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Competencia sanciona a RTVE y a Atresmedia por publicidad encubierta

Competencia sanciona a RTVE y a Atresmedia por publicidad encubierta

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Radio Televisión Española y a Atresmedia Corporación de Medios de Comunicación, S.A. por publicidad encubierta con multas de 108.771 y 103.725 euros respectivamente. Ambas sanciones están avaladas por el artículo 18.2 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual que prohíbe este tipo de prácticas: “Está prohibida la comunicación comercial encubierta y la que utilice técnicas subliminales”.

En el caso de RTVE, el expediente se refiere al programa La Mañana de La 1La Mañana. El día 29 de marzo de 2015 se emitió sin identificación publicidad encubierta de la franquicia de gimnasios Curves. En un reportaje del programa sobre menopausia y los beneficios que aporta la actividad física apareció en pantalla imágenes de estas instalaciones con mujeres haciendo ejercicio. Se presentaba de forma reiterada la marca, tanto en la pared como en las camisetas además de varias sobreimpresiones en pantalla. La CNMC considera que existe una finalidad publicitaria y promocional, así como una incitación directa a la utilización de los servicios de este gimnasio.

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No es la primera vez que Competencia sanciona a RTVE por su programa La Mañana: la última en octubre del 2016. La CNMC imponía una multa de 154.477 euros por la emisión del 18 de febrero de 2015, donde se difundió, como sección propia, el espacio Saber vivir que trató el problema de la miopía, hipermetropía y astigmatismo, participando como invitado un oftalmólogo que trabaja en una conocida clínica.

El expediente de la CNMC sobre Atresmedia alude al programa Objetivo Bienestar que emite el canal Nova Objetivo Bienestar . Durante el programa del 20 de marzo de 2016 se emitió un espacio de unos diez minutos de duración de carácter divulgativo e informativo con entrevistas y reportajes, promoviendo tanto el nombre como la actividad de la Clínica Baviera.

Contra esta decisión, tanto RTVE como Atresmedia podrán interponer, en un plazo de dos meses, un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, .

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