instrucción "firmemente rebatidos por los peritos de las defensas como ya hemos dicho, y detallaremos más tarde".

Los magistrados evidencian un desprecio manifiesto por el trabajo de Sánchez Nogueras y Busquets. En un momento dado, reprochan a Luzón cebarse con los gestores de Bankia cuando lo que el fiscal "debería" haber hecho no era sino acusar " a las siete cajas" que, fusionadas, dieron lugar a BFA y Bankia. Los peritos en sus informes de mayo de 2017 tildan de "falsas" las cuentas anuales de 2010 de la Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante, Bancaja, al igual que las de Caja Madrid. Una "falsedad" que, para la Audiencia", "se postula ahora en el plenario con cierto disimulo y solo en base a las manifestaciones de los dos peritos de la acusación, sin fundamento sólido alguno".

El fallo llega a decir que esas manifestaciones sin fundamento se llevan a cabo "en ocasiones con apoyo en operaciones aritméticas sobre la marchasobre la marcha por dichos técnicos, enérgicamente combatidas por los peritos de las defensas". Es decir, la ponente Ángela Murillo y los otros dos magistrados insisten una y otra vez en que las laborales periciales de las defensas de la cúpula de Bankia eran mejores que las de los expertos del Banco de España. 

En otro momento el auto reconoce que los peritos "detectaron diversas irregularidades y 288 omisiones que en sus informes ampliatorios segundo y tercero", y que terminan calificando las cuentas de 2010 y 2011 como falsas. Algo que, para la magistrada, "sobrepasa así el cometido propio de su pericia".

"Sobrepasa el cometido de su pericia"

Una y otra vez se exhiben loas hacia los expertos de las defensas, en forma de adjetivos." La cuestión que ahora tratamos la explicó de forma lúcida el perito de la defensa D. Juan Zornoza",  Pérez

El momento más polémico de la sentencia sobre los peritos se da al hablar de las provisiones con las que contaba la entidad financiera para atender a deterioros futuros con motivo de la Operación Pública de Suscripción (OPS) para la salida a Bolsa, esto es, verano de 2011. Busquets y Sánchez Nogueras "mantuvieron en el plenario respuestas negativas" y argumentan que las provisiones que pudieran tener las siete cajas fusionadas "se consumieron con ocasión de la combinación de negocios". La ponente y los dos jueces de la Audiencia Nacional vuelven entonces a la carga.

"Los resultados de las pruebas practicadas quitan por completo la razón a los dos mencionados peritos, pruebas testificales, periciales y documentales", arguye la Audiencia Nacional. Pero, lejos de rebatir los cálculos periciales, lo que indican los magistrados es que durante la instrucción Busquets y Sánchez Nogueras "realizan nuevos cálculos obtenidos en base a los mismos hechos fácticos que obraban durante la instrucción de la causa y que fueron entonces desdeñados por las acusaciones". "Ahora han quedado huérfanos de la oportuna probanza", agrega el fallo.

Bankia necesitó en 2012 una inyección de capital público de 19.000 millones de euros, además de convertir otros 4.465 millones de acciones ordinarias en participaciones preferentes. Para los peritos, el folleto de salida a Bolsa estaba falseado. Una afirmación que los magistrados rechazan: "el folleto de la salida a Bolsa de Bankia fue objeto de un extemporáneo y sorpresivo informe del perito señor Busquets, el cual y sin que, en apariencia al menos alguien se lo hubiese pedido, quiso introducirlo al inicio del plenario, a modo de una pretendida ampliación de los informes previos". 

Los giros de la Fiscalía

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Los jueces evitan "rebatir" técnicamente en la sentencia los datos periciales del supervisor y fustigan las decisiones del fiscal Alejandro Luzón durante la instrucción del caso. Y aquí la exposición de motivos parece más clara: a finales de 2016 y durante 2017, Luzón promovió el archivo de las causas contra los supervisores del Banco de España y la CNMV

Esta decisión de la Fiscalía ha tenido consecuencias directas en el juicio, según han lamentado esta semana miembros de la acusación como la Confederación Intersindical del Crédito, CIC: La Audiencia Nacional entiende que en el periodo de instrucción se "rechazó por completo la presunta falsedad de todas esas cuentas, estimando que la única imputación de falsedad contable sostenible derivaría de la información no financiera plasmada en el folleto de la salida a Bolsa". Y es que la Fiscalía solo pedía penas de cárcel para Rato, José Luis de la Oliva, José Manuel Fernández y Francisco Verdú.  

Otro de los embates contra la Fiscalía por parte de Murillo y sus colegas es la petición de aumento de penas de cárcel para Rodrigo Rato en julio de 2019 al hallarse nuevas penas de falsedad contable en el folleto de la OPS. La Audiencia Nacional ha fallado contra estas supuestas maniobras de la Fiscalía y las ha expuesto en el juicio. Una sentencia que seguirá levantando polvareda y que podría recurrirse ante el Tribunal Supremo. 

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