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París 2024: la 'ley olímpica' y los entresijos de un marco legal que beneficia a los patrocinadores

La alcaldesa de París, Anne Hidalgo, posa este miércoles con otros miembros de la delegación de París 2024.

Después de varios intentos fallidos y de un suspense más que relativo, el pasado miércoles se conocía la decisión: París acogerá los Juegos Olímpicos de 2024. El comité organizador bien pudo celebrar la noticia en Lima porque, a su regreso a Francia, deberá centrarse en la redacción de la ley olímpica y paralímpica.

Este mecanismo legislativo, aspecto poco conocido de los Juegos Olímpicos, no es ni más ni menos que una “ley de excepción”, en palabras del experto en los Juegos Olímpicos Patrick Clastres. “Suspende, en un espacio y momento dados, la ley ordinaria. La adoptan los Parlamentos nacionales y tiene como objetivo garantizar la seguridad del acontecimiento olímpico. Finalmente, los Estados ceden parte de sus poderes a una institución exterior”, en este caso el Comité Olímpico Internacional (COI). Efectivamente, en la candidatura de París, figura la ley olímpica y paralímpica. En concreto, “prevé algunas adaptaciones jurídicas para acelerar o simplificar los procedimientos administrativos vigentes, sobre todo aquéllos relativos a los requisitos aduaneros y de visados para la Familia olímpica y paralímpica; a la obtención de autorización de trabajo a largo plazo; al fortalecimiento de la protección de la propiedad intelectual; a la posibilidad del Gobierno de decidir mediante decreto las modificaciones legislativas consideradas indispensables para acoger los Juegos; a una utilización ampliada del dominio público para permitir el acceso libre a determinados lugares para los Juegos”. El perímetro es grande, la definición algo más difusa.

Cécile Chaussard, profesora de Derecho Público de la Universidad de Borgoña y miembro del laboratorio de Derecho del Deporte, explica los entresijos de esta famosa ley olímpica y paralímpica. “A cambio de los JJ.OO., el COI fija sus condiciones. El comité olímpico efectivamente tiene contratos con patrocinadores, exclusividades con disposiciones particulares y si el derecho estatal no permite que el contrato se aplique, el Estado tendrá que modificar la legislación”. Simple y llanamente. Porque si los países se niegan, la organización de los Juegos se esfuma. Tal es así que, en ocasiones, se adelantan las exigencias del COI para hacer la candidatura más atractiva. De este modo, la exoneración fiscal votada en 2014 de cara a la Eurocopa 2016 y que dispensa a “los organismos encargados de la organización en Francia de una competición deportiva internacional” del pago de cualquier impuesto, aparte del IVA, por todas las operaciones comerciales vinculadas a la competición, afecta a todas “las competiciones cuya acogida se anuncie antes del 31 de diciembre de 2017”. Por lo que están incluidos los JJ.OO. de París 2024.

Patrocinadores todopoderosos

“Evidentemente, estas exigencias no están escritas específicamente, pero todo eso forma parte de las negociaciones”, precisa Cécile Chaussard. En el artículo 33 de la Carta Olímpica, puede leerse que “las autoridades públicas y el CNO [Comité Nacional Olímpico] deben garantizar que los Juegos Olímpicos se organizarán conforme a la satisfacción del COI y a las condiciones exigidas por éste”. Ahí también se ha mantenido la ambigüedad. Pero “eso forma parte del contrato que firma la ciudad candidata”, recuerda Patrick Clastres.

