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Salarios mínimos, competencia desleal y cohesión social

Albino Prada

 En un reciente documento de consulta de la Comisión Europea –C(2020) 83 final se propone implementar un salario mínimo justo a escala de toda la Unión. Una excelente iniciativa que abriría camino a que la unidad de mercado para mercancías o capitales lo sea también para las condiciones laborales. Que no coexistan situaciones de trabajo digno con otras que no lo son. Para lo cual un salario mínimo es una garantía básica, si la economía sumergida e irregular está bajo control, para los trabajadores que no lo superen en sus convenios con los empresarios.

Lo es para el bienestar social y la inclusividad, pero también para evitar que unos países compitan con otros por medio de un dumping laboral que la actual digitalización estaría acelerandodumping. En palabras del citado documento, ante el “riesgo de que las empresas recorten sus costes laborales externalizando el trabajo, recurriendo al empleo autónomo, la deslocalización de actividades de baja productividad o el incumplimiento parcial de las disposiciones en materia de salario mínimo (por ejemplo, trasladando el trabajo a la economía sumergida)”.

En este contexto se hace necesario recuperar el ámbito de lo salarial pues, de no hacerlo, el salario mínimo interprofesional (SMI) aún de existir a nivel europeo, dejaría fuera a crecientes colectivos de trabajadores. Ya que “algunos Estados miembros concretos se ha abstenido de adoptar tales reformas debido a la percepción del riesgo de que ello influyera negativamente en su competitividad externa en relación con los costes y supusiera una desventaja para sus empresas”.

Un listón homogéneo para el SMI en Europa

Así las cosas un primer paso sería conseguir que en cada Estado miembro fuese obligado remunerar a un trabajador a tiempo completo al menos por el 60% del salario mediano en ese país. No se trataría de un SMI único sino graduado a cada mercado laboral, pero sí con un listón homogéneo (un estándar europeo) para evitar prácticas de capitalismo salvaje. El documento presenta un gráfico con la situación en 2018, respecto a ese objetivo, que reproducimos aquí.

SMI en cada país como porcentaje de la mediana salarial bruta de los trabajadores a tiempo completo | Fuente: Comisión Europea, C(2020) 83 final, de 14 enero 2020

Se observan dos situaciones extremas. Estados Miembros que se sitúan muy cerca o por encima del nivel de referencia (60%): Italia, Dinamarca, Bulgaria, Francia, Portugal, Suecia, Eslovenia y Rumanía. Y otros que son los más alejados, por este orden: España, República Checa, Estonia, Malta, Dinamarca, Bélgica, Países Bajos, Irlanda, Grecia, República Eslovaca y Letonia. Como vemos España estaría haciendo muy bien en llegar cuanto antes a los mil euros para así dejar de ser el farolillo rojo de la Unión en este asunto. Con la subida de 2020 la buena noticia es que ya estaríamos cerca del 50%.

No obstante, como bien señalaba Unai Sordo en infoLibrees bueno tener un salario mínimo que libere de situaciones de pobreza, pero aún es mejor que afecte a pocos trabajadores. Porque eso querría decir que la mayoría perciben mejores remuneraciones por convenios colectivos. El caso de Portugal es paradigmático de lo contrario: cumpliría con el listón del salario mínimo (buena cosa) aunque estaría afectando a más del veinticinco por ciento de los trabajadores (cosa no tan buena). España no cumpliría con el listón (mala cosa), pero afectaría a menos del diez por ciento de los trabajadores. Habría pues que buscar un equilibrio entre ambas realidades. Sobre todo porque no es infrecuente que un trabajador con SMI realice una jornada semanal media muy por encima de la de un trabajador con mejores remuneraciones.

Porque el capitalismo digital y global de las últimas décadas está presionando para que cada vez menos trabajadores encajen en el ámbito salarial y de los convenios colectivos. Por eso se ha de fijar un listón homogéneo dentro de la Unión tanto en porcentaje mínimo de los ingresos medianos, como en un porcentaje máximo de trabajadores afectados. Y cuando alguno de ambos parámetros se saliese de la norma (del estándar europeo) considerar que en ese país se están forzando unas condiciones de competencia comercial desleal que colisionan con la cohesión social. Y, por tal motivo, imponérsele sanciones o restricciones en el mercado único.

Del salario mínimo al coste laboral total

Claro que si por abajo es conveniente tener una red de seguridad mínima, y que la competencia se haga con todos cumpliendo con esa red, no lo es menos el definir unos mínimos de protección social ajustada al trabajo realizado. Protección para situaciones de desempleo, enfermedad, jubilación, accidente, etc. Algo que en general depende de las cotizaciones e impuestos que pagan empresas y trabajadores en relación a los salarios netos percibidos. Es por eso que la relación entre el salario total (que incluye estas cargas para la protección social) y el salario neto recibido nos ayuda a evaluar cómo de en serio se financia la protección social de los trabajadores.

Así podríamos tener un país en el que sus trabajadores reciben un salario neto por encima del salario mínimo y poco más para protección social (la rateo salario total/salario neto estaría cerca de cien en ese país), y otro país en el que el salario neto percibido por el trabajador fuera semejante al de aquel país, pero donde el esfuerzo en protección social fuese muy elevado (la rateo se acercase por ejemplo a doscientos, al doble).

Con datos de la oficina estadística de la UE disponemos de un diagnóstico tentativo. Nos encontramos con dos situaciones. Estados Unidos, Japón o Irlanda en los que el esfuerzo es de unos 50 puntos sobre el salario neto, frente a Alemania, Francia o Austria que se acercan a 100 puntos por encima: el doble. España está en una situación intermedia-baja (con 65 puntos) pues la media de la UE-28 son 76 puntos.

Fuente: Comisión Europea, C(2020) 83 final, de 14 enero 2020.

Es obvio que resulta más fácil competir en precios con 42 puntos de mayor coste sobre el salario neto (Estados Unidos) que con 91 (Francia). Pero es obvio también que en el segundo caso la protección social del trabajador es necesariamente mucho mayor. Y esto, como el salario mínimo, tiene efectos determinantes en la cohesión social y en evitar situaciones de pobreza. Como se señala en el documento que estamos citando: “Al analizar la suficiencia de los salarios, debe tenerse en cuenta el impacto de los impuestos y las contribuciones sociales”.

Debiera también, por tanto, definirse un nivel de aportación a la protección social mínimo estándar y homogéneo para considerar que no se está provocando una competencia desleal. De entrada dentro de la UE, entre todos los Estados miembros, pero también dentro de la OMC, la OCDE, etc. Civilizando así el capitalismo y la globalización.

Conclusión

Hacer realidad tanto la vigencia de un listón uniforme para un salario mínimo europeo como de otro para la cobertura de la protección social de los trabajadores, empujaría la actual unidad de mercado hacia una sociedad decente a escala europea. Y, al mismo tiempo, ambas cosas debieran ser condición necesaria para que un país pudiese acceder a un nuevo seguro europeo de desempleo de verse inmerso en una recesión asimétrica. Prestaciones que en el caso de España llevan suponiendo un coste anual nada menos que de entre dos o tres puntos de su PIB en los últimos diez años. Sería este un acicate positivo para aquél doble cumplimiento, que reforzaría el negativo del riesgo de verse penalizado por realizar prácticas de competencia desleal en un mercado único.

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Albino Prada es miembro de ECOBAS y de Attac, y autor del ensayo 'Crítica del hipercapitalismo digital' (2019)

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