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‘El País’ sostiene que sus directores “siempre” intentan librarse de las querellas que también van dirigidas contra sus redactores

El director de 'El País' impide que la plantilla vote sobre su gestión negando el censo al comité de redacción

Los servicios jurídicos de El País han informado por escrito a la redacción de que los directores del rotativo "siempre" han intentado librarse de las querellas que también se dirigen contra quien firma el artículo denunciado. Se trata, sostiene el diario, de "una cuestión estrictamente jurídico-procesal". Y  así "se ha hecho siempre, con Javier Moreno y Jesús Ceberio", los dos inmediatos antecesores de Antonio Caño -Ceberio y Moreno, en ese orden- al frente del periódico.

Los entrecomillados del párrafo anterior pertenecen a la nota interna firmada por el abogado  Gerardo Viada  y trasladada por el comité de redacción a la plantilla "a la vista de las preguntas que han formulado numerosos redactores" sobre la querella de Jaume Roures por injurias y calumnias.

Como querellados, el dueño de Mediapro señala a la redactora Rosario G. Gómez, firmante de un reportaje que le atribuía la tenencia de cuentas en paraísos fiscales; y contra Antonio Caño como director del periódico. Ambos deben declarar en calidad de imputados el 10 de noviembre. Pero la defensa del director de El País pretende que el juez impute solo a su subordinada.

Según Viada, recurrió la imputación de Caño sin el visto bueno previo de su cliente. "Son completamente falsas -escribe el jurista- las informaciones publicadas en algunos confidenciales que dicen que Caño se lava las manos y culpa a la autora de la información, toda vez que ni siquiera sabía que había interpuesto este recurso". El titular que reproduce Viada fue publicado el miércoles por la web prnoticias.

"Se trataba únicamente -apostilla el letrado- de que el director no tuviera que declarar para evitar precisamente la manipulación de la información, como efectivamente se ha hecho". 

El abogado invoca el artículo 30.2 del Código Penal en defensa de su estrategia jurídica. Relativo a los denominados delitos de imprenta, ese precepto -explica Viada- establece que "la responsabilidad es escalonada y excluyente cuando se conoce el autor de la información". Es decir, que si la información va firmada, el firmante es su único responsable.  

Viada expone así su posición: "Al establecer el artículo 30.2 del Código Penal que la responsabilidad es escalonada y excluyente, cuando se conoce al autor de la información, interpuse recurso de reforma contra la imputación del director. Esta alegación se ha hecho siempre, con Javier Moreno y Jesús Ceberio porque es una cuestión estrictamente jurídico-procesal y que, en este caso, está pendiente de resolver por el juez de instrucción".

En realidad, el artículo 30.2 señala como primeros responsables del eventual delito a los siguientes:  "Los que realmente hayan redactado el texto (…) y quienes les hayan inducido a realizarlo".

El artículo que ha originado la querella de Roures fue publicado por El País en su edición del 14 de diciembre de 2014 a página completa y con una llamada en portada bajo el siguiente titular: Roures posee 250 millones en 150 cuentas, un tercio en paraísos fiscales. El diario citaba como fuente “documentos” a los que decía haber tenido acceso y que nunca ha llegado a desvelar.

La decisión de Caño de recurrir ante el juez de instrucción 29 de Madrid el auto que le cita como imputado trascendió el miércoles. Fue Mediapro, la empresa de Jaume Roures, la que lo desveló a través de un comunicado cuyo contenido fue corroborado por un portavoz oficial de El País en lo relativo a la imputación de su director y al recurso planteado contra ella.

En ese comunicado, Mediapro recalcaba cómo la querella fue presentada tras la negativa del diario del grupo Prisa a rectificar sobre Roures: “Pese a las repetidas peticiones (…) para que El País hiciera públicos los documentos que avalaban la información o, en caso contrario, se retractara públicamente, hasta este momento el periódico no ha aportado ninguna documentación que autentifique los datos publicados”.

La nota también destacaba que “en el juicio por la demanda de rectificación, celebrado en Barcelona el pasado 27 de febrero”, El País  únicamente aportó un supuesto informe sobre la situación financiera de Jaume Roures que, además de su burda elaboración, está plagado de errores”. La sentencia por aquella demanda fue favorable a Prisa. Mediapro ya la ha recurrido.

El reportaje que atribuía a Roures la tenencia de cuentas en paraísos fiscales como las Islas Caimán, Singapur, Suiza, Liechtenstein o Gibraltar vio la luz en medio de la guerra abierta entre Prisa y Mediapro por la gestión de los derechos del fútbol.

En aquel momento, diciembre de 2014, se encontraba pendiente de resolución una demanda que enfrentaba a Sogecable (perteneciente a Prisa) y a Mediapro. En febrero de 2015, el Tribunal Supremo falló a favor del grupo de Jaume Roures.

La interpretación de la FAPE

Además de a los tribunales, Roures acudió a la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) en busca de amparo contra El País. La Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo de la FAPE determinó que el rotativo de Prisa no había vulnerado el código deontológico en cuanto a su exigencia de veracidad.

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La resolución de la FAPE sostiene que veracidad no equivale a verdad. Y recalca que, tras leer “con la mayor atención” el artículo cuestionado, la comisión de deontología llegó “a la convicción de que su contenido tiene como fundamento fuentes documentales", fuentes "que no se desvelan, circunstancia por cierto no contradicha en el escrito inicial de este expediente”.

Lo que viene a sostener la FAPE es que el hecho de que el portavoz de Mediapro optase por un “sin comentarios” cuando El País contactó con él antes de publicar el reportaje autorizaba al periódico de Prisa a dar por buenos los datos que manejaba sobre Roures sin necesidad de más comprobaciones.

“Sin comentarios”, mantiene la FAPE en su controvertida resolución, es una “respuesta ambigua y cauta que más parece admitir que rechazar, ya que no niega rotundamente los hechos ni se tacha de falsa la información”.

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