Fraude laboral

El TSJM falla que 141 abogados que trabajan desde un 'call center' para cinco grandes bancos son falsos autónomos

Sucursal del banco Sabadell.
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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado un recurso de la multinacional sueca de servicios informáticos Transcom, resolviendo así el juzgado algo que ya había remachado la Inspección de Trabajo en 2019: que 141 abogados que prestaban servicios jurídicos para cinco grandes bancos en España (Santander, Sabadell, Caixabank, Deutsche Bank e Inversis) se encuentran en fraude de ley al desempeñar sus tareas como falsos autónomos. Así lo establece el reciente fallo al que ha tenido acceso infoLibre.

Los trabajadores en situación de fraude de ley prestaban mayoritariamente servicios jurídicos por vía telefónica a los clientes de las entidades financieras, desde una suerte de call center ubicado en las instalaciones de Transcom. Según el auto del TSJM, unos pocos también prestaban asistencia desde su domicilio. Los hechos apuntan a la falta de afiliación y el impago de cuotas a la Seguridad Social en el periodo que va de 2013 a 2017, aunque fuentes jurídicas aseguran que casi todos los letrados falsos autónomos siguen ejerciendo. 

De hecho, la Inspección de Trabajo investigó la situación de los 141 afectados entre 2017 y 2018 para concluir que la deuda de Transcom con el ministerio por el impago de las cotizaciones se eleva a 6,6 millones de euros en ese periodo. A continuación, la Tesorería General de la Seguridad Social procedió a denunciar a la multinacional sueca, que fue condenada en junio de 2020 por el Juzgado de lo Social Número 29 de Madrid. El TSJM ahora desestima el recurso de Transcom en un auto contra el que cabe recurso de casación ante el Supremo. Este medio ha preguntado a Transcom por la sentencia, sin obtener respuesta. 

A lo largo de casi 60 páginas, el auto del tribunal madrileño detalla la estrecha relación laboral existente entre los 141 y su contrata. Según el tribunal, son "numerosas las pruebas que ponen de manifiesto que en todos los casos la actividad de los [141] letrados se realizaba perfectamente regulada, organizada y encuadrada dentro de la organización empresarial de Transcom". Las tareas desempeñadas eran variadas: testamentarías, bastanteos –procedimiento que determina si una persona puede realizar operaciones financieras en nombre de una empresa–, atención jurídica diversa, comunicaciones... Así se expone en el fallo. 

Tal es la relación laboral, que un testigo aportado por la empresa llega a acreditarla. "De la declaración de dicho testigo aportado por la empresa se desprende que los servicios prestados por todos los letrados codemandados se encontraban organizados y supeditados a las concretas instrucciones impartidas por Transcom por medio de los responsables y coordinadores", reza el auto. "Transcom debía seguir en la ejecución de los servicios los criterios técnicos e incluso las plantillas (modelos de trabajo) facilitados por cada una de las entidades financieras, que en algunos casos se encontraban en el manual elaborado siguiendo los criterios emitidos por su cliente (como en el caso de CaixaBank) o en el propio manual elaborado por el cliente (como en el caso del Banco Sabadell o del Deutsche Bank").

Otra prueba de la existencia de una estrecha relación laboral es "la exigencia de cumplimiento de unos rigurosos plazos de entrega" de los servicios que les eran encomendados. En la sentencia se destaca que "en todos los contratos firmados por Transcom con las citadas entidades financieras" estaban previstas "diferentes penalizaciones para el caso de incumplimiento de dichos plazos".

"Apabullantes indicios"

Había "control de la actividad desempeñada" por los 141 letrados, demostrada "por otros elementos, como por el registro de la actividad telefónica y la grabación de las conversaciones". El TSJM llega a reprender a la multinacional escandinava. "Frente a estos apabullantes indicios de dependencia y laboralidad, la explicación ofrecida por Transcom no deja de ser poco menos que sorprendente", señala el tribunal. Al constatar la propia Transcom que las instrucciones iban "determinadas por las propias entidades financieras", en opinión del tribunal este "hecho ciertamente acreditado", lejos de "evidenciar una ausencia de laboralidad, la refuerza".

Los 141 dados de alta como autónomos también lo estaban en sus respectivos colegios profesionales. "Todas las personas físicas codemandadas en el presente procedimiento [por parte de Transcom] son licenciados en Derecho que, al menos en el periodo por el que fue levantada el Acta de liquidación de cuotas por la Inspección de Trabajo en que se basa la demanda rectora de las presentes actuaciones, se encontraban colegiados en algún Colegio de Abogados del territorio español e incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social o en la Mutualidad de la Abogacía". 

Todos los bancos relacionados con el asunto han declinado contestar, al entender que la denuncia no va contra ellos. Que este medio haya constatado, solo una de las cinco entidades financieras, el Grupo Santander, decidió contratar a un número impreciso de los 141 a partir de 2019, como prueba la documentación a la que ha tenido acceso este diario. Es decir, el Banco Santander laboralizó la relación tras la sanción de la Inspección de Trabajo, sin esperar a la primera sentencia de 2020 y al recurso desestimado ahora por parte del TSJ madrileño.

La precarización de las clases medias 

Uno de los abogados defensores de los 141, Luis Suárez Machota, del despacho SBO, lamenta que "en el sector de la gran banca y en una empresa multinacional sueca exista un caso tan grosero de falsos autónomos como este". "Que se considere autónomos a 141 abogados, trabajando con asistencia a un centro fijo de trabajo, medios de la empresa, clientes de la empresa, horario y sometidos a coordinadores y métodos de protocolo de cada banco y en conexión directa con las sucursales bancarias de los grandes como el Santander, la Caixa, o el Sabadell, solo es una muestra de un gran descaro en el incumplimiento de la legislación laboral, que cuenta con la complicidad interesada de los poderosos".

Para Suárez Machota, cuyo despacho fue pionero en la primera sentencia del Supremo que declaró falsos autónomos a varios riders de Glovo, "la precarización no solo se da en los riders, en los inmigrantes, sino que hoy día forma parte de la proletarización de las clases medias, en este caso abogadosriders, típica profesión liberal. Hoy día son también ingenieros, abogados, médicos, arquitectos, etc. los que están precarizados y carentes de la protección de sus derechos". 

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