Plaza Pública

Para un gran pacto social

María Belén Cardona Rubert | Jaime Cabeza Pereiro

La irrupción del Covid-19 ha evidenciado un escenario en el que la palabra maestra es, sin duda, crisis. Una crisis de cortes económicos y sociales que atenaza una sociedad y un mercado laboral y productivo a los que ha pillado desprevenidos y que, por decirlo honestamente, tampoco atravesaban su mejor momento.

La gravedad de la situación exige un gran pacto social. Un pacto que requiere de sentido de Estado, altura de miras y responsabilidad para alcanzar un amplio consenso social en el que las partes estén dispuestas a negociar, matizar planteamientos, admitir renuncias propias y abrazar propuestas ajenas, todo con la finalidad última de defender los intereses de una sociedad y de un modelo económico-social en grave riesgo.

La imagen de los Pactos de la Moncloa del 77 se evoca, ahora, como paradigma de pacto de Estado y se auspicia su reedición desde instancias gubernamentales y sociales.

Más allá de las diferencias contextuales entre la España de la transición democrática y la España del Covid-19, existe una coincidencia esencial y es que ambos momentos coinciden con la necesidad de hacer frente a cambios y transformaciones profundas y con la urgencia de superar de manera consensuada el escenario abierto de crisis, situando en el centro, a través del diálogo social, a los interlocutores sociales.

Este gran pacto político, económico y social para el que el Gobierno convoca a partidos políticos y agentes sociales no puede convertirse en una suma de bien intencionadas declaraciones, sino que tiene que aterrizarse en la realidad y atender a los retos a los que se enfrenta. De entre ellos, el capítulo socio-laboral conforma una de sus claves esenciales. Al margen de formatos, de procedimientos y de formalidades, sus contenidos sustantivos deberían versar, al menos, sobre los siguientes siete aspectos:

Un compromiso verificable contra la precariedad laboral, con medidas de choque importantes y con objetivos para reducir la temporalidad a la media de la Unión Europea en un plazo exigente. Es evidente que, con el crecimiento del desempleo que se avecina, la tasa del 27 por 100 va a reducirse considerablemente. Pero tiene que imponerse como imperativo categórico que no vuelva a repuntar y se quede no más alta del 15 por 100 a cuatro o cinco años vista. Para lo cual deben arbitrarse todas las medidas que sean necesarias.

Una consideración especial hacia los autónomos y las micro-empresas, en términos de protección del colectivo y de flexibilización de algunas de sus obligaciones como empleadores, resulta imprescindible. Es importante rescatar la idea de una mínima adaptación de la normativa laboral al tamaño de la empresa. También tiene relevancia optar por una política más selectiva en el fomento del emprendimiento, que no aboque a muchos autónomos al estrato más vulnerable. En este umbral, por desgracia, España está muy por encima de la medida de la Unión Europea.

Unas reglas transparentes de competencia entre empresas, por lo que atañe a los costes laborales. La preferencia del convenio de empresa debería decaer, en particular, en materia retributiva. Al mismo tiempo, habría que reconducir las empresas multiservicio a la legislación de empresas de trabajo temporal procurando la identidad de condiciones laborales con las que existen en la empresa cliente.

Un pacto de rentas salariales –que de algún modo evoque las “bandas” de los Pactos de la Moncloa–. Con seguridad, tiene que ser de moderación hasta que el PIB no vuelva a crecer sustancialmente, pero con garantía de que el poder adquisitivo de los salarios no sufra más allá de un estrecho porcentaje. Lo cual debería ir acompañado de la evolución del SMI hasta el 60 por 100 del salario medio, como objetivo indeclinable de los compromisos internacionales asumidos y como exigencia elemental del trabajo decente.

Un análisis razonable de la evolución de los salarios y su relación con las cotizaciones sociales sugiere dinámicas de pequeñas reformas futuras. Es cierto que el sistema español contiene unas cotizaciones sociales porcentualmente elevadas, pero contextualizadas en unos salarios relativamente bajos. Sería posible, por consiguiente, estudiar una ligera rebaja de las cotizaciones sociales por contingencias comunes a la vista de una dinámica de crecimiento de los salarios en el escenario de recuperación, acompañada de la compensación de la bajada de ingresos del sistema a través de medidas tributarias finalistas.

Una reforma intensa de la protección por desempleo, centrada en favorecer el mantenimiento del empleo. Por ejemplo, que el desempleo de los ERTES no se sufrague con cuotas de desempleo, que se vuelva materialmente al principio de involuntariedad y que se incentive la rápida vuelta al empleo mediante medidas de acción positiva destinadas al trabajador que se reincorpora al mercado de trabajo sin deterioro de su profesionalidad. Todo ello acompañado de una oportuna mejora de los servicios de empleo. Además, parece incuestionable que el SEPE debería gestionar todas las prestaciones vinculadas a la situación de falta de ocupación.

Un pacto social por el empleo y por la formación por el empleo, que concierna a todas las Administraciones territoriales, a las partes sociales y a los partidos políticos. El cual debe implicar una renovación intensa de la gobernanza del empleo, fiel con la estrategia europea, pero comprometido con los déficits de empleabilidad y cualificaciones que padece nuestra clase trabajadora.

Este gran pacto social debería desembocar en una nueva legislación laboral consensuada social y políticamente, que emergiera como un nuevo Estatuto de los Trabajadores. El tiempo posterior a los Pactos de la Moncloa fue de una intensa y productiva concertación social, que desembocó, entre otros hitos, en el Estatuto de los Trabajadores de 1980. Con todos los “peros” y todas las oraciones adversativas que quepa imputarles a esos años, conformaron cuando menos una época creativa. Que tal vez vuelva, si así está en nuestras capacidades colectivas.

María Belén Cardona Rubert y Jaime Cabeza Pereiro son catedráticos de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Universidad de Valencia y la Universidad de Vigo, respectivamente. 

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