Las sospechas de los investigadores especialistas se ciernen principalmente sobre los patrocinadores, verdaderos amos del Olimpo. En los Juegos coexisten tres niveles de patrocinio: los acuerdos establecidos entre las marcas y el Comité organizador de los Juegos Olímpicos y Paralímpicos (COJO, entidad privada con fines no lucrativos encargada de los JJOO de París 2024, por ejemplo), los alcanzados con el Comité Nacional Olímpico y, por último, los del programa TOP. TOP, de las siglas The Olympic Partners, “el patrocinio olímpico al más alto nivel, [que] da a los patrocinadores derechos mundiales de marketing para los juegos de invierno, los juegos de verano y los juegos olímpicos de la juventud”, según el COI. Este programa, en vigor desde 1980, fue creado por Dick Pound, el artífice del giro comercial de los Juegos. Entre los patrocinadores de lujo se encuentran Coca-Cola, Visa, Samsung, Omega, Panasonic, el portal chino de venta en línea Alibaba o Procter & Gamble, entre otros.

“La ley olímpica y paralímpica evidentemente está pensada para tranquilidad de los patrocinadores olímpicos, es decir, para garantizar la utilización financiera de los JJ.OO. El COI se financia gracias a estos patrocinadores”, sentencia Patrick Clastres. En 2012, un informe del Senado francés recogía las lecciones que debían extraerse de los Juegos de Londres. Destaca, sobre todo, en párrafo titulado “Las extrañas reglas económicas de los Juegos Olímpicos”, que “las reglas de protección de las marcadas fijadas por el COI son claramente excesivas. Valgan como ejemplo que, en todo el recinto olímpico (recintos deportivos, centros de prensa), sólo se podía sacar dinero o pagar las consumiciones con una tarjeta Visa, pero ¡no se podía utilizar ni Mastercard ni American Express! Además, para proteger a Mc Donald’s, ningún puesto podía vender patatas fritas, salvo Fish & Chips, sólo acompañadas de pescado... [...] Se prohibió a los atletas que hablaran en las redes sociales o en internet de productos no comercializados por un patrocinador oficial. [...] Londres también estableció una zona de inclusión de marcas en torno a los principales recintos olímpicos, donde las publicidades de las marcas no patrocinadoras estaban prohibidas”.

Salchichas olímpicas, prohibidas

Si bien, en esos casos, se trata de ofrecer tranquilidad a los patrocinadores, la ley olímpica y paralímpica también fijó en el pasado condiciones muy restrictivas relativas a la utilización de símbolos olímpicos, como los anillos. En virtud del Tratado de Nairobi –que Francia no ratificó– todos los Estados firmantes “deben proteger el símbolo olímpico –cinco anillos entrelazados– frente a una utilización con fines comerciales (en la publicidad, en los productos, como marca, etc.) sin autorización del Comité Olímpico Internacional”.

En Río, en los Juegos de 2016, la ley garantizaba que “la utilización de los símbolos relacionados con los JJ.OO. estaba prohibida con fines comerciales, salvo existencia de una autorización explícita previa del Comité de los Juegos”, esta prohibición se aplica “tanto a los términos como a expresiones que, incluso si no forman parte de los símbolos mencionados en la ley, presentan similitudes con estos símbolos, de forma que se asocie productos, servicios o empresas de manera indebida”.

En Londres, el informe del Senado recoge que “con relación a las empresas que no son patrocinadoras de los Juegos se ha puesto en marcha una policía de las marcas integrada por 200 personas cuya misión era vigilar los comercios de proximidad que tratan de sacar beneficio del acontecimiento con posibilidad de incurrir en sanciones penales de hasta 25.000 euros”. Así, un carnicero que, en 2007, reprodujo los aros olímpicos y la inscripción 2012 con salchichas tuvo que retirar su obra, ya que no era patrocinador oficial. Los pasteleros, en los Juegos, también fueron informados de que la reproducción olímpica azucarada en los pasteles violaba el copyright.

Desde el Ministerio de Deportes francés, encargado de la redacción del proyecto legislativo, se muestran tranquilizadores. “No va a ir tan lejos como en Londres. Quizás haya zonas de exclusividad en zonas determinadas, pero no en el espacio público; el resto pertenece al derecho comercial”. Nada de lo que preocuparse tampoco con los patrocinadores, “ya que la ley francesa sobre la propiedad intelectual es suficientemente protectora, sobre todo para la industria del lujo o los servicios financieros. El derecho existente puede garantizar lo que se le ha concedido al COI”.

