A la carga

Muerte digna, juicio indigno

Durante las dos legislaturas en las que gobernó José Luis Rodríguez Zapatero se produjeron grandes avances en derechos civiles y sociales. Se aprobó el matrimonio homosexual, se pasó de una ley de supuestos a una ley de plazos en la cuestión del aborto, se estableció el sistema de apoyo a las personas dependientes, se agilizaron los trámites del divorcio, se introdujeron reformas legislativas progresistas sobre reproducción asistida y sobre el derecho de los transexuales a cambiar de género en el Registro Civil, y se aprobaron la ley de violencia de género y la ley de igualdad de trato.

Hubo, sin embargo, un asunto que quedó soslayado en el programa de reforzamiento y extensión de los derechos civiles: el de la muerte digna y la eutanasia. El programa electoral del PSOE de 2004 tan solo incluía un compromiso muy menor, la creación de una comisión parlamentaria que debatiera sobre la cuestión. Y el programa de 2008 suprimió cualquier mención a este tema. Después, en 2011, llegó el PP al gobierno y cualquier posible avance quedó anulado.

La razón de que no se haya progresado más en la regulación del derecho a una muerte digna no reside en la opinión pública. Según los datos de la encuesta que realizó el CIS en 2009, una gran mayoría de ciudadanos considera que la ley debería regular la eutanasia y un porcentaje aún mayor está de acuerdo con que los médicos pongan fin a la vida de un paciente que así lo demande cuando la enfermedad alcance su fase terminal. Si distinguimos por electorados, entre votantes del PSOE e IU (entonces no existía Podemos), más del 80% de los entrevistados estaba de acuerdo tanto con la regulación de la eutanasia como con que el médico pueda acelerar la muerte en el estadio terminal; entre los votantes del PP, el grado de acuerdo alcanzaba un 70%. Alguien podría pensar que la variable fundamental es la religión, pero entre los católicos el apoyo a estas tesis era del 60%. Tan solo entre los fieles de otras fes religiosas se detecta un apoyo minoritario (del 44%).

Hay, pues, un sólido consenso social en torno a la necesidad de regular la eutanasia y el derecho de los pacientes terminales a reclamar una muerte digna que les libere de sufrimientos. Pese a ello, los representantes de la ciudadanía no han querido legislar en este ámbito, probablemente por los graves dilemas morales que se plantean a propósito de la muerte. Son muchas las familias que han experimentado las tensiones que se crean cuando uno de sus miembros se enfrenta a una muerte cierta en medio de graves padecimientos.

Por desgracia, todavía hay muchos casos de omisión de cuidados paliativos y encarnizamiento terapéutico. Además, la llamada “cooperación necesaria” en casos de eutanasia aparece penada en el artículo 143 de nuestro Código Penal: dado que las fronteras entre la cooperación en un acto de suicidio (eutanasia directa) y la administración de sedación paliativa (eutanasia indirecta) pueden ser borrosas, se genera una incertidumbre que puede dificultar la aplicación de tratamientos paliativos que, por lo demás, son legales.

La ilustración más visible de la ausencia de una regulación clara y eficaz de estos asuntos se encuentra en la campaña de acoso y desprestigio que emprendió el Ejecutivo de la Comunidad de Madrid, bajo la presidencia de Esperanza Aguirre, en contra del doctor Luis Montes (entonces coordinador del servicio de urgencias del hospital Severo Ochoa), con la colaboración entusiasta de los medios de comunicación más reaccionarios. La destrucción de su reputación con graves e infundadas acusaciones tuvo como consecuencia principal atemorizar a los médicos que administran cuidados paliativos a enfermos terminales.

En situaciones de parálisis política en las que los representantes políticos no atienden las demandas ciudadanas, los agentes propulsores del cambio deben venir de la sociedad civil. En España, la asociación Derecho a Morir Dignamente (DMD), presidida en la actualidad por el doctor Montes, ha sido pionera en la lucha a favor de una regulación de la muerte digna, partiendo del principio supremo de que las personas, en el ejercicio de su autonomía, tienen derecho a decidir las condiciones en las que desean morir.

Cuando los poderes públicos se quedan retrasados con respecto a la sociedad y algún grupo social intenta avanzar, la reacción de estos poderes suele ser injusta y anacrónica. Recientemente, se ha condenado a varios miembros de esta asociación (entre ellos, al doctor que preside DMD en Madrid) apelando al artículo 143 del Código Penal, que castiga la cooperación con el suicidio. Es la primera condena de este género en España desde que se reformó el Código Penal en 1995. El lector que quiera conocer los pormenores de la historia puede encontrarlos en este artículo de infoLibre y en la propia página web de DMD.

Resulta aberrante la beligerancia de la Fiscalía, que pidió originalmente unas penas desproporcionadas de seis años a partir de una argumentación en la que se mezclaban prejuicios ideológicos y una grave confusión sobre las diferencias entre la cooperación con actos de suicidio y la propia sedación terminal, plenamente legal en España.

Son dos los casos que se han juzgado, cuya conexión se estableció mediante escuchas policiales que culminaron con la detención del doctor Fernando M. Que este tipo de actuaciones, amparadas por una interpretación estrecha de la Ley, sigan ocurriendo en España es motivo de profunda vergüenza democrática.

Por desgracia, es frecuente que las condiciones para cambiar la legislación solo se produzcan a costa de injusticias que escandalizan a buena parte de la sociedad. La sentencia que ha condenado a los miembros de DMD entra claramente dentro de esta categoría.

Resulta evidente que con el paso del tiempo las tesis de DMD acabarán imponiéndose, de manera similar a como ha sucedido con otras muchas conquistas morales y políticas de la historia reciente. Mientras, unos admirables luchadores a favor del derecho a la eutanasia se han visto forzados a asumir, ante la intransigencia de la fiscalía, penas de dos años de cárcel. Ha sido un juicio indigno contra la muerte digna.

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