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Carlos Cruzado: "El tratamiento penal del delito fiscal da demasiadas ventajas a los defraudadores"

El futbolista, Cristiano Ronaldo, a su llegada a la Audiencia Provincial de Madrid.

EIC (European Investigative Collaborations)

PREGUNTA: ¿Qué opina del hecho de que el caso de fraude fiscal de Cristiano Ronaldo se cierre con un acuerdo en lugar de en un procedimiento judicial formal?

RESPUESTA: El problema no es tanto la posibilidad de que el procedimiento se cierre con un acuerdo entre Ronaldo y las acusaciones (Fiscalía y Agencia Tributaria, representada por la Abogacía del Estado), sino las excesivas ventajas que la norma penal posibilita para los delitos económicos en estos casos. En el caso de Ronaldo, se aminora el fraude de los 14,7 millones de euros que se le achacaron inicialmente a 5,7 millones, tras el acuerdo. Una rebaja que, desde nuestro punto de vista, es incompatible con la garantía de los derechos de la Hacienda pública. A Cristiano Ronaldo se le imputaban cuatro delitos fiscales (tres de ellos agravados), por los que podía ser condenado a una pena mínima de siete años y multa, también mínima, de 28 millones de euros. Tras el acuerdo, la pena será de dos años –lo que le permitirá no entrar en prisión al no contar con antecedentes y no ser una pena superior– y la multa, sumada a los intereses, no llegará a los 14 millones.

P: ¿Cree que Cristiano Ronaldo recibe un castigo justo?

R: La regulación de los delitos fiscales en nuestro código penal otorga demasiadas posibilidades de reducir considerablemente las consecuencias punitivas de tales actos, de forma que los ciudadanos tienen la sensación de que no se castigan suficientemente los mismos.

P: ¿Qué opina del hecho de que sus asesores se libren?

R: Es especialmente grave que los asesores del jugador portugués queden exculpados, porque si se les castigara por aconsejar y colaborar en la creación de sociedades que defraudan a la Hacienda Pública, este tipo de prácticas empezarían a decaer.

P: ¿Cree usted que los fiscales hicieron lo suficiente para investigar a los asesores (de tantos jugadores con problemas de impuestos)? Tal vez podrían haber pedido los documentos a las autoridades fiscales de Reino Unido, podrían haber registrado oficinas o intervenido teléfonos, o consultado la fuente de las fugas de fútbol.

R: La respuesta a esta pregunta la da el Tribunal Supremo, al ratificar la condena a Messi, por tres delitos fiscales, en su sentencia del 24 de mayo de 2017, en la que expresamente señala que “resulta difícil de comprender que los asesores a los que se acudió hayan sido excluidos de toda preocupación acusadora por el Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado”. Reflexión que puede ser trasladada, desde nuestro punto de vista, al caso de Cristiano Ronaldo.

P: ¿Tiene usted la impresión de que los jugadores de fútbol reciben juicios más suaves que los de las personas que trabajan en otros sectores?

R: El tratamiento penal del delito fiscal debería ser modificado, dado que da demasiadas ventajas a los defraudadores, frente a otros delitos. Y estas ventajas son aprovechadas por los futbolistas implicados en actuaciones fraudulentas, al igual que por empresarios o personas vinculadas con el mundo del espectáculo, que se han visto involucrados en estas mismas cuestiones.

P: Tenemos la impresión de que la evasión y el fraude fiscales son bastante comunes en el fútbol. ¿Cree que los castigos para los clubes, los jugadores y los asesores son lo suficientemente altos como para cambiar esta situación?

R: Desgraciadamente muchos de los grandes equipos de fútbol no practican el fair play tributario, y así, desde mi organización pedimos modificar las leyes deportivas para castigar a los clubes que reincidan en el fraude con la pérdida de puntos en las correspondientes tablas clasificatorias.

P: Los contratos Tollin de CR no son de 2008, sino que fueron redactados mucho más tarde por sus asesores, ¿qué opina?

R: Esta es una cuestión que no sólo constituiría una prueba del dolo o intencionalidad de cometer los correspondientes delitos, sino que supondría una circunstancia que debería ser considerada como un agravante y tener su reflejo en la pena a imponer.

P: ¿Qué opina de las declaraciones públicas de Ronaldo y sus asesores sobre su caso fiscal?

R: Sus declaraciones iniciales sobre lo correcto de su comportamiento fiscal no se corresponden con el reconocimiento de los delitos que conlleva el acuerdo al que habría llegado con la Fiscalía y Hacienda. Y, si bien se podrían entender desde el punto de vista del derecho a la defensa y a la presunción de inocencia, en el caso de una persona que es un referente deportivo para tantos jóvenes y niños, no es el mejor ejemplo. Pero aún peor son las declaraciones de los directivos de los clubes que, en muchos casos, exculpan a sus jugadores, a pesar de haber sido imputados e incluso condenados por defraudaciones fiscales. Lo que supone un paso atrás en la necesaria concienciación fiscal de nuestra sociedad.

El acuerdo de Cristiano Ronaldo con la Fiscalía evidencia los privilegios de los grandes defraudadores tributarios

P: Se prescriben algunos de los años en el caso Ronaldo. ¿Qué opina de eso?

R: La cuestión de la prescripción de las infracciones y delitos tributarios es otro de los problemas con los que contamos para perseguir de forma eficaz estos comportamientos. Los plazos de prescripción son demasiado cortos y muchas veces impiden que se puedan llegar a sancionar por Hacienda algunas infracciones tributarias, o que se puedan instruir los correspondientes expedientes para trasladarlos a la Fiscalía.

 

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