Mera “conformidad”

Lejos de calificarla de ley de excepción, en el Ministerio se habla sobre todo de “conformidad del derecho nacional con los compromisos adoptados con el COI, a la que se asocia la representación nacional”. Efectivamente, en mayo pasado, se presentó un anteproyecto al COI. ¿De qué? “De diferentes materias. En los Juegos precedentes, se percibieron excesos por procedimientos que no eran fiables, por lo que se está llevando a cabo un importante trabajo para poner al día todos los factores de riesgo que pueden generar demoras y costes”. El gabinete de la ministra Laura Flessel asegura también que trabajan en la creación de una vía olímpica, una línea de transporte que permita viajar a los atletas durante el tiempo que duren los Juegos. Para ello ¿habrá que prohibir el derecho a la huelga durante ese tiempo, para garantizar la circulación de los deportistas y de los turistas, cómo temen algunos críticos? “No, desde luego que no. La ley olímpica y paralímpica no servirá para aprobar otras leyes a escondidas”, aseguran en el Ministerio. Deberá estar lista antes de finales de 2017, principios de 2018.

La ministra de Deportes, Laura Flessel, que compareció ante la Comisión de asuntos culturales del Senado en julio pasado, aseguró que estaba estudiando esta ley, “una obligación”, para poder “disponer de una herramienta en noviembre”. Efectivamente es la ministra la que debe preparar el proyecto legislativo, aunque tenga que consultar “antes y después” a los diputados. Los parlamentarios no pueden decir más al respecto en estos momentos porque todavía no ha comenzado el proceso. No obstante, fuentes del Senado aseguran que “no hay que hacer una montaña de esta ley. Afecta sobre todo a disposiciones no relativas al deporte. Se trata de enmendar el derecho general, sobre todo relativo a los mercados públicos, el urbanismo... Con algunos procedimientos que habrá que desarrollar. Será un texto técnico que no debería plantear problemas. Ofrecerá los medios para hacer lo que debe hacerse en un cierto periodo de tiempo”.

Precisamente es eso lo que le preocupa a Marc Perelman, miembro del colectivo “No a los JJ.OO. 2024 de París”, arquitecto y autor de Smart Stadium, le stade numérique du spectacle sportif [Smart Stadium, el estadio digital del espectáculo deportivo]. En su opinión, la ley olímpica atentará, a la fuerza, contra el derecho laboral ya que “el COI exige que todo esté a tiempo y, por tanto, haciendo trabajar a la gente al margen del derecho francés”. En la práctica, el trabajo al margen del derecho francés, es esencialmente voluntariado. Para la organización de los Juegos, el COI recurre masivamente a la mano de obra voluntaria. Muy valorado en los países anglosajones, el voluntariado al estilo JJ.OO. tiene todas las cartas para ser considerado trabajo camuflado ante los ojos de la Justicia francesa. “Por ejemplo, se trata de acompañar a los atletas durante toda la competición, de garantizar las traducciones de todos los visitantes... Puede causar un importante debate en Francia, donde se lucha en contra de las formas de empleo paralelo no remunerado”, dice Patrick Clastres.

En el Ministerio, se prefiere ver el voluntariado como “un factor de éxito de los Juegos. Se quiere revalorizar las competencias y acompañar a los voluntarios después del evento”. Ojalá que no se trate de un deseo bienintencionado. En Río, los voluntarios trabajaban de ocho a nueve horas al día, con un pequeño tentempié durante el día, sin marco jurídico alguno. La organización era tan mala que casi un tercio abandonó, lo que causó importantes problemas en los controles antidopaje, ya que nadie podía acompañar a los atletas convocados.

 

Traducción: Mariola Moreno

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