Plaza Pública

¿A quién pertenece el patrimonio cultural, histórico y artístico?

Pedro Díaz Cepero

El caso Sijena, por el que un juez ordena la devolución de 44 obras de arte sacro al Monasterio de Sijena, trae a debate temas relacionados con la propiedad y conservación del patrimonio cultural, histórico y artístico del país. Por efecto de una praxis política ya habitual, peligrosa y nociva para la cohesión territorial, se ha narrado como el enfrentamiento entre dos comunidades autónomas, o peor, en el colmo del delirio independentista, como una aplicación malsana del artículo 155.

Sin embargo, se ha profundizado poco en la verdadera génesis del problema, con la excepción del juez que ha declarado nula la venta de las obras. Efectivamente, los hechos parten de una venta impropia de dichos fondos por las monjitas de la Orden de San Juan de Jerusalén que regentaban el Monasterio de Sijena en 1970, refrendada y firmada en un documento notarial el 28 de enero de 1983, entre la priora y el Departamento de Cultura de la Generalitat de Cataluña. En éste se incluye una clausula cautelar por parte del firmante de la Generalitat, consciente de la excepcionalidad  del trato y la dudosa legitimidad de la priora para su venta.

La Constitución española establece en su artículo 46 la obligación de los poderes públicos de garantizar la conservación y el enriquecimiento del patrimonio y de los bienes que lo integran, con independencia de su régimen jurídico y titularidad. En 1985 se aprueba la Ley de Patrimonio Histórico Español, heredera directa de la Ley de Defensa, Conservación y Acrecentamiento del Patrimonio Histórico Artístico de la República, en 1933. Más adelante, la mayoría de las comunidades autónomas desarrollarían  legislación específica para su ámbito territorial.

Tenemos razonables dudas de que se cumpla adecuadamente la ley. Si existe un inventario real, un conocimiento pleno de todos los bienes culturales homologables, clasificados gradualmente según su valor histórico, importancia documental y artística, excepcionalidad, etc. y, consecuentemente, la asignación de una categoría para su conservación, protección y control.

Porque, cabe preguntarse: ¿qué hacen una monjitas vendiendo obras de arte sacro del siglo XV por diez millones de pesetas? Es inaudito. ¿A quién pertenece el patrimonio artístico del país? Mucho nos tememos que este saqueo al patrimonio común de todos los españoles se ha repetido en más de una ocasión, que obras de arte religioso y otras se han vendido sin control a particulares, están en manos de museos extranjeros o han sido objeto de pujas en las principales casas de subastas. O algo peor, que piezas de valor, no catalogadas o dadas por perdidas, se estén malogrando en dependencias con pésimas condiciones ambientales, cuando no sean pasto de la carcoma o las termitas.

Sería una muestra más del desprecio a la cultura y a los bienes artísticos que, fruto de la ignorancia, se tiene en este país; una práctica en la que, por acción u omisión, colabora en lo que le corresponde –el arte sacro– la jerarquía eclesiástica. La titularización unilateral de terrenos, edificios históricos y bienes de interés cultural, la administración particular y excluyente de obras y objetos de arte, en ocasiones no accesibles a su catalogación y estudio todavía existe, y atenta contra la racionalidad en la conservación del patrimonio y, por ende, contra la propia norma constitucional. El acervo histórico-cultural del país que, por su interés sea así declarado por el Estado, pertenece a todos los españoles, es una herencia común de los artistas que desarrollaron su obra en estas tierras, y es indiferente que proceda, o no, de donaciones.

En otro orden de cosas, sería bueno que el Partido Popular, que a primeros de año se opuso desde el Tribunal de Cuentas a la fiscalización de la contabilidad de la Conferencia Episcopal, se aplicara en el apoyo a la derogación del Concordato de 1979 con la Santa Sede, negociado de tapadillo en la transición y denunciado por Bruselas una vez incorporada España a la UE, y para cuya modificación se fijó un plazo de diez años, dado que entiende es discriminatorio para las confesiones no católicas y contiene privilegios  económicos, fiscales y de tratamiento legal para la Iglesia católica española.

Sería bueno que el PP se quitara la careta de una vez y dejara de distraernos en muchos ayuntamientos con la práctica del juego del palé: “Quítame esta calle de un general franquista  y ponme esta otra de un mártir de la cruzada”; mientras en el Senado acaba de oponerse a una propuesta del PSOE para dotar de presupuesto a la Ley de Memoria Histórica. Es la fórmula “democrática” preferida por el PP para boicotear una ley en la que no cree, receta similar a la que está aplicando a la  Ley de Dependencia, disminuyendo cada año su asignación. __________________

Pedro Díaz Cepero es sociólogo y escritor.